V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2021-33285)
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir sobre inicio de oficio del procedimiento de constitución forzosa de la comunidad de usuarios de la masa de agua subterránea ES050MSBT000055102 - "marismas", según los artículos 56.1.a), 87 y 88 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169

Viernes 16 de julio de 2021

Sec. V-B. Pág. 44254

medidas necesarias para evitar la movilidad de las poblaciones y la agrupación de
personas en espacios públicos o privados y la reducción de contactos entre
personas no convivientes con el fin de contener la propagación de infecciones
causadas por el SARS-CoV-2, mantener la salud pública y evitar la transmisión del
virus. Para ello, el Organismo de cuenca pondrá a disposición de todos aquellos
interesados los canales de acceso que sean necesarios, así como los sistemas y
aplicaciones que en cada caso se determinen y sean necesarios.
A los efectos de garantizar la suficiente publicidad y transparencia del proceso
dado el interés público del mismo y al amparo de lo dispuesto en el artículo 45.1.a)
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se pone en su conocimiento de todos aquellos
interesados lo siguiente,
Primero.- Con el fin de hacer posible esta constitución, se procede a la
publicación del censo de usuarios que de manera indiciaria se ha establecido por
este Organismo de cuenca en función de la información existente en su base de
datos para que el mismo pueda ser objeto de consulta pública por los titulares o
sus representantes debidamente acreditados durante el plazo de DOS (2) MESES
desde la publicación del presente anuncio.
Aquellos titulares de derechos que sean personas jurídicas (por ejemplo,
comunidades de regantes) o en aquellos casos en que los derechos correspondan
a varios titulares, deberán delegar el acceso al censo y el voto en una sola persona
física mediante modelo del ANEXO I ("Modelo de representación"). Asimismo, para
hacer posible el acceso al censo y la votación, será necesario que las personas
físicas procedan previamente a su acreditación mediante certificado electrónico de
persona física (incluye DNIe) expedido por una Autoridad de Certificación o
Prestador de Servicios Electrónicos de Confianza Cualificado, según la Ley 6/2020,
de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios
electrónicos de confianza. Por último, y a efectos de hacer posible el derecho de
voto y de notificaciones a través de la carpeta ciudadana, se deberá facilitar al
Organismo de cuenca una dirección de correo electrónico.

La información que se suministrará a los titulares o acreditados como
representantes será la siguiente: Titular, Código de Identificación Fiscal (CIF),
Número de expediente concesional, año de concesión, referencia local, tipo de
expediente, usos, volumen del aprovechamiento y superficie, número de
captaciones, polígono, parcela, Provincia, Municipio, masa de agua, datos de
captación principal, número de votos atribuidos y dirección de correo electrónico.
Para facilitar la identificación del derecho, se podrá consultar la cartografía de cada
derecho mediante un visor cartográfico habilitado en la web de la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir.
Asimismo, se indicará:
o Para el uso de riego: polígono/s-parcela/s y volumen de riego.

cve: BOE-B-2021-33285
Verificable en https://www.boe.es

El censo podrá ser objeto de consulta física en la sede central de la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y en la página Web del Organismo de
cuenca (https://www.chguadalquivir.es) previa acreditación mediante certificado
electrónico de persona física (incluye DNIe) expedido por una Autoridad de
Certificación o Prestador de Servicios Electrónicos de Confianza Cualificado,
según la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos
de los servicios electrónicos de confianza.