III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-11456)
Resolución de 30 de junio de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Ampliación y remodelación de la EDAR de Palma II y emisario (Islas Baleares)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Viernes 9 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 82303

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
11456

Resolución de 30 de junio de 2021, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Ampliación y remodelación de la EDAR de Palma II y
emisario (Islas Baleares)».
Antecedentes de hecho

Con fecha 9 de febrero de 2021 tuvo entrada en esta Dirección General solicitud de
inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria de los
anteproyectos de Ampliación y remodelación de la EDAR de Palma II y Emisario (Islas
Baleares), remitida por la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD), como promotor y órgano sustantivo.
1.

Alcance de la evaluación.

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por
el promotor para los anteproyectos «Ampliación y remodelación de la EDAR de Palma II»
y «Emisario de la EDAR Palma II».
La evaluación no comprende el ámbito de la evaluación de seguridad y salud en el
trabajo, ni de seguridad industrial, que poseen normativa reguladora e instrumentos
específicos.
2.

Descripción y localización del proyecto.

a) Remodelación y ampliación de la actual EDAR Palma II, ocupando una parcela
colindante que ha sido reservada a tal efecto por el Ayuntamiento de Palma, de acuerdo
con la resolución del 3 de julio de 2013 de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas
Baleares (CMAIB) y la memoria ambiental de la modificación puntual del Plan General de
Ordenación Urbana (PGOU) de febrero de 2013.
Para la EDAR se adoptará un sistema biológico convencional similar al proceso
Bardenpho modificado, contemplándose las siguientes actuaciones: obras de
adecuación (bombeo y desvío de tuberías) para un pretratamiento completo de 33.000
m3/h (actualmente 21.000 m3/h llegan por gravedad y 12.000 m3/h por impulsión);
tratamiento primario con decantación lamelar para 90.000 m3/día y un caudal punta que
permita recibir el vaciado del tanque de tormentas en 12 horas; tratamiento biológico
para 90.000 m3/día con sistema de fangos activados en suspensión con eliminación
biológica de nutrientes; tratamiento terciario para 3.750 m3/h, con decantación lamelar y
filtración de discos con paso de 10 micras.

cve: BOE-A-2021-11456
Verificable en https://www.boe.es

El proyecto tiene por objeto garantizar un tratamiento adecuado de las aguas
residuales de la ciudad de Palma y alrededores para un horizonte de 20 años, lograr un
funcionamiento conjunto y coordinado de las EDAR Palma I y Palma II, posibilitar el
tratamiento de los caudales punta en épocas de lluvia intensa, la reducción de las cargas
de nitrógeno y fósforo en el medio receptor, y el cumplimiento de los criterios de calidad
para las aguas de baño y para la reutilización de las aguas.
El saneamiento de la Bahía de Palma fue declarado de interés general del Estado,
por Real Decreto-ley 3/1993, de 26 de febrero.
Las actuaciones proyectadas consisten en: