III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-11445)
Resolución de 1 de junio de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Coviran, SCA.
38 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Artículo 38.
Sec. III. Pág. 82220
Jubilación.
En materia de jubilación parcial o anticipada, la empresa actuará de conformidad con
la legislación vigente.
Artículo 39. Gestión medioambiental.
La protección del medio ambiente es uno de los principios básicos de gestión de
Coviran SCA, es por ello que las partes firmantes del presente Convenio se
comprometen a aplicar una política de protección del medio ambiente, que tiende a
superar las expectativas de los clientes, las exigencias legales y confirma que no
impactará conscientemente sobre el medio ambiente. Como base del sistema de gestión
medioambiental se establecen en el presente artículo los siguientes conceptos y
objetivos:
– Reducción del consumo energético.
– Reducción del consumo de agua.
– Reducción del consumo de papel y otros bienes consumibles.
– Recogida selectiva y fomento del reciclaje de los residuos generados.
Introducir todas aquellas medidas económica y tecnológicamente viables que
comporten un mayor respeto hacia el entorno, estableciendo planes para la prevención y
reducción de todos los tipos de contaminación y los impactos medioambientales de los
distintos procesos de negocio, presentes o en desarrollo (en condiciones normales o en
caso de incidentes) dentro de un sistema de mejora continua.
Sustitución de aquellos materiales y productos que en su producción y utilización
provocan un deterioro medioambiental.
Fomentar la responsabilidad a todos los niveles de la organización respecto a temas
ambientales a través de programas de formación e información para el personal,
colaboradores (clientes, proveedores y subcontratistas) y organismos.
Mejorar el comportamiento ambiental de las instalaciones y actividades de la
cooperativa.
CAPÍTULO IX
Formación
Artículo 40.
Formación.
Una vez elaborado el Plan de Formación, las partes firmantes constituirán una
comisión paritaria de formación durante el siguiente trimestre a la presentación del plan,
que tendrá como finalidad, garantizar el cumplimiento del derecho de información a la
Representación de los Trabajadores previsto en el artículo 64.5.e) Estatuto de los
Trabajadores.
La empresa garantizará la ausencia de discriminación, tanto directa como indirecta
entre personas trabajadoras de uno y otro sexo.
En materia de formación, las personas trabajadoras disfrutarán de los siguientes
derechos:
a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a
una preferencia a elegir turno de trabajo y a acceder al trabajo a distancia, si tal es el
régimen instaurado en la empresa, y el puesto o funciones son compatibles con esta
forma de realización del trabajo, cuando curse con regularidad estudios para la obtención
de un título académico o profesional.
cve: BOE-A-2021-11445
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 41. Derechos vinculados a la formación.
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Artículo 38.
Sec. III. Pág. 82220
Jubilación.
En materia de jubilación parcial o anticipada, la empresa actuará de conformidad con
la legislación vigente.
Artículo 39. Gestión medioambiental.
La protección del medio ambiente es uno de los principios básicos de gestión de
Coviran SCA, es por ello que las partes firmantes del presente Convenio se
comprometen a aplicar una política de protección del medio ambiente, que tiende a
superar las expectativas de los clientes, las exigencias legales y confirma que no
impactará conscientemente sobre el medio ambiente. Como base del sistema de gestión
medioambiental se establecen en el presente artículo los siguientes conceptos y
objetivos:
– Reducción del consumo energético.
– Reducción del consumo de agua.
– Reducción del consumo de papel y otros bienes consumibles.
– Recogida selectiva y fomento del reciclaje de los residuos generados.
Introducir todas aquellas medidas económica y tecnológicamente viables que
comporten un mayor respeto hacia el entorno, estableciendo planes para la prevención y
reducción de todos los tipos de contaminación y los impactos medioambientales de los
distintos procesos de negocio, presentes o en desarrollo (en condiciones normales o en
caso de incidentes) dentro de un sistema de mejora continua.
Sustitución de aquellos materiales y productos que en su producción y utilización
provocan un deterioro medioambiental.
Fomentar la responsabilidad a todos los niveles de la organización respecto a temas
ambientales a través de programas de formación e información para el personal,
colaboradores (clientes, proveedores y subcontratistas) y organismos.
Mejorar el comportamiento ambiental de las instalaciones y actividades de la
cooperativa.
CAPÍTULO IX
Formación
Artículo 40.
Formación.
Una vez elaborado el Plan de Formación, las partes firmantes constituirán una
comisión paritaria de formación durante el siguiente trimestre a la presentación del plan,
que tendrá como finalidad, garantizar el cumplimiento del derecho de información a la
Representación de los Trabajadores previsto en el artículo 64.5.e) Estatuto de los
Trabajadores.
La empresa garantizará la ausencia de discriminación, tanto directa como indirecta
entre personas trabajadoras de uno y otro sexo.
En materia de formación, las personas trabajadoras disfrutarán de los siguientes
derechos:
a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a
una preferencia a elegir turno de trabajo y a acceder al trabajo a distancia, si tal es el
régimen instaurado en la empresa, y el puesto o funciones son compatibles con esta
forma de realización del trabajo, cuando curse con regularidad estudios para la obtención
de un título académico o profesional.
cve: BOE-A-2021-11445
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 41. Derechos vinculados a la formación.