I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA. Medidas económicas, sociales y tributarias. (BOE-A-2021-11513)
Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165

Lunes 12 de julio de 2021

Sec. I. Pág. 82820

Disposiciones finales.
Disposición final primera. Modificación de la Ley 3/2000, de 26 de mayo, de
Creación del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha.
Disposición final segunda. Modificación de la Ley 8/2000, de 30 de noviembre, de
Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha.
Disposición final tercera. Modificación de la Ley 5/2005, de 27 de junio, de
Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha.
Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 14/2005, de 29 de diciembre, de
Ordenación del Transporte de Personas por Carretera en Castilla-La Mancha.
Disposición final quinta. Modificación de la Ley 1/2007, de 15 de febrero, de
Fomento de las Energías Renovables e Incentivación del Ahorro y la Eficiencia
Energética en Castilla-La Mancha.
Disposición final sexta. Modificación de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y
Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha.
Disposición final séptima. Modificación de la Ley 7/2010, de 20 de julio, de
Educación de Castilla-La Mancha.
Disposición final octava. Modificación de la Ley 5/2011, de 10 de marzo, de
Declaración del Parque Natural de la Sierra Norte de Guadalajara.
Disposición final novena. Modificación de la Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de
Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha.
Disposición final décima. Modificación de la Ley 6/2019, de 25 de noviembre, del
Estatuto de las Mujeres Rurales de Castilla-La Mancha.
Disposición final undécima. Adaptación al contenido de la norma.
Disposición final duodécima. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final decimotercera. Entrada en vigor.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El cambio demográfico constituye uno de los mayores retos que afrontan las
regiones, ciudades y núcleos rurales de población de Europa, estando determinado
principalmente por factores relacionados con el envejecimiento de la población, unas
tasas de natalidad bajas y el agravamiento de los desequilibrios en la distribución de la
población.
En el ámbito europeo, el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)
encomienda a las instituciones europeas una especial atención al reto demográfico. El
artículo 174 establece que, con el fin de reforzar su cohesión económica, social y
territorial, la Unión se propone reducir las diferencias entre los niveles de desarrollo de
las diversas regiones y el retraso de las regiones menos favorecidas, incluidas las zonas
rurales, las zonas afectadas por una transición industrial y las regiones que padecen
desventajas naturales o demográficas graves. Asimismo, el artículo 175 del TFUE
estipula que la consecución de ese objetivo estará apoyada por los Fondos
Estructurales, el Banco Europeo de Inversiones y los otros instrumentos financieros.
La concepción sobre la respuesta de la UE ante el reto demográfico fue puesta de
manifiesto por el Comité de las Regiones (CDR) en su Dictamen 2017/C017/08, en el
que señalaba que aquélla debería dotarse de una visión amplia, coordinada e
integradora, puesto que se trata de un tema transversal, siendo preciso contar con una
estrategia europea sobre los desafíos demográficos, que aumente la sensibilidad de
todas las políticas: cohesión, innovación, transporte, salud, políticas sociales y de
empleo, TIC, desarrollo rural, emigración, etc.
Más recientemente, el CDR ha avanzado en sus conclusiones sobre esta materia en
el Dictamen SEDEC-VII/001, sobre «Cambio demográfico: propuestas para cuantificar y
afrontar los efectos negativos en las regiones de la UE», incidiendo en los peligros que
supone la pérdida de población en las zonas remotas y escasamente pobladas,

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