III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2021-11433)
Resolución 420/38271/2021, de 2 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universitat de València, para la realización de prácticas externas en la Subdelegación de Defensa en Valencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Viernes 9 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 82083

Séptima. Financiación.
Las actuaciones previstas en este Convenio no darán lugar a contraprestación
económica alguna entre las partes firmantes y no supondrán incremento del gasto
público, salvo que en relación con las obligaciones contempladas en la disposición
adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización
de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de
empleo, dado que todavía no se ha producido el desarrollo reglamentario para su
efectiva aplicación, será la Universitat de València el organismo encargado del
cumplimiento de dichas obligaciones, comprometiéndose ambas partes a firmar una
adenda en las que se estime su coste, dando cumplimiento a la normativa de desarrollo
del citado decreto-ley.
Octava. Relaciones laborales.
1. La Universitat de València y la Subdelegación de Defensa en Valencia no
adquirirán otras obligaciones ni compromisos distintos a los que se establecen en este
Convenio. En particular, no se derivará para la Subdelegación de Defensa en Valencia
obligación alguna de carácter laboral, al carecer de esa condición la relación que se
establece.
2. En ningún caso y bajo ningún concepto la Subdelegación de Defensa en
Valencia podrá cubrir un puesto de trabajo con los estudiantes, ni siquiera con carácter
eventual o interino, durante el período establecido para la realización de cada práctica.
Novena.

Medidas de control y seguimiento.

1. Se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento para el desarrollo y
seguimiento de este Convenio, que estará integrada, al menos, por el Subdelegado de
Defensa en Valencia o persona en quien delegue y por otra persona de la Universitat de
València.
2. Las funciones de esta Comisión serán, entre otras:

3. La Comisión se constituirá en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de
este Convenio y tendrá como finalidad promover las acciones que permitan cumplir los
objetivos y condiciones estipuladas en el mismo, así como la interpretación de sus
cláusulas y la resolución de posibles conflictos que pudieran surgir en la aplicación del
Convenio.
4. Dicha Comisión se reunirá con una periodicidad anual y siempre que se requiera
a instancia de alguna de las partes. Tendrá capacidad de decidir sobre la modificación,
vigencia o resolución del Convenio, dentro de lo estipulado en el mismo. Se regirá, en su

cve: BOE-A-2021-11433
Verificable en https://www.boe.es

a) Recoger y canalizar las inquietudes y necesidades relacionadas con las
prácticas académicas externas y con la cultura de defensa.
b) Establecer el calendario anual de actuaciones.
c) Proponer el Programa de prácticas académicas externas de estudiantes de la
Universitat de València al comienzo de cada curso académico, con el detalle de las
actividades que se desarrollarán e instalaciones donde se llevarán a cabo.
d) Establecer los requisitos y la selección de los estudiantes.
e) Aprobar la información que aparecerá en las respectivas páginas web sobre el
contenido del presente Convenio, de acuerdo con las directrices marcadas a este
respecto en cada institución.
f) Realizar el seguimiento y la evaluación de la colaboración y, en su caso, la
difusión de los resultados obtenidos.
g) Proponer la prórroga del Convenio mediante acta donde se manifieste la
voluntad de continuar con la aplicación del Convenio.
h) Promover cualquier otra actividad que se considere necesaria para el buen
desarrollo del Convenio.