III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-11456)
Resolución de 30 de junio de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Ampliación y remodelación de la EDAR de Palma II y emisario (Islas Baleares)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 82307

El Estudio contempla como medidas preventivas y correctoras limitar los trabajos en
proximidad de viviendas en días laborables y horario diurno en fase de construcción de
la EDAR, realizar los trabajos en el medio marino fuera de la temporada de baños
siempre que sea posible y aumentar la frecuencia de revisiones y vigilancia del plan de
mantenimiento de las instalaciones proyectadas en la temporada de baños.
El Área de Medio Ambiente y Bienestar Animal del Ayuntamiento de Palma señala
que el emisario entrará en el Mar muy cerca de la playa de Ciudad Jardín, una de las
más concurridas de la ciudad, que con la actual depuradora y emisario ha venido
sufriendo prohibiciones de baño en verano por vertidos incontrolados en situación de
emergencia. Esta situación se da no sólo por estar la actual depuradora en su límite de
capacidad, sino también porque el emisario tiene la salida muy cerca de la costa. De
cara al proyecto de ampliación, esta Área del Ayuntamiento considera que la afección del
vertido a la costa disminuiría si el punto del vertido estuviera más alejado, caso de la
alternativa 4B, tanto por la mayor capacidad de dilución de la masa de agua como por el
efecto dispersor de las corrientes.
EMAYA indica que si se opta por la opción 4A con un emisario de 1.233 m con
los 300 m finales incluyendo los difusores del vertido, dado que las aguas de baño se
extienden hasta 500 m desde la playa, el efluente se vertería a 433 m del límite exterior
de la zona de baño. Teniendo en cuenta que el vertido corresponde a una población
equivalente a 800.000 habitantes, y que en periodos de estancamiento o de inversión del
flujo costero la pluma podría afectar a la zona de baño, conviene alejar más el emisario
de la línea de costa. Además, indica que el estudio de dilución presentado tan solo
considera la situación más favorable en el vertido de contaminantes, sin que se hayan
estudiado escenarios desfavorables (accidentes, mantenimiento de instalaciones, exceso
de caudal u otras situaciones) que pueden producir un vertido sin depurar. La
concentración de Escherichia coli en pluviales oscila entre de 103 y 104 CFU/100 ml, y en
agua sin depurar entre 106 y 107 CFU/100 ml. Para estas concentraciones habría
problemas en todos los escenarios de la alternativa 4A, lo que obligaría a tener que
cerrar la playa durante dichos eventos. Por el contrario, para la alternativa 4B los efectos
sobre las aguas de baño serían muy inferiores, habida cuenta de la distancia y el tiempo
de tránsito entre el emisario y la playa.
Para la alternativa 4A de emisario corto y en relación con los umbrales del Real
Decreto 1341/2007, el promotor sostiene que en situaciones de funcionamiento normal o
con lluvias que no lleguen a colmar la capacidad del tanque de laminación, incluso con
condiciones de corriente y vientos pésimas, la calidad del efluente para las aguas de
baño sería «excelente». Y para una situación de vertido con lluvias extraordinarias que
superen la capacidad del tanque de laminación la calidad del vertido sería «buena». La
Directiva 91/271/CEE indica que para la calidad del agua no se tendrán en cuenta los
valores extremos cuando sean consecuencia de situaciones inusuales, y que las
situaciones de lluvias extraordinarias no superan las 450 horas (3 % del tiempo estival).
No considera adecuado optar por alternativas de emisario más caras.
En relación con la población de diseño para la EDAR, tanto el Ayuntamiento de
Palma como EMAYA encuentran incongruencia entre los datos utilizados en el Estudio
que son los del Instituto Nacional de Estadística (INE) y no los datos del padrón
municipal, lo que supondría contabilizar 28.024 habitantes menos, lo que puede acortar
el horizonte de obsolescencia de la depuradora, previsto inicialmente para veinte años.
El promotor señala que la determinación de la capacidad de la planta en el año
horizonte se ha realizado en dos fases. En una primera se determina el caudal medio
actual, para lo cual se ha utilizado la serie histórica suministrada por el explotador
adoptándose el percentil 85, y en la segunda se realiza una proyección al año horizonte
para obtener el caudal de diseño. Aunque se ha utilizado la información del INE, que es
la fuente oficial, para el estudio de población, en sí lo relevante no son los datos totales
de la serie sino su tendencia, que es lo que se proyecta hasta el año horizonte para el
caudal de diseño. Los datos de población únicamente se utilizan para obtener la tasa de
crecimiento anual, no para calcular el caudal actual en la planta.

cve: BOE-A-2021-11456
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Núm. 163