III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-11854)
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA, en relación con las obras de modernización y consolidación de regadíos, y declaradas de interés general.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168

Jueves 15 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 84825

4. Las actuaciones que no necesiten energía eléctrica para su funcionamiento
serán preferidas sobre las que la necesiten o haya que instalar energías renovables,
quedando excluidas aquellas que supongan el uso de acequias.
5. Las que supongan mayor superficie de actuación, siendo deseable no actuar por
debajo de 5.000 ha.
6. Las que generen mayor ahorro de agua o consigan una mayor disminución de la
demanda de agua o un mayor ahorro energético.
7. Las que propongan un mayor grado de intensidad en la modernización.
8. Las más alejadas de núcleos urbanos, en las que puedan establecerse las
condiciones de ruralidad.
9. Aquellas actuaciones de modernización que faciliten el autoabastecimiento
eléctrico contemplando el uso de energías renovables.
9. Previamente a la adición de cualquier nueva obra a las programadas en este
Convenio, SEIASA presentará a la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y
Formación Agroalimentaria, un Acuerdo de la Junta General de las Comunidades de
Regantes mostrando su interés en la ejecución de las obras, junto a una previsión de las
necesidades de aportación de capital elaborada por SEIASA.
B) Compromisos del MAPA:
1. La autorización para la redacción de los Proyectos iniciales, Modificados y
Complementarios.
2. La aprobación técnica y definitiva de todos los Proyectos y de sus posibles
modificaciones.
3. La inspección y control de la ejecución de las obras durante su construcción y
explotación.
4. La constatación de la ejecución de las obras conforme al proyecto aprobado, al
finalizar su ejecución.
5. Dictar, en coordinación con la Dirección General del Patrimonio del Estado, las
normas necesarias para una mejor gestión de las actuaciones de la Sociedad.
6. Hacer cumplir las instrucciones para la gestión de las obras que hayan dictado la
Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria o la
Dirección General del Patrimonio del Estado.
7. La tramitación cuando proceda, ante los organismos Comunitarios competentes,
a través de la Dirección General competente, de las solicitudes de cofinanciación de
fondos estructurales de la Unión Europea a que puedan tener derecho las inversiones
realizadas por SEIASA, dentro de un periodo determinado, de acuerdo con la
reglamentación correspondiente.
8. Transferir los fondos necesarios para financiar la ampliación de capital de
SEIASA.
Compromisos de las partes en caso de reprogramación:

1. Si alguna actuación encargada a SEIASA y dotada del correspondiente capital
no se pudiera realizar, ésta en ningún caso podrá utilizar esos fondos para ejecutar
nuevas actuaciones. Para su utilización, será necesario que el MAPA reprograme nuevas
actuaciones, contando tanto con estos fondos de actuaciones no realizadas como con
los remanentes de actuaciones finalizadas y, si se considera preciso, con nuevo capital
desembolsado.
La reprogramación se efectuará a propuesta de la Dirección General de Desarrollo
Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria como adenda a este Convenio, previo
cumplimiento de todos los trámites y requisitos que resulten preceptivos de conformidad
con las disposiciones normativas aplicables.
2. En el caso de que, en alguna de las anualidades previstas en la siguiente
Cláusula, la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado no autorizase
créditos suficientes para el cumplimiento de las obligaciones económicas asumidas en el

cve: BOE-A-2021-11854
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