III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2021-12296)
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Aragón, el Ayuntamiento de Canfranc, el Consorcio Urbanístico Canfranc 2000 y la Sociedad Pública Suelo y Vivienda de Aragón, SLU, para la rehabilitación, gestión y desarrollo del área ferroviaria de la estación de ferrocarril de Canfranc (Huesca).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de julio de 2021

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Por otra parte, don Javier Albisu Iribe Sáez, en su condición de Director-Gerente de
la Sociedad pública Suelo y Vivienda de Aragón SLU (SVA), facultado para este acto por
acuerdo del Consejo de Administración de la Sociedad, adoptado en sesión celebrada
el 10 de marzo de 2021.
Por otra parte, don José Luis Soro Domingo, en su condición de Presidente del
«Consorcio Urbanístico Canfranc 2000», facultado para este acto por su Consejo de
Administración, en su sesión de 31 de mayo de 2021.
Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen recíprocamente
capacidad suficiente para el otorgamiento de un nuevo Convenio para la rehabilitación,
gestión y desarrollo del área ferroviaria de Canfranc que desarrolle lo anteriormente
comprometido por ellas desde 1994, así como para liquidar las obligaciones y
compromisos derivados de los Convenios anteriores extinguidos, y ,a cuyo efecto,
EXPONEN
I. Que La Comunidad Autónoma de Aragón ostenta competencias exclusivas en
materia de ordenación del territorio y vivienda, obras públicas que no tengan la
calificación legal de interés general del Estado ni afecten a otra Comunidad Autónoma y
fomento del desarrollo económico dentro de la Comunidad Autónoma, todo ello de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71, apartados 8.ª a 11.ª de la Ley
Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón.
Que la Consejería de Vertebración del territorio, Movilidad y Vivienda, de
conformidad con lo previsto en el Decreto 34/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de
Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Vertebración
del Territorio, Movilidad y Vivienda, tiene entre sus competencias y funciones las de
ordenación del territorio y urbanismo.
Que la Entidad Pública empresarial Adif es un organismo público adscrito al
Ministerio Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y goza de personalidad jurídica
propia, así como plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y
patrimonio propio, y se rige por lo establecido en la Ley 38/2015, de 29 de septiembre,
del Sector Ferroviario, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y sus normas de desarrollo, en su Estatuto y en la legislación
presupuestaria y otras normas de aplicación teniendo, entre otras competencias, las
siguientes:
– La aprobación de los proyectos básicos y de construcción de infraestructuras
ferroviarias que deban formar parte de la Red Ferroviaria de Interés General, y su
construcción siempre y cuando se lleve a cabo con sus propios recursos.
– La construcción de infraestructuras ferroviarias, con recursos del Estado o de un
tercero, conforme al correspondiente Convenio.
– La administración de las infraestructuras ferroviarias de su titularidad.
En el ejercicio de sus funciones, ADIF actúa con autonomía de gestión, teniendo en
cuenta, en todo caso, la garantía del interés público, la satisfacción de las necesidades
sociales con la máxima calidad, la seguridad de los usuarios y la eficacia global del
sistema ferroviario.
Que ADIF está legitimado para proceder a la suscripción del presente Convenio, al
amparo de lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 2395/2004, de 30 de
diciembre, ya citado, que faculta expresamente a esta entidad pública empresarial para
poder celebrar convenios con la Administración General del Estado, con otras
Administraciones Públicas, así como con cualquier otra entidad pública o privada.
Que el Ayuntamiento de Canfranc es titular, entre otras, de competencias en materia
de planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística, de conformidad con lo
establecido en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
de Régimen Local.

cve: BOE-A-2021-12296
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Núm. 174