III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-12229)
Resolución de 30 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Barcelona n.º 14, por la que se suspende la inscripción de un acta de fin de obra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 87354

solicitando a la registrador su consulta directamente de la Sede Electrónica del Catastro
conforme a las Res. de 7 de febrero de 2017, 8 de mayo de 2019 y 20 de noviembre
de 2019 de la DGSJFP, ya que dicha representación gráfica coincide plenamente con la
finca por cuanto no ha sido objeto de calificación negativa...”»
VI
La registradora de la Propiedad emitió informe ratificando la calificación en todos sus
extremos y elevó el expediente a este Centro Directivo.
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 9, 38, 199, 201 y 203 de la Ley Hipotecaria, 51 del Reglamento
Hipotecario; 45 y 47 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban
las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria
sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística; 28
del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, y las Resoluciones de la Dirección
General de los Registros y del Notariado de 5 de abril de 2005, 13 y 19 de febrero
de 2007, 17 de noviembre de 2015, 12 de mayo de 2016 y 30 de junio, 27 de julio, 29 de
septiembre y 26 de octubre de 2017.
1. La presente Resolución tiene por objeto un acta de fin de obra nueva junto con
diversas subsanaciones.
Son hechos relevantes para la resolución del presente expediente:
– Con el asiento 597 del Diario 83, el día 27 de diciembre de 2019, se presentó acta
de terminación de obra autorizada el día 2 de agosto de 2019 por el notario de
Barcelona, don Jesús Julián Fuentes Martínez, número 1.844 de su protocolo, la cual fue
retirada a voluntad el día 30 de diciembre de 2019 y devuelta el día 25 de mayo de 2020,
junto con instancia con CDs con documentos relativos al libro del edificio.
– Con el asiento 1.824 del Diario 83 fue presentada el día 11 de mayo de 2020,
escritura de aclaración y subsanación autorizada el día 11 de mayo de 200 por el citado
notario de Barcelona, número 686 de su protocolo, y acreditada la autoliquidación del
Impuesto correspondiente el día 25 de mayo 2020.
– Con el asiento 4 del Diario 84, el día 14 de mayo 2020 fue presentada escritura de
ratificación autorizada el día 13 de mayo de 2020 por la notaria de Navalmoral de la
Mata, doña Lucía Fe Andrino Díaz, número 289 de su protocolo.
– Estos documentos notariales fueron calificados con defectos el día 8 de julio
de 2020, debidamente notificados y retirados el día 10 de agosto de 2020.
– Con el asiento 1.535 del Diario 84, el día 14 de octubre de 2020 se presentó
escritura de aclaración y subsanación de escritura de final de obra y modificación de
obra declarada, autorizada el día 14 de octubre de 2020 por el citado notario de
Barcelona, don Jesús Julián Fuentes Martínez, número 1.686 de su protocolo, y la
liquidación de impuestos correspondiente se acreditó el día 20 de octubre de 2020.
– Esta escritura junto con los documentos notariales citados en los anteriores
párrafos que fueron devueltos al Registro el día 16 de octubre de 2020 y fue calificada
con defectos el día 6 de noviembre de 2020, siendo debidamente notificada la nota de
calificación negativa y retirada la documentación el día 16 de noviembre de 2020.
– Con el asiento 362 del Diario 85, se presentó el día 2 de diciembre de 2020
escritura de aclaración y subsanación de escritura de final de obra y modificación de
obra declarada, autorizada el día 1 de diciembre de 2020 por el notario de Barcelona,
don Jesús Julián Fuentes Martínez, número 2.114 de su protocolo.
– Los documentos notariales expresados en los anteriores párrafos fueron devueltos
al Registro el día 17 de diciembre de 2020, siendo calificados conjuntamente con

cve: BOE-A-2021-12229
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Núm. 173