III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2021-12296)
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Aragón, el Ayuntamiento de Canfranc, el Consorcio Urbanístico Canfranc 2000 y la Sociedad Pública Suelo y Vivienda de Aragón, SLU, para la rehabilitación, gestión y desarrollo del área ferroviaria de la estación de ferrocarril de Canfranc (Huesca).
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174
Jueves 22 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 88161
Sexta. Financiación de las actuaciones ferroviarias.
El Gobierno de Aragón a través de la sociedad Suelo y Vivienda de Aragón SLU
asume la redacción y ejecución de los proyectos ferroviarios mencionados. El coste
global estimado de las obras ferroviarias, incluyendo proyectos, asciende a la cantidad
aproximada de 10.200.000 € (IVA no incluido).
Séptima. Determinación de los precios con los que se harán las transmisiones de
terrenos desafectados.
7.1 El justiprecio o precio de suelos a transmitir por ADIF será abonado a esta
entidad pública por SVA mediante obra ferroviaria, incluyendo los costes necesarios para
su ejecución, por igual importe. El precio que SVA paga por los suelos es el valor del
coste de las infraestructuras.
7.2 ADIF recibirá las obras en pago de los suelos a transmitir emitiéndose las
correspondientes facturas con el IVA que resulte de aplicación.
7.3 En ningún caso ADIF deberá compensar a SVA o al Gobierno de Aragón con
cantidad alguna en el conjunto de las operaciones descritas.
7.4 La totalidad de los costes y cargas de urbanización imputables al ámbito de la
Modificación Aislada número 14 del PGOU serán de cuenta y cargo de SVA.
7.5 Los gastos y tributos que graven la transmisión de los terrenos deberán
pagarse por el que la legislación vigente considere sujeto pasivo de los mismos.
7.6 Para la entrega de la obra ferroviaria ejecutada a ADIF se formalizará una Acta
con el siguiente contenido: deberá describir en detalle las características de las obras
ejecutadas con el coste de cada una de ellas y dejando constancia de su estado y plazo
de garantía. Igualmente, dicha Acta identificará que la entrega se produce como un pago
anticipado de los suelos a cuya transmisión se compromete ADIF mediante el presente
Convenio, sin que ADIF al tiempo de formalización de la transmisión de los suelos pueda
objetar o requerir compensación con cantidad alguna a SVA. El Acta será firmada, de
una parte, por los técnicos que correspondan SVA y, de otra, por los técnicos de ADIF
válidamente habilitados por ADIF para la representación de la entidad para la firma del
acta en su integridad de contenido y se acompañará de la documentación y certificados y
en general de la documentación necesaria para que los activos entregados puedan
incorporarse al inventario de ADIF, incluida la documentación relativa a los proyectos y/o
su actualización.
El plazo máximo para la formalización de esta acta de entrega será de dos meses a
contar desde que se autorice su puesta en servicio por el órgano competente.
Obligaciones comunes.
8.1 Todas las partes firmantes se comprometen a la colaboración en la búsqueda
de líneas de financiación en apoyo del conjunto de las actuaciones objeto de este
Convenio, si bien ADIF no aportará más recursos económicos que los correspondientes
a las infraestructuras de su competencia con la salvedad de las actuales instalaciones
ferroviarias del recinto de la estación de Canfranc, para las que se estará a lo dispuesto
en el presente Convenio.
8.2 El Gobierno de Aragón y ADIF, a través de la Fundación de los Ferrocarriles
Españoles, se comprometen a trabajar conjuntamente para hacer efectivo el proyecto de
un Museo de Ferrocarril de Aragón, con tres subsedes, una en cada provincia de la
Comunidad Autónoma, concretándose en Canfranc la correspondiente a la de Huesca.
8.3 Todas las partes firmantes se comprometen a realizar cuantos trámites y
gestiones les competan en virtud del presente Convenio y a otorgarles la celeridad y
prioridad necesaria para evitar la dilación en las actuaciones.
cve: BOE-A-2021-12296
Verificable en https://www.boe.es
Octava.
Núm. 174
Jueves 22 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 88161
Sexta. Financiación de las actuaciones ferroviarias.
El Gobierno de Aragón a través de la sociedad Suelo y Vivienda de Aragón SLU
asume la redacción y ejecución de los proyectos ferroviarios mencionados. El coste
global estimado de las obras ferroviarias, incluyendo proyectos, asciende a la cantidad
aproximada de 10.200.000 € (IVA no incluido).
Séptima. Determinación de los precios con los que se harán las transmisiones de
terrenos desafectados.
7.1 El justiprecio o precio de suelos a transmitir por ADIF será abonado a esta
entidad pública por SVA mediante obra ferroviaria, incluyendo los costes necesarios para
su ejecución, por igual importe. El precio que SVA paga por los suelos es el valor del
coste de las infraestructuras.
7.2 ADIF recibirá las obras en pago de los suelos a transmitir emitiéndose las
correspondientes facturas con el IVA que resulte de aplicación.
7.3 En ningún caso ADIF deberá compensar a SVA o al Gobierno de Aragón con
cantidad alguna en el conjunto de las operaciones descritas.
7.4 La totalidad de los costes y cargas de urbanización imputables al ámbito de la
Modificación Aislada número 14 del PGOU serán de cuenta y cargo de SVA.
7.5 Los gastos y tributos que graven la transmisión de los terrenos deberán
pagarse por el que la legislación vigente considere sujeto pasivo de los mismos.
7.6 Para la entrega de la obra ferroviaria ejecutada a ADIF se formalizará una Acta
con el siguiente contenido: deberá describir en detalle las características de las obras
ejecutadas con el coste de cada una de ellas y dejando constancia de su estado y plazo
de garantía. Igualmente, dicha Acta identificará que la entrega se produce como un pago
anticipado de los suelos a cuya transmisión se compromete ADIF mediante el presente
Convenio, sin que ADIF al tiempo de formalización de la transmisión de los suelos pueda
objetar o requerir compensación con cantidad alguna a SVA. El Acta será firmada, de
una parte, por los técnicos que correspondan SVA y, de otra, por los técnicos de ADIF
válidamente habilitados por ADIF para la representación de la entidad para la firma del
acta en su integridad de contenido y se acompañará de la documentación y certificados y
en general de la documentación necesaria para que los activos entregados puedan
incorporarse al inventario de ADIF, incluida la documentación relativa a los proyectos y/o
su actualización.
El plazo máximo para la formalización de esta acta de entrega será de dos meses a
contar desde que se autorice su puesta en servicio por el órgano competente.
Obligaciones comunes.
8.1 Todas las partes firmantes se comprometen a la colaboración en la búsqueda
de líneas de financiación en apoyo del conjunto de las actuaciones objeto de este
Convenio, si bien ADIF no aportará más recursos económicos que los correspondientes
a las infraestructuras de su competencia con la salvedad de las actuales instalaciones
ferroviarias del recinto de la estación de Canfranc, para las que se estará a lo dispuesto
en el presente Convenio.
8.2 El Gobierno de Aragón y ADIF, a través de la Fundación de los Ferrocarriles
Españoles, se comprometen a trabajar conjuntamente para hacer efectivo el proyecto de
un Museo de Ferrocarril de Aragón, con tres subsedes, una en cada provincia de la
Comunidad Autónoma, concretándose en Canfranc la correspondiente a la de Huesca.
8.3 Todas las partes firmantes se comprometen a realizar cuantos trámites y
gestiones les competan en virtud del presente Convenio y a otorgarles la celeridad y
prioridad necesaria para evitar la dilación en las actuaciones.
cve: BOE-A-2021-12296
Verificable en https://www.boe.es
Octava.