III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sector gasista. (BOE-A-2021-12147)
Resolución de 8 de julio de 2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Redexis Infraestructuras, SLU, autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto de derivación directa desde el gasoducto de transporte primario Cas Tresorer-Manacor-Felanitx para el ramal de distribución a la planta de Abisa en el término municipal de Montuiri (Mallorca).
5 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 20 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 87008

Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid, con fecha 11 de junio de 2019 y
número de visado 201901829. Este documento técnico ha sido suscrito por don José
Roig Gómez, Ingeniero Industrial, con n.º de colegiado 12392 del Colegio Oficial de
Ingenieros Industriales de Madrid y presentado por la empresa REDEXIS en esta
Dirección General, y en la Dirección del Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Islas Baleares.
Las principales características básicas de la conexión de derivación directa prevista
en el referido documento técnico de las instalaciones, son las que se indican a
continuación.
Las instalaciones objeto de este proyecto se ubicarán en el término municipal de
Montuiri Mallorca, en las inmediaciones del Puig de San Miquel, junto a la vía de servicio
de Autovía Ma-15 en sentido Manacor.
La derivación directa en carga se realizará en el tramo del gasoducto Cas’ TresorerManacor-Felanitx situado a la altura del PK-30 del gasoducto, en las proximidades del
vértice V-374, mediante toma en carga con weldolet 16" x 4". El gaseoducto tiene una
tubería de acero API 5L Gr. X-60 de 16 pulgadas de diámetro, con un diámetro interior
de 7,1 mm y una presión de diseño de 80 bar.
Desde el punto donde se realiza la derivación directa del gasoducto hasta la ERM se
construirá un ramal de alimentación de 4 pulgadas de diámetro y una longitud total de 8
m, en MOP 80 bar, con conducción de acero al carbono API 5L y en calidad Grado B. En
dicho ramal se instalará una válvula motorizada y se conectará un depósito de
odorización.
Las instalaciones objeto de este Proyecto son las siguientes:
– Derivación directa del gasoducto Cas’ Tresorer-Manacor-Felanitx mediante toma
en carga.
– Ramal Ø4" MOP 80 bar de 8m.
– Válvula motorizada Ø4" 600#.
– Juntas aislantes.
– Venteos de línea, aguas arriba y abajo de válvula de corte.
– Depósito de odorización.
– Bitubo portacable para telecontrol y comunicaciones.
– Instalación de suministro eléctrico.
3.ª El presupuesto del proyecto asciende a cincuenta mil noventa y siete euros con
setenta y ocho céntimos (50.097,78 €) sin incluir seguridad y salud, ni gastos generales y
beneficio industrial, ni tasa de licencia urbanística, ni impuesto sobre la construcción.
Por su parte, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de lo establecido en el
artículo 67.3 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, la empresa
REDEXIS deberá constituir una garantía por un importe equivalente al 2% del
presupuesto que figura en la documentación técnica presentada. Por tanto, la garantía a
constituir por REDEXIS tendría un importe de 1.001,96 €.
La citada garantía se constituirá en la Caja General de Depósitos a favor de la
Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, mediante alguna de las modalidades aceptadas por el
Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja
General de Depósitos. La empresa REDEXIS deberá remitir a la Dirección General de
Política Energética y Minas la documentación acreditativa del depósito de dicha garantía
dentro del plazo de treinta días a partir de su constitución.
Dicha fianza o garantía se devolverá al interesado una vez que, formalizada el acta
de puesta en servicio de las instalaciones, el interesado lo solicite y justifique el
cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la presente autorización.
4.ª En el diseño, construcción y explotación de las instalaciones de transporte de la
citada derivación directa se deberán observar los preceptos técnicos y prescripciones
establecidos en el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos y en
sus Instrucciones Técnicas Complementarias.

cve: BOE-A-2021-12147
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 172