III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Consorcio de la Zona Franca de Santander. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-11437)
Resolución de 30 de junio de 2021, del Consorcio de la Zona Franca de Santander, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2020 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Viernes 9 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 82120

Las subvenciones de carácter monetario se valoran por el valor razonable del importe
concedido y las subvenciones no monetarias por el valor razonable del bien recibido,
referidos ambos valores al momento de su reconocimiento.
Las subvenciones no reintegrables relacionadas con la adquisición de inmovilizado
intangible, material e inversiones inmobiliarias se imputan como ingresos del
ejercicio en proporción a la amortización de los correspondientes activos o, en su
caso, cuando se produzca su enajenación, corrección valorativa por deterioro o baja
en balance. Por su parte, las subvenciones no reintegrables relacionadas con gastos
específicos se reconocen en la cuenta de pérdidas y ganancias en el mismo ejercicio
en que se devengan los correspondientes gastos y las concedidas para compensar
déficit de explotación en el ejercicio en que se conceden, salvo cuando se destinan a
compensar déficit de explotación de ejercicios futuros, en cuyo caso se imputan en
dichos ejercicios.
3.8. Impuesto sobre sociedades
El Consorcio es una Entidad Estatal de Derecho Público que tiene exención del pago
del Impuesto de Sociedades según el art. 80.1 de la Ley 50/1998 de 30 de diciembre
de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, en relación con el art. 9.1 a) Ley
27/2014 del Impuesto de Sociedades.
3.9. Provisiones y pasivos contingentes
Las provisiones se reconocen cuando el Consorcio tiene una obligación presente, ya
sea legal o implícita, como resultado de sucesos pasados, es probable que vaya a ser
necesaria una salida de recursos para liquidar la obligación y el importe se puede
estimar de forma fiable. Se valoran por el valor actual de los desembolsos que se
espera que serán necesarios para liquidar la obligación. Las provisiones con
vencimiento inferior o igual a un año, con un efecto financiero no significativo no se
descuentan.

cve: BOE-A-2021-11437
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Por su parte, se consideran pasivos contingentes aquellas posibles obligaciones
surgidas como consecuencia de sucesos pasados, cuya materialización está
condicionada a que ocurra o no uno o más eventos futuros independientes de la
voluntad del Consorcio. Los eventuales pasivos contingentes no son objeto de
registro contable presentándose detalle de los mismos en la memoria.