III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-12038)
Resolución de 7 de julio de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XX Convenio colectivo general de la industria química.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171

Lunes 19 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 86303

– Personas trabajadoras legalmente habilitadas para la prevención, extinción de
incendios y salvamento en la empresa cuando desarrollen exclusivamente dichas
funciones y coordinen y supervisen al resto de personas trabajadoras habilitadas para
dichas tareas.
– Etc.
Para el subsector de las Industrias farmacéuticas, zoosanitarias, fitosanitarias:
a) Actividades que consistan en la ordenación de las tareas y puestos de trabajo de
una unidad funcional de producción o envasado, con vigilancia de instalaciones y
seguimiento de procesos.
b) Los puestos que respondiendo a la definición del apartado a) del grupo
profesional 4 de este subsector, sus funciones se referirán total o parcialmente a
productos cuya expedición requiera prescripción facultativa.
Grupo profesional 6.

Criterios generales.

Funciones que consisten en integrar, coordinar y supervisar la ejecución de tareas
heterogéneas con la responsabilidad de ordenar el trabajo de un conjunto de
colaboradores. Se incluye además la realización de tareas complejas, pero homogéneas
que, aun sin implicar mando, exige un alto contenido intelectual, así como aquéllas que
consisten en establecer o desarrollar programas o aplicar técnicas siguiendo
instrucciones generales.
Formación. Conocimientos equivalentes a titulación universitaria de grado medio –a
nivel de diplomatura o ingeniería técnica- completados con un periodo de prácticas o
experiencia profesional.
Ejemplos. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas actividades que, por
analogía, son asimilables a las siguientes:
– Realización de funciones técnicas a nivel académico medio, que consisten en
colaborar en trabajos de investigación, control de calidad, estudios, vigilancia o control
en procesos industriales o en servicios profesionales o científicos de asesoramiento.
– Analistas de aplicaciones de informática.
– Responsabilidad de ordenar y supervisar la ejecución de tareas de producción,
mantenimiento, servicios o administración o del conjunto de todas ellas en una empresa
de dimensiones reducidas.
– Responsabilidad de la ejecución de tareas de una unidad de producción,
mantenimiento o servicios o de las tareas que se desarrollan en el conjunto de los
mismos en una empresa de dimensiones reducidas.
– Responsabilidad de una unidad homogénea de carácter administrativo o del
conjunto de servicios administrativos de una empresa cuya administración no precise,
por su dimensión de subdivisiones orgánicas.
– Inspector/a o supervisor/a de la red de ventas.
– Etc.

a) Funciones profesionales de apoyo técnico-comercial.
b) Funciones de visita médica y promoción, con el requisito y exigencias indicadas
en el grupo profesional 5, apartado b) de este subsector, que además incluyan la
supervisión y coordinación de un equipo de profesionales, con responsabilidad sobre los
objetivos del conjunto. Normalmente esta función conlleva la responsabilidad de
mantener actualizada la formación de su equipo.
c) Funciones de control, en todas sus actividades, a los comerciales de productos
zoosanitarios en una determinada zona geográfica, con apoyo a la gestión comercial de
los mismos, conllevando la responsabilidad de mantener actualizada la formación de sus
colaboradores.

cve: BOE-A-2021-12038
Verificable en https://www.boe.es

Para el subsector de las Industrias farmacéuticas, zoosanitarias, fitosanitarias: