II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2021-12209)
Orden JUS/780/2021, de 12 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de julio de 2021

Sec. II.B. Pág. 87115

de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de
las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
5.

Solicitudes y documentación

5.1 Por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos (BOE de 31 de
marzo). En su disposición adicional primera se establece la obligatoriedad del uso de
medios electrónicos en los procesos selectivos para el acceso al empleo público en el
ámbito de la Administración del Estado. «Las personas participantes en procesos
selectivos convocados por la Administración del Estado, sus organismos públicos o
entidades de derecho público vinculados o dependientes a la misma, deberán realizar la
presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los
procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos a través
de medios electrónicos».
5.2 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el
modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración de
Justicia (modelo 790, Código 007, en cuya parte superior figura «Solicitud de admisión a
pruebas selectivas de la Administración Pública y liquidación de la tasa de derechos de
examen»),
que
estará
disponible
en
el
punto
de
acceso
general
(www.administracion.gob.es), en castellano y en las demás lenguas oficiales de las
Comunidades Autónomas.
5.3 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de la presente Orden en el
«Boletín Oficial del Estado», y se dirigirá a la Secretaría de Estado de Justicia. La no
presentación de la misma en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.4 La presentación y el pago de la correspondiente tasa se realizarán por vía
electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos-Pruebas Selectivas (IPS) del
punto de acceso general, http://administración.gob.es/PAG/ips, al que se puede acceder
directamente o a través del portal web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es
(Ciudadanos-Empleo público) de acuerdo con las instrucciones que se indican.
Los aspirantes que, de acuerdo con lo dispuesto en la base undécima de la Orden
JUS/291/2019, de 4 de marzo, por la que se establecen las bases comunes, estén
exentos del pago de la tasa o tengan derecho a la reducción de ésta adjuntarán en
formato electrónico la documentación acreditativa del derecho a la exención o reducción.
Cuando el aspirante no sea titular de una cuenta bancaria en alguna de las entidades
financieras que permiten el pago telemático de tasas administrativas, cuya relación podrá
consultarse en la Agencia Tributaria, podrá realizar la presentación en soporte papel en
el Registro General del Ministerio de Justicia, calle Bolsa, n.º 8, 28071 Madrid, o en los
registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración
General del Estado, así como en cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Excepcionalmente también se podrá utilizar esta vía cuando
resulte imposible la inscripción electrónica por razones técnicas y se acredite
documentalmente dicha imposibilidad.
La solicitud presencial se dirigirá a la Unidad EA0010560-Procesos Selectivos
Oficina O00011588 M.P. Procesos Selectivos y se deberá adjuntar la documentación que
acredite la incidencia técnica producida.
Igualmente se dirigirá a la referida Unidad de registro toda aquella documentación
que deba presentarse a lo largo del proceso selectivo.
5.5 Tasa de derechos de examen. El importe de la tasa por derechos de examen
será de 11,54 euros (5,77 € en caso de derecho a reducción del 50 %).
Están exentos del pago de la tasa los aspirantes que reúnan los requisitos que se
detallan en la base undécima, apartados 5 y 6, de las bases comunes, que deberán
acreditar su derecho a esta exención aportando la documentación que se indica.

cve: BOE-A-2021-12209
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Núm. 173