III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-11853)
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA, en relación con las obras de modernización de regadíos del "Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos" incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168
Jueves 15 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 84803
La documentación que SEIASA debe presentar, de cada actuación del «Plan para la
mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos», para la justificación del
cumplimiento del objetivo de la subvención nominativa a su favor, será la siguiente:
1. Acta de reconocimiento y comprobación de las obras.
2. Informe de obra, en el que se incluya un resumen con los principales aspectos
de la actuación así como de las posibles incidencias que hayan podido surgir durante la
ejecución de la obra. El informe será elaborado por la Dirección Facultativa de la
ejecución de la actuación, indicando así mismo la fecha de conclusión de las
actuaciones.
3. Declaración de costes totales de la actuación.
4. Listado de certificaciones de la actuación.
5. Declaraciones responsables, de SEIASA y de la Comunidad de usuarios del
agua, que acrediten la no existencia de otras subvenciones o ayudas cobradas, a través
de SEIASA, que cubran los mismos costes que los solicitados en el contexto del «Plan
para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos», de cualquier
Administración, organismo o entidad pública, nacional o internacional, según el modelo
incluido en el anexo IV de este Convenio.
Duodécima.
Subcontratación de las actividades subvencionadas.
SEIASA podrá subcontratar con terceros la totalidad de la actividad subvencionada,
es decir, la ejecución de las actuaciones recogidas en el anexo I del presente Convenio.
A tal efecto, deberá cumplir con los requisitos especificados en la Ley 38/2003 y en su
reglamento de desarrollo.
Para ello, y debido al coste de cada una de las inversiones incluidas en el «Plan para
la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos», SEIASA comunicará y
recabará la conformidad de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y
Formación Agroalimentaria del MAPA para la contratación de cada una de las
actuaciones incluidas en el anexo I de este Convenio.
Duración, eficacia y resolución.
El presente Convenio tendrá efectos desde el día de su firma y hasta la finalización
del marco de actuación contenido en el «Plan para la mejora de la eficiencia y la
sostenibilidad en regadíos», no superando los seis años de duración en base a lo
establecido en el artículo 59, apartado 1, letra c) del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
La extensión de la duración del presente Convenio a seis años, se justifica con las
normas incluidas en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, en el que se determina que las inversiones incluidas en los
planes de recuperación de los diferentes Estados Miembros deben finalizar su ejecución
el 31 de agosto de 2026. Esto hace necesario que el presente Convenio se mantenga
vigente durante el período 2021-2026. La suscripción del presente Convenio no limita la
competencia efectiva en los mercados.
Serán de aplicación las causas de nulidad y reintegro previstas en los artículos 36
y 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El presente Convenio será inscrito en el Registro de Convenios y Encomiendas del
Sector Publico Estatal (RCESPE) para dar cumplimiento a la obligación de publicidad
activa de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la Información
Pública y Buen Gobierno.
cve: BOE-A-2021-11853
Verificable en https://www.boe.es
Decimotercera.
Núm. 168
Jueves 15 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 84803
La documentación que SEIASA debe presentar, de cada actuación del «Plan para la
mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos», para la justificación del
cumplimiento del objetivo de la subvención nominativa a su favor, será la siguiente:
1. Acta de reconocimiento y comprobación de las obras.
2. Informe de obra, en el que se incluya un resumen con los principales aspectos
de la actuación así como de las posibles incidencias que hayan podido surgir durante la
ejecución de la obra. El informe será elaborado por la Dirección Facultativa de la
ejecución de la actuación, indicando así mismo la fecha de conclusión de las
actuaciones.
3. Declaración de costes totales de la actuación.
4. Listado de certificaciones de la actuación.
5. Declaraciones responsables, de SEIASA y de la Comunidad de usuarios del
agua, que acrediten la no existencia de otras subvenciones o ayudas cobradas, a través
de SEIASA, que cubran los mismos costes que los solicitados en el contexto del «Plan
para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos», de cualquier
Administración, organismo o entidad pública, nacional o internacional, según el modelo
incluido en el anexo IV de este Convenio.
Duodécima.
Subcontratación de las actividades subvencionadas.
SEIASA podrá subcontratar con terceros la totalidad de la actividad subvencionada,
es decir, la ejecución de las actuaciones recogidas en el anexo I del presente Convenio.
A tal efecto, deberá cumplir con los requisitos especificados en la Ley 38/2003 y en su
reglamento de desarrollo.
Para ello, y debido al coste de cada una de las inversiones incluidas en el «Plan para
la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos», SEIASA comunicará y
recabará la conformidad de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y
Formación Agroalimentaria del MAPA para la contratación de cada una de las
actuaciones incluidas en el anexo I de este Convenio.
Duración, eficacia y resolución.
El presente Convenio tendrá efectos desde el día de su firma y hasta la finalización
del marco de actuación contenido en el «Plan para la mejora de la eficiencia y la
sostenibilidad en regadíos», no superando los seis años de duración en base a lo
establecido en el artículo 59, apartado 1, letra c) del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
La extensión de la duración del presente Convenio a seis años, se justifica con las
normas incluidas en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, en el que se determina que las inversiones incluidas en los
planes de recuperación de los diferentes Estados Miembros deben finalizar su ejecución
el 31 de agosto de 2026. Esto hace necesario que el presente Convenio se mantenga
vigente durante el período 2021-2026. La suscripción del presente Convenio no limita la
competencia efectiva en los mercados.
Serán de aplicación las causas de nulidad y reintegro previstas en los artículos 36
y 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El presente Convenio será inscrito en el Registro de Convenios y Encomiendas del
Sector Publico Estatal (RCESPE) para dar cumplimiento a la obligación de publicidad
activa de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la Información
Pública y Buen Gobierno.
cve: BOE-A-2021-11853
Verificable en https://www.boe.es
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