III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-11456)
Resolución de 30 de junio de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Ampliación y remodelación de la EDAR de Palma II y emisario (Islas Baleares)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 82304
La EDAR dispondrá de línea propia de fangos, con digestión anaerobia primera,
predeshidratación, hidrólisis térmica, digestión anaerobia segunda, postdeshidratación y
línea de biogás con acumulación y aprovechamiento por cogeneración.
b) Nuevo emisario de vertido al mar, con partes terrestre y marítima, para aliviar los
excedentes de la EDAR que no puedan ser aprovechados para reutilización y capacidad
suficiente para la caudal punta de las aguas de lluvia. El emisario se diseña con tubería
PEAD de 2000 mm de diámetro en toda su longitud, caudal máximo de 33.000 m3/h
y 1.660 m de recorrido en su parte terrestre. Para el tramo submarino, el documento
técnico describe la alternativa 4A de 1.233 m y punto de vertido próximo al actual en la
batimétrica -13,5 m seleccionada por el promotor. Sin embargo, de la evaluación se
deduce que es ambientalmente preferible la alternativa 4B contemplada en el Estudio de
impacto, con emisario de 4.969 m y vertido en la batimétrica -36 m. La ejecución del
tramo submarino se realizará mediante tuneladora en los primeros 506 m y mediante
pesos muertos sobre el fondo marino el resto.
c) También se proyectan instalaciones y obras auxiliares, como las acometidas
eléctricas y los accesos necesarios.
El plazo inicialmente estimado para la ejecución de las obras es de 40 meses para la
ejecución de la EDAR y veinticuatro meses para el emisario.
Tras la finalización de las obras y puesta en marcha de las nuevas instalaciones, se
llevará a cabo la demolición de las antiguas instalaciones de la EDAR de Palma II que
queden en desuso, utilizándose el espacio liberado para un corredor verde en la zona del
Torrent Gros. También se contempla el encauzamiento y adecuación del Torrent Gros en
el tramo de la parcela de la EDAR como un parque fluvial inundable con capacidad para
evacuar la avenida de periodo de retorno de 500 años, de acuerdo con las
prescripciones establecidas en la mencionada modificación puntual del planeamiento
urbanístico.
Las actuaciones se localizan íntegramente en el término municipal de Palma, en la
Isla de Palma de Mallorca, en las Islas Baleares. El emisario submarino se emplaza en la
Bahía de Palma, concretamente en la playa del Arenal, frente a los núcleos
poblacionales de Can Pastilla.
Tramitación del procedimiento.
El 8 de julio de 2019, el órgano ambiental comunicó al promotor y órgano sustantivo
el Documento de alcance a dar al estudio de impacto ambiental, y le remitió las
contestaciones a las consultas recibidas.
El 3 de marzo de 2020, el órgano sustantivo publicó en el BOE n.º 54 anuncio de
información pública de los anteproyectos «Ampliación y remodelación de la EDAR Palma
II» y «Emisario de la EDAR Palma II», el Estudio de Impacto Ambiental común para
ambos, y la relación de bienes y servicios afectados. El anuncio también se publica en el
BOIB («Bulletí Oficial de les Illes Balears») n.º 26 de 29 de febrero, así como en el tablón
de edictos y anuncios del Ayuntamiento de Palma y del Gobierno de las Islas Baleares, y
en el Diario de Mallorca de 28 de febrero de 2020. Del resultado de este trámite, se
recibe una alegación de la empresa municipal EMAYA.
El 27 de febrero de 2020, el órgano sustantivo consultó a las administraciones
públicas afectadas y personas interesadas, a excepción de la Dirección General de
Territorio y Paisaje que fue consultada el 3 de marzo de 2020 y de la Comisión Balear de
Medio Ambiente que se consultó el 30 de abril de 2020. El anexo I incluye el cuadro de
los consultados y si han emitido o no contestación.
4.
Análisis técnico del expediente.
a.
Análisis de alternativas:
Para cumplir los objetivos del proyecto, además de la alternativa 0 de no actuación,
el promotor estudia alternativas y realiza un análisis multicriterio, articulándolas en torno
a la ubicación y diseño de la EDAR y al trazado y forma de ejecución del emisario.
cve: BOE-A-2021-11456
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 82304
La EDAR dispondrá de línea propia de fangos, con digestión anaerobia primera,
predeshidratación, hidrólisis térmica, digestión anaerobia segunda, postdeshidratación y
línea de biogás con acumulación y aprovechamiento por cogeneración.
b) Nuevo emisario de vertido al mar, con partes terrestre y marítima, para aliviar los
excedentes de la EDAR que no puedan ser aprovechados para reutilización y capacidad
suficiente para la caudal punta de las aguas de lluvia. El emisario se diseña con tubería
PEAD de 2000 mm de diámetro en toda su longitud, caudal máximo de 33.000 m3/h
y 1.660 m de recorrido en su parte terrestre. Para el tramo submarino, el documento
técnico describe la alternativa 4A de 1.233 m y punto de vertido próximo al actual en la
batimétrica -13,5 m seleccionada por el promotor. Sin embargo, de la evaluación se
deduce que es ambientalmente preferible la alternativa 4B contemplada en el Estudio de
impacto, con emisario de 4.969 m y vertido en la batimétrica -36 m. La ejecución del
tramo submarino se realizará mediante tuneladora en los primeros 506 m y mediante
pesos muertos sobre el fondo marino el resto.
c) También se proyectan instalaciones y obras auxiliares, como las acometidas
eléctricas y los accesos necesarios.
El plazo inicialmente estimado para la ejecución de las obras es de 40 meses para la
ejecución de la EDAR y veinticuatro meses para el emisario.
Tras la finalización de las obras y puesta en marcha de las nuevas instalaciones, se
llevará a cabo la demolición de las antiguas instalaciones de la EDAR de Palma II que
queden en desuso, utilizándose el espacio liberado para un corredor verde en la zona del
Torrent Gros. También se contempla el encauzamiento y adecuación del Torrent Gros en
el tramo de la parcela de la EDAR como un parque fluvial inundable con capacidad para
evacuar la avenida de periodo de retorno de 500 años, de acuerdo con las
prescripciones establecidas en la mencionada modificación puntual del planeamiento
urbanístico.
Las actuaciones se localizan íntegramente en el término municipal de Palma, en la
Isla de Palma de Mallorca, en las Islas Baleares. El emisario submarino se emplaza en la
Bahía de Palma, concretamente en la playa del Arenal, frente a los núcleos
poblacionales de Can Pastilla.
Tramitación del procedimiento.
El 8 de julio de 2019, el órgano ambiental comunicó al promotor y órgano sustantivo
el Documento de alcance a dar al estudio de impacto ambiental, y le remitió las
contestaciones a las consultas recibidas.
El 3 de marzo de 2020, el órgano sustantivo publicó en el BOE n.º 54 anuncio de
información pública de los anteproyectos «Ampliación y remodelación de la EDAR Palma
II» y «Emisario de la EDAR Palma II», el Estudio de Impacto Ambiental común para
ambos, y la relación de bienes y servicios afectados. El anuncio también se publica en el
BOIB («Bulletí Oficial de les Illes Balears») n.º 26 de 29 de febrero, así como en el tablón
de edictos y anuncios del Ayuntamiento de Palma y del Gobierno de las Islas Baleares, y
en el Diario de Mallorca de 28 de febrero de 2020. Del resultado de este trámite, se
recibe una alegación de la empresa municipal EMAYA.
El 27 de febrero de 2020, el órgano sustantivo consultó a las administraciones
públicas afectadas y personas interesadas, a excepción de la Dirección General de
Territorio y Paisaje que fue consultada el 3 de marzo de 2020 y de la Comisión Balear de
Medio Ambiente que se consultó el 30 de abril de 2020. El anexo I incluye el cuadro de
los consultados y si han emitido o no contestación.
4.
Análisis técnico del expediente.
a.
Análisis de alternativas:
Para cumplir los objetivos del proyecto, además de la alternativa 0 de no actuación,
el promotor estudia alternativas y realiza un análisis multicriterio, articulándolas en torno
a la ubicación y diseño de la EDAR y al trazado y forma de ejecución del emisario.
cve: BOE-A-2021-11456
Verificable en https://www.boe.es
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