III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-11889)
Resolución 420/38278/2021, de 7 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para el desarrollo de la "Cátedra Extraordinaria de Historia Militar".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169

Viernes 16 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 85044

La Comisión Mixta de Seguimiento podrá, a propuesta del Director de la expresada
cátedra, incorporar a la cátedra a personalidades de reconocido prestigio en el campo
del conocimiento, por un periodo de tiempo que se estime oportuno, para participar en
alguno de los programas de la citada cátedra.
La «Cátedra Extraordinaria de Historia Militar» se ubicará en el lugar que se le asigne
dentro de las instalaciones de la Facultad de Geografía e Historia de la UCM.
Octava. Funciones del Director de la «Cátedra Extraordinaria de Historia Militar».
Las funciones del Director de la «Cátedra Extraordinaria de Historia Militar» serán:
1. Definir el programa de actividades y presentarlo, para aprobación, a la Comisión
Mixta de Seguimiento.
2. Coordinar el calendario de las actividades.
3. Coordinar las necesidades de infraestructuras de la «Cátedra Extraordinaria de
Historia Militar» con las disponibilidades de la Facultad de Geografía e Historia de la
UCM.
4. Definir y coordinar la gestión del presupuesto de la «Cátedra Extraordinaria de
Historia Militar» del que habrá de rendir cuentas ante la Comisión Mixta de Seguimiento.
5. El Director de la «Cátedra Extraordinaria de Historia Militar» elaborará
anualmente, por curso académico, un informe sobre el desarrollo de las actividades y la
programación del curso siguiente; incluirá en el mismo deficiencias de funcionamiento
observadas, así como propuesta de mejora. Dicho informe se remitirá tanto a la UCM
como al Ministerio de Defensa (IHCM).
Novena.

Actividades del programa de la «Cátedra Extraordinaria de Historia Militar».

El Director de la «Cátedra Extraordinaria de Historia Militar» asume bajo su dirección
la ejecución del programa de actividades, que incluirá como mínimo:
1. El desarrollo de Seminarios, Congresos y otras reuniones científicas.
2. Ciclos de Conferencias, Jornadas de Investigación.
3. La realización de proyectos de investigación relacionados con dicho ámbito.
4. Desarrollar conjuntamente actividades de estudio e investigación de proyectos
específicos mediante acuerdos puntuales.
5. La realización con carácter anual de una actividad académico-formativa (en
ambas sedes del IHCM y de la UCM) sobre aspectos específicos de Historia Militar a
cuya consecución obtendría el alumno un reconocimiento por un número determinado de
créditos UCM que pudieran serle de utilidad para su expediente académico.
Todas estas actividades estarán sometidas a la normativa y procedimiento
establecidos por la UCM para cada caso concreto.

Para la financiación de la «Cátedra Extraordinaria de Historia Militar», el Ministerio de
Defensa (IHCM) realizará una aportación económica anual de 12.000 € (doce mil euros)
de la aplicación presupuestaria AP 14.12.121.M.2.226.06 «Reuniones, conferencias y
cursos».
A esta cantidad estipulada se debe añadir, en su caso, la aportada por cualquier otra
fuente de financiación adicional cuyo importe y autorización debe ser aprobado
previamente por la comisión mixta.
La UCM contribuirá al sostenimiento de la «Cátedra Extraordinaria de Historia
Militar» y asumirá la gestión material administrativa de sus actividades, aportando la
infraestructura necesaria de todo orden para su realización, en la que incluirá aulas
adecuadas, materiales didácticos y/o libros y la reproducción del material que se precise.

cve: BOE-A-2021-11889
Verificable en https://www.boe.es

Décima. Financiación.