III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-11895)
Resolución de 12 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Justicia y la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, para el intercambio de información sobre consultas o intoxicaciones en personas y animales de medicamentos veterinarios y medicamentos de uso humano cuando se administran a animales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169

Viernes 16 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 85091

3. Proporcionar la información que pueda ser de interés para al Instituto Nacional
de Toxicología y Ciencias Forenses referente a medicamentos veterinarios.
Cuarta.

Tratamiento y protección de los datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento de
Protección de Datos), y la normativa nacional que lo desarrolle o modifique.
Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y
aplicación del convenio serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa
vigente. En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto, y las
limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier
información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este
convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.
Quinta.

Comisión de seguimiento.

Con el objeto de permitir el adecuado seguimiento y evaluación del presente
convenio, se establece una comisión de seguimiento formada por los siguientes
miembros:
Por parte del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses:
– El Jefe del Servicio de Información Toxicológica (SIT).
– La Jefe de la Sección de Documentación del SIT.
Por parte de la AEMPS:

La comisión de seguimiento velará por el cumplimiento de los acuerdos adoptados y
resolverá, en su caso, las cuestiones de interpretación que pudieran presentarse en la
ejecución y desarrollo del convenio. Entre sus funciones, además de resolver las
posibles dudas que sobre interpretación puedan surgir durante el desarrollo del
convenio, estará la de velar para que el programa se consolide, así como, por el
cumplimiento del mismo.
La comisión se reunirá, siempre que lo solicite cualquiera de las partes firmantes, con
una antelación mínima de tres días, teniendo como cometido fundamental la adopción de
compromisos que hagan posible el cumplimiento y desarrollo del convenio.
La comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente convenio y
supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera, del Capítulo II, del Título
Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Sexta.

Financiación.

La firma del presente convenio no conlleva compromisos económicos ni obligaciones
financieras para ninguna de las partes.

cve: BOE-A-2021-11895
Verificable en https://www.boe.es

– El Consejero Técnico del Departamento de Medicamentos Veterinarios o persona
en quien delegue.
– El Jefe del Servicio de Farmacovigilancia Veterinaria, Defectos de Calidad y
Comercio Exterior del Departamento de Medicamentos Veterinarios o persona en quien
delegue.