III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-11456)
Resolución de 30 de junio de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Ampliación y remodelación de la EDAR de Palma II y emisario (Islas Baleares)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Viernes 9 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 82318

Para reducir la huella de carbono del bombeo y minimizar el riesgo para el bombeo
por fallo de alimentación eléctrica, el Servicio de Estudios y Planificación y del
Ayuntamiento de Palma propone varias alternativas, como realizar el bombeo a partir de
energía renovable o contratar a empresa suministradora que certifique que su fuente
es 100 % renovable, la instalación de una segunda bomba de repuesto, prever un
aliviadero en el punto actual de vertido que formara parte del trazado 4B y que en caso
de fallos eléctricos no precise del bombeo. El promotor no considera apropiada ninguna
de ellas. En cualquier caso, el proyecto del emisario deberá contemplar una solución
técnica que elimine el mencionado por eventuales cortes del suministro eléctrico.
El Ayuntamiento de Palma propone el uso de tecnología LED en el alumbrado
exterior de toda la instalación por presentar menor consumo eléctrico y contribuir a la
reducción de los gases de efecto invernadero. También propone que el gas que se prevé
quemar en la antorcha se aproveche obligatoriamente para la generación de energía
eléctrica, y no como posibilidad como parece desprenderse del Estudio cuando indica
que «esa energía debe poder transformarse en energía eléctrica y obtener una cifra
superior a los 40.000 Kw/día que compensarían el consumo energético anual».
Respecto las deficiencias normativas (Ley 10/2019) en relación con el cambio
climático puestas de manifiesto por el Ayuntamiento de Palma, el promotor indica que la
actuación quedaría fuera del ámbito de aplicación de dicha norma, que opera para los
proyectos de las administraciones públicas de las Islas Baleares. No obstante, en aras a
luchar contra el cambio climático y con un objetivo de transición energética, ha incluido
en el anteproyecto la instalación de 926 placas fotovoltaicas en distintos edificios de la
EDAR con un total de potencia instalada de 196 Kw. Tampoco estima que sería de
aplicación el código técnico de la edificación, ya que el proyecto no requiere de licencia o
autorización municipal.
Asimismo, el promotor modifica el presupuesto y descripciones del anejo de
electricidad y las especificaciones de los elementos de alumbrado exterior, pasando
todas las lámparas a ser LED, e indica que para evitar el quemado de biogás en
antorcha se incrementa la capacidad del gasómetro hasta los 8.489 m³, con lo que el
tiempo de retención aumentará de 4 a 7 horas para que la totalidad del biogás producido
pueda ser utilizado para la generación de energía eléctrica.

La zona de actuación se encuentra en una zona periurbana con remanentes
agrarios, y forma parte del Área de Intervención paisajística AIP III establecida en el Plan
Territorial de Mallorca por la Consejería de Ordenación del Territorio.
Para la fase de construcción el Estudio identifica impactos moderados sobre el
paisaje por las operaciones de despeje, movimiento y cúmulo de tierras y materiales,
pistas de acceso, apertura de zanja y el levantamiento de nuevas construcciones, que irá
cambiando progresivamente hasta la finalización de las obras. En la fase de
funcionamiento, la presencia física de la ampliación de la EDAR tendrá un impacto
permanente sobre el paisaje que se estima de baja incidencia por no producirse aumento
de altura en ninguna de las instalaciones.
El anexo III de integración paisajística del Estudio incluye medidas para control de la
erosión, restitución de la vegetación y del paisaje, que se ejecutarán tras las obras.
También se prevé el ajardinamiento de las nuevas superficies libres del interior de la
parcela y la implantación de una barrera arbórea perimetral, procurando conservar la
vegetación de la actual EDAR que tenga algún valor. El diseño de la EDAR minimiza su
ocupación superficial y prevé el uso de materiales y tratamientos en los paramentos
verticales y cubiertas para procurar su integración en el paisaje. Para la plantación opta
por especies autóctonas o alóctonas no invasoras.
La Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma recuerda la necesidad de
aplicar en el diseño de los edificios las normas de estética del Plan territorial de Mallorca,
en concreto la norma 22 que establece condiciones de integración paisajística y
medioambiental para las nuevas edificaciones e instalaciones en suelo rústico, que los

cve: BOE-A-2021-11456
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Paisaje.