III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2021-12296)
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Aragón, el Ayuntamiento de Canfranc, el Consorcio Urbanístico Canfranc 2000 y la Sociedad Pública Suelo y Vivienda de Aragón, SLU, para la rehabilitación, gestión y desarrollo del área ferroviaria de la estación de ferrocarril de Canfranc (Huesca).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 88155

Que Suelo y Vivienda de Aragón SLU se configura como una empresa pública de la
Comunidad Autónoma de Aragón, creada por el Decreto 295/200, de 6 de noviembre, del
Gobierno de Aragón y adscrita a la Consejería de Vertebración del territorio, Movilidad y
Vivienda.
Que el Consorcio Urbanístico Canfranc 2000 fue constituido al amparo del Convenio
suscrito el 27 de abril de 1994 entre la Diputación General de Aragón, RENFE (hoy
ADIF) y el Ayuntamiento de Canfranc, siendo su objeto principal la gestión de la
actuación renovadora y urbanística proyectada sobre los terrenos, edificios e
instalaciones de la Estación de ferrocarril de Canfranc.
II. Con fecha 27 de abril de 1994 se suscribió un Convenio por Diputación General
de Aragón, RENFE y Ayuntamiento de Canfranc, en el que se manifestaba que las
instalaciones de la estación de Canfranc estaban sobredimensionadas respecto de
cualquier hipótesis de explotación futura, además de en mal estado de conservación,
circunstancias que aconsejaban acometer actuaciones de rehabilitación y remodelación
del conjunto ferroviario. Se reconocía igualmente que una parte importante de los suelos
afectados podrían ser objeto de desafectación del uso ferroviario y destinados a soportar
una actuación urbanística concertada para posibilitar la implantación de equipamientos y
usos lucrativos.
Se comprometen en su clausulado las actuaciones necesarias para ello y la creación
del Consorcio Canfranc 2000 como órgano promotor de las mismas.
III. En ejecución de dicho Convenio se constituyó el «Consorcio Urbanístico
Canfranc 2000», integrado por representantes de las tres instituciones firmantes. Y se
encomienda al Consorcio la ejecución de las gestiones necesarias para hacer efectiva la
pretendida reordenación urbanística de los suelos: redacción del planeamiento
necesario, rehabilitación de edificios, remodelación de instalaciones, incluidas las
ferroviarias, promoción de viviendas, venta de suelos, etc.
IV. Mediante la Disposición adicional primera de la Ley 39/2003, del Sector
Ferroviario, que entró en vigor el 31 de diciembre de 2004, la entidad pública empresarial
Red Nacional de Ferrocarriles españoles (RENFE) cambió su denominación por la de
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), razón por la que este organismo
público asume la posición jurídica de RENFE en cuantos acuerdos posteriores han sido
necesarios para la efectividad de lo convenido en abril de 1994 respecto de la Estación
de Canfranc.
V. El Consejo de Administración del «Consorcio Urbanístico Canfranc 2000» acordó
en los años 2002 y 2005 encomendar la gestión de las obras de rehabilitación estructural
de la Estación de Ferrocarril de Canfranc, así como el desarrollo urbanístico de los
terrenos desafectados del uso ferroviario a la sociedad pública del Gobierno de Aragón
«Suelo y Vivienda de Aragón, SLU», habiendo realizado dicha mercantil hasta el
momento numerosas labores destinadas a tal fin.
VI. Con fecha 11 de Octubre de 2005 se suscribió nuevo Convenio, en esta ocasión
entre Ministerio de Fomento, Diputación General de Aragón, ADIF, Consorcio
Canfranc 2000 y Suelo y Vivienda de Aragón, mediante el que se acordaba que las
partes firmantes impulsarán conjuntamente la rehabilitación y desarrollo urbanístico de la
totalidad de los terrenos, edificios e instalaciones propiedad de ADIF en la estación de
ferrocarril de Canfranc, y se asumen compromisos concretos por cada uno de los
firmantes. a modo de resumen los siguientes:
– ADIF y Ministerio de Fomento se comprometían a impulsar los trámites necesarios
para desafectar del uso ferroviario los terrenos que según proyecto funcional ya se
consideran innecesarios para la Red Ferroviaria de Interés General; a definir la solución
ferroviaria adaptada a las nuevas necesidades; a transmitir a título de expropiación los
suelos resultantes de la desafectación; a ceder gratuitamente a la Comunidad Autónoma
la propiedad del edificio histórico de la Estación. Dejando claro que sus aportaciones
económicas al proyecto se limitan a las efectuadas con anterioridad, salvo en lo que
afecta a la rehabilitación del edificio estación, que cofinanciará mediante acuerdo con el
Ministerio de Cultura para actuaciones conjuntas en el Patrimonio Histórico Español.

cve: BOE-A-2021-12296
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Núm. 174