III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-12048)
Resolución de 9 de julio de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica Convenio entre el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y la Universidad de Granada, para realizar prácticas académicas externas de enfermería y fisioterapia en centros sanitarios de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171

Lunes 19 de julio de 2021

Quinta.

Sec. III. Pág. 86529

Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.

Para efectuar el seguimiento vigilancia y control del Convenio se crea una Comisión
Mixta compuesta por los siguientes miembros:
1.

Por parte de la UGR:

– La Rectora, o persona en quien delegue.
– Los Decanos o Decanas de las Facultades de Ciencias de la Salud de Ceuta y
Melilla.
– El Director o Directora del Departamento de Enfermería, o persona en quien
delegue.
– El Director o Directora del Departamento de Fisioterapia, o persona en quien
delegue.
– El Director de los Estudios de Grado o la persona que ostente la responsabilidad
en la gestión de estas titulaciones.
– Los Vicedecanos con competencias en el ámbito de la gestión de las prácticas
externas de ambas Facultades.
2.

Por parte del INGESA:

– La Directora o persona en quien delegue.
– El Subdirector o Subdirectora General de Atención Sanitaria.
– El Subdirector o Subdirectora General Adjunto de Recursos Humanos.
– Los Gerentes de Atención Sanitaria de Ceuta y Melilla.
– Los Directores o Directoras de Enfermería de Atención Primaria de Ceuta y Melilla.
– Los Directores o Directoras de Enfermería de Atención Especializada de Ceuta y
Melilla.
La Comisión se reunirá con carácter ordinario al menos una vez al año, y de forma
extraordinaria cuando lo decida el Presidente, o a instancia de una de las partes
firmantes.
La presidencia de esta Comisión Mixta será desempeñada de forma bienal y
alternativa por las partes firmantes. Corresponde a la UGR la presidencia en primer
lugar.
La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente Convenio y
supletoriamente por lo estipulado en la sección tercera del capítulo II del título preliminar
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Para apoyar a la Comisión Mixta en el desempeño de sus funciones se crea en cada
ciudad un Grupo de Trabajo, de carácter paritario, integrado:
En la ciudad de Ceuta:
Por parte de la UGR:

– El Vicedecano o Vicedecana de la Facultad de Ciencias de la Salud con
competencias en el ámbito de gestión de las prácticas externas.
– El representante de la sección departamental de Enfermería.
– Dos vocales pertenecientes a los departamentos universitarios responsables de
las prácticas externas.
2.

Por parte del INGESA:

– El Director o Directora de Enfermería de Atención Primaria.
– El Director o Directora de Enfermería de Atención Especializada.
– Dos vocales responsables de las prácticas de Enfermería.

cve: BOE-A-2021-12048
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