I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA. Medidas económicas, sociales y tributarias. (BOE-A-2021-11513)
Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de julio de 2021

Sec. I. Pág. 82821

particularmente de la población joven, en cuanto que constituye una desventaja
extraordinaria para los municipios más pequeños en lo que respecta al mantenimiento de
los servicios públicos esenciales y al impulso de la actividad económica y productiva en
esas zonas; así como en el incremento de las tasas de dependencia y disminución de las
personas en edad laboral.
La regulación legal sobre esta materia, dictada en ejercicio de la competencia estatal
atribuida por el artículo 149.1.13.ª de la Constitución sobre las bases y coordinación de la
planificación general de la actividad económica, se inició con la Ley 45/2007, de 13 de
diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, de carácter transversal y
orientación territorial, con una vocación de conjugar el desarrollo económico con la
preservación del medio natural, contemplando acciones y medidas para el desarrollo
sostenible, tanto de origen nacional como comunitario, aplicable entre las diferentes
Administraciones públicas de modo concertado, en atención a sus respectivas
competencias.
A nivel de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha se han impulsado desde
hace años varias iniciativas normativas relacionadas con la promoción del desarrollo
rural desde distintos ámbitos, entre los que cabe mencionar, la Ley 4/2004, de 18 de
mayo, de la Explotación Agraria y del Desarrollo Rural, con una perspectiva
eminentemente sectorial agraria; la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre
Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha, que impuso a las Administraciones públicas
la necesidad de garantizar los derechos de las mujeres que viven en el medio rural; la
Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico en Zonas Prioritarias en
Castilla-La Mancha, que contempla medidas específicas de fomento destinadas a las
denominadas Zonas ITI (Inversiones Territoriales Integradas); así como la Ley 6/2019,
de 25 de noviembre, del Estatuto de las Mujeres Rurales de Castilla-La Mancha, que
promueve medidas de fomento de la autonomía social y profesional de las mujeres en el
medio rural.
Por otra parte, para combatir los retos poblacionales actuales y futuros de Castilla-La
Mancha, se rubricó el 28 de febrero de 2020, por los representantes de Cecam, CCOO,
UGT, Recamder, FEMP-CLM y el Ejecutivo Regional, un Pacto de unidad, social y
económica, para abordar el fenómeno de la despoblación bajo los parámetros de
desarrollo, sostenibilidad y equilibrio. Además, a nivel parlamentario el Pleno de las
Cortes de Castilla-La Mancha, celebrado el 21 de enero de 2021, ratificó por unanimidad
el Dictamen emitido por la Comisión no Permanente de Estudio para alcanzar un Pacto
contra la Despoblación en Castilla-La Mancha. Ambos documentos se han tenido en
cuenta en el proceso de elaboración de esta norma.
II
Castilla-La Mancha es una región con un perfil y caracterización eminentemente
rural, en la que más del 90 % de su geografía es rural, y en la que más de la mitad de
sus municipios tiene menos de 500 habitantes, y solo 12 sobrepasan los 30.000
habitantes.
El determinante impacto que la demografía tiene en el mundo rural, que en CastilaLa Mancha se traduce, en la existencia de zonas con niveles de despoblación muy por
encima de la media nacional y europea, requiere considerar esta nueva realidad y sus
desafíos con desarrollos normativos propios, que abarquen todas las dimensiones de la
realidad del mundo rural en la región y aporten una visión ajustada a la realidad de los
territorios rurales en Castila-La Mancha, donde la despoblación condiciona su desarrollo
integral.
En este marco, la región de Castilla-La Mancha se dota de esta nueva regulación
que tiene la vocación de superar el horizonte de las tradicionales visiones del desarrollo
rural, centradas en el «segundo pilar» de la PAC, asumiendo que el objetivo de la
cohesión de los territorios rurales supone interacciones con actividades y sectores
diversos, que junto con el agrario y el forestal, sirvan para impulsar el desarrollo rural de

cve: BOE-A-2021-11513
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Núm. 165