I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Caza. (BOE-A-2021-12058)
Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Martes 20 de julio de 2021

Sec. I. Pág. 86627

26. Incumplir lo dispuesto en los apartados a), b), d) y e) del artículo 50, o en el
apartado 4 del artículo 51.
27. El reforzamiento de las poblaciones de especies cinegéticas presentes en un
coto de caza sin autorización, o incumpliendo las condiciones establecidas en la misma,
en el caso de ser necesaria.
28. Incumplimiento de las normas y disposiciones que reglamentariamente se
establezcan para garantizar la conservación de los recursos genéticos de las especies
cinegéticas.
29. Cazar dentro de las zonas de reserva establecidas en los planes cinegéticos.
30. Incumplir lo dispuesto en el artículo 57 sobre cerramientos de terrenos
cinegéticos, salvo que el acto constituya una infracción muy grave.
31. No presentar la memoria anual prevista en el artículo 66, salvo que no sea
necesario en aplicación del apartado 2.
32. Realizar controles poblacionales sobre especies cinegéticas o controles de
predadores sin autorización o incumpliendo las condiciones establecidas en misma.
33. No adoptar las medidas determinadas por la Consejería derivadas de la
declaración de una emergencia cinegética.
34. Criar en las granjas cinegéticas especies cinegéticas distintas de las que estén
amparadas por su autorización.
35. Incumplir lo dispuesto en el artículo 73 para la caza intensiva.
36. Realizar tiradas de caza menor sin comunicación o autorización, o incumpliendo
las condiciones establecidas en la misma, según lo dispuesto en el artículo 39.
37. Comercializar una especie cinegética cuya comercialización esté prohibida.
38. Transportar o comercializar piezas de caza muertas o partes de las mismas
incumpliendo lo dispuesto en el artículo 75.
39. Soltar piezas de caza vivas incumpliendo lo dispuesto en el artículo 76.
40. Negarse a entregar a los agentes de la autoridad las piezas de caza obtenidas
durante la comisión de una infracción tipificada en esta ley, o los medios de caza
utilizados para ello.
41. Impedir a los agentes de la autoridad el acceso a todo tipo de instalaciones
cinegéticas o terrenos, en el ejercicio de sus funciones.
42. Negarse a mostrar la documentación exigible a los agentes de la autoridad o a
sus agentes auxiliares.
43. Negarse a mostrar a los agentes de la autoridad el contenido del morral, el
interior de los vehículos, las armas y municiones empleadas o cualquier otro medio o útil
que se utilice para la caza, cuando así sea requerido.
44. Practicar acciones de caza el personal de vigilancia, incumpliendo lo dispuesto
en el artículo 82 de esta ley.
Artículo 85.

Infracciones leves.

1. Entrar a cobrar una pieza de caza en terrenos de titularidad ajena, con
incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.3.
2. Negarse a entregar, por parte del titular o propietario de los terrenos, la pieza de
caza herida o muerta, cuando se deniega la autorización al cazador para entrar a
cobrarla, siempre que pudiera ser hallada o aprehendida.
3. Apropiarse de desmogues incumpliendo lo dispuesto en el artículo 9.7.
4. Tener piezas de caza sin haberlo comunicado a la Consejería, cuando sea
necesario según lo dispuesto en el artículo 10.
5. Cazar o transportar armas u otros medios de caza listos para su uso, sin llevar
consigo la documentación señalada en el artículo 12.3.
6. Cazar o transportar armas u otros medios de caza listos para su uso, sin poseer
licencia de caza en vigor.

cve: BOE-A-2021-12058
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Tendrán la consideración de infracciones leves las siguientes: