I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Organización. (BOE-A-2021-11959)
Orden TED/772/2021, de 1 de julio, por la que se crean y regulan la Junta de Contratación y la Mesa Única de Contratación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171

Lunes 19 de julio de 2021

Sec. I. Pág. 85537

regulación, en concreto, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad
jurídica, transparencia y eficiencia.
En cuanto a los principios de necesidad y eficacia, esta orden ministerial constituye el
instrumento requerido para determinar la creación y regulación de la Junta de
Contratación y la Mesa Única de Contratación del Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico, conforme a su nueva estructura orgánica.
La proporcionalidad y seguridad jurídica de ésta quedan justificadas al tratarse de la
regulación imprescindible para la consecución de dichos fines y por ser coherente con el
resto de ordenamiento jurídico. Se da cumplimiento al principio de transparencia al haber
definido claramente los objetivos perseguidos por esta norma y hacerla pública, si bien al
tratarse de una norma organizativa está exenta de los trámites propios de participación
pública.
Finalmente, en cuanto al principio de eficiencia, el principal objetivo de esta norma es
adecuar la organización de los órganos colegiados de contratación a la actual estructura
de este departamento ministerial, no suponiendo por tanto cargas administrativas ni
tampoco impacto presupuestario.
Esta orden ha sido objeto del preceptivo informe de la Junta Consultiva de
Contratación Pública del Estado del Ministerio de Hacienda, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 328.3 c) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Función
Pública, dispongo:
Artículo 1.

Objeto y ámbito de aplicación.

1. Esta orden tiene por objeto la creación de la Junta de Contratación del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Mesa Única de Contratación
para los órganos centrales del Departamento, así como la regulación de sus respectivos
ámbitos de actuación, composiciones, funciones y regímenes de funcionamiento.
2. Queda excluida del ámbito de aplicación de esta orden, la contratación de los
organismos públicos dependientes o vinculados a dicho Ministerio.
Artículo 2.

Creación y ámbito de actuación de la Junta de Contratación.

a) Obras de reparación simple, de conservación y mantenimiento.
b) Suministros de bienes consumibles o de fácil deterioro por el uso.
c) Servicios.
d) Suministros y servicios, distintos de los atribuidos a la competencia de la Junta
con arreglo a los apartados b) y c), que afecten a más de un órgano de contratación.
3. Quedan excluidos del ámbito de actuación de la Junta de Contratación los
siguientes contratos:
a) Los que se adjudiquen mediante el procedimiento abierto simplificado, los
contratos menores o aquellos cuya tramitación sea declarada de emergencia, según lo
regulado respectivamente en los artículos 159, 118 y 120 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre.

cve: BOE-A-2021-11959
Verificable en https://www.boe.es

1. Se crea la Junta de Contratación del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, en virtud del artículo 323 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español
las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26
de febrero de 2014, y se adscribe a la Subsecretaría.
2. De conformidad con lo dispuesto en el mencionado artículo 323 de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, la Junta de Contratación actuará como órgano colegiado
de contratación del Ministerio, sin límite de cuantía, en los contratos no declarados de
contratación centralizada y financiados con cargo a los servicios presupuestarios de la
Subsecretaría, que se detallan a continuación: