V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2021-33285)
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir sobre inicio de oficio del procedimiento de constitución forzosa de la comunidad de usuarios de la masa de agua subterránea ES050MSBT000055102 - "marismas", según los artículos 56.1.a), 87 y 88 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169

Viernes 16 de julio de 2021

Sec. V-B. Pág. 44253

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

33285

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir sobre inicio
de oficio del procedimiento de constitución forzosa de la comunidad de
usuarios de la masa de agua subterránea ES050MSBT000055102 "marismas", según los artículos 56.1.a), 87 y 88 del Real Decreto
Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Aguas.

Las masas de aguas subterráneas ES050MSBT000055105-La Rocina,
ES050MSBT000055101-Almonte y ES050MSBT000055102-Marismas se
extienden respectivamente sobre una superficie de 493, 621 y 515 km² en las
provincias de Huelva (las tres masas de agua subterránea) y Sevilla (solo Almonte
y Marismas). Su definición geográfica e hidrogeológica se ha establecido en el
Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir, aprobado por
Real Decreto 1/2016, de 8 de enero (BOE n.º 16, de 19 de enero de 2016).
A la vista de los estudios y documentos de dicho Plan y de los informes
anuales de estado de los acuíferos de Doñana, complementados con los que se
llevan a cabo en el marco del tercer ciclo de Planificación Hidrológica, así como los
realizados expresamente para este propósito e informada la Junta de Gobierno en
su reunión del 24 de Julio de 2019 sin que se manifestaran opiniones en contra,
este Organismo de cuenca decidió iniciar el procedimiento para aplicar las
previsiones del artículo 56 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, a estas tres masas de
aguas subterráneas, a fin de preservar la calidad y cantidad del recurso, asegurar
los derechos actuales existentes, alcanzar un buen estado de las masas de agua
subterránea, y proteger y mejorar los ecosistemas asociados:
MASb ES050MSBT000055105-La Rocina, ES050MSBT000055101-Almonte y
ES050MSBT000055102-Marismas: EN RIESGO DE NO ALCANZAR EL BUEN
ESTADO CUANTITATIVO.
MASb ES050MSBT000055105-La Rocina: EN RIESGO DE NO ALCANZAR EL
BUEN ESTADO QUIMICO.

Como consecuencia de esta declaración, se inicia de oficio el procedimiento de
constitución forzosa de la comunidad de usuarios de la masa de agua subterránea
ES050MSBT000055102-Marismas al amparo de los artículos 56.1.a),87 y 88 del
Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Aguas y los artículos 171.2.e), 201 y 228 del Real Decreto
849/1986 de 2 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio
Público Hidráulico.
El procedimiento se tramitará a través de medios electrónicos dadas las
extraordinarias circunstancias de pandemia que exigen adoptar todas aquellas

cve: BOE-B-2021-33285
Verificable en https://www.boe.es

Posteriormente, en la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir celebrada el 16 de julio de 2020, decidió proceder a la declaración de
las masas de aguas subterráneas ES050MSBT00055105 "La Rocina",
ES050MSBT00055101 "Almonte" y ES050MSBT00055102 "Marismas" como en
riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y también la de la masa de agua
subterránea ES050MSBT00055105 "La Rocina" como en riesgo de no alcanzar el
buen estado químico. Dicho Acuerdo fue objeto de publicación en el BOE n.º 227,
de 24 de agosto de 2020.