III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2021-11465)
Resolución de 30 de junio de 2021, de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Principado de Asturias y la Universidad de Oviedo, para la creación y regulación del Instituto Mixto de Investigación en Biodiversidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Viernes 9 de julio de 2021

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común de medios, en los términos previstos en el presente Convenio y sin perjuicio de la
autonomía de cada parte y de las facultades de sus respectivos órganos de gobierno y
administración, en especial en lo que se refiere a materias de personal, presupuestos y
patrimonio. Las partes mantendrán la titularidad de los medios aportados al instituto y los
gestionarán conforme a la normativa que les resulte de aplicación en conjunción con lo
dispuesto en este Convenio.
Cuarta.

Funciones.

Para el cumplimiento de sus objetivos generales, y dada la especialidad de las
disciplinas científicas en que desarrollará su actividad, el Instituto tendrá, entre otras, las
siguientes funciones:
a) Generar conocimiento sobre biodiversidad y cambio global mediante la sinergia
de investigadores expertos y personal técnico cualificado en las distintas áreas de
conocimiento, pertenecientes a las partes firmantes.
b) Desarrollar nuevos procesos, productos y estrategias de innovación en materia
de biodiversidad y cambio global.
c) Potenciar la competitividad de la sociedad y del sector productivo mediante la
transferencia de la tecnología y de los resultados de la investigación.
d) Proporcionar asesoramiento técnico y científico a entidades públicas y privadas
en su ámbito de especialización.
e) Realizar actividades docentes referidas a estudios de posgrado y otras
enseñanzas especializadas en el ámbito de la biodiversidad, cambio global y biología de
organismos y sistemas, así como apoyar para dichas disciplinas la formación,
especialización, perfeccionamiento, colaboración docente y realización de prácticas,
especialmente en el ámbito universitario en sus distintas etapas (grado y postgrado).
f) Captar los recursos económicos necesarios para el cumplimiento de los objetivos
del Instituto.
g) Desarrollar colaboraciones interinstitucionales en la investigación en
biodiversidad y cambio global y potenciar las relaciones con otros centros nacionales e
internacionales para la integración en el Espacio Europeo de Investigación.
h) Difundir los resultados de las investigaciones a través de publicaciones
científicas.
i) Promover y apoyar la organización de reuniones científicas, congresos,
seminarios y otras actividades similares.
j) Realizar encuentros con la ciudadanía, medios de comunicación e instituciones
educativas a fin transmitir y concienciar a la sociedad de la importancia de la labor
científica y del avance en sus resultados.
k) Garantizar que la investigación que se lleve a cabo en el Instituto se desarrolle
bajo criterios de calidad y respeto a los principios éticos.
l) Cualesquiera otras actividades que contribuyan al cumplimiento de los objetivos
del Instituto y de sus instituciones cotitulares.
CAPÍTULO II

Quinta.

Sede e instalaciones.

1. La sede administrativa del IMIB se encuentra en el Principado de Asturias,
municipio de Mieres, Campus de la Universidad de Oviedo.
2. La aportación de las partes para la constitución de la sede e instalaciones del
Instituto es la siguiente, sin perjuicio de la concreción de espacios en cada uno de ellos
que se realice en el RRI:

cve: BOE-A-2021-11465
Verificable en https://www.boe.es

Medios materiales y personales