III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instrucciones técnicas complementarias. (BOE-A-2021-11458)
Orden TED/723/2021, de 1 de julio, por la que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria 02.0.02 "Protección de los trabajadores contra el riesgo por inhalación de polvo y sílice cristalina respirables", del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Viernes 9 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 82401

La instrucción técnica complementaria 04.8.01 «Condiciones ambientales, lucha
contra el polvo» en labores subterráneas contenida en la Orden de 13 septiembre
de 1985, por la que se aprueban determinadas instrucciones técnicas complementarias
de los capítulos III y IV del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad
Minera.
La Orden ITC/2585/2007, de 30 de agosto, por la que se aprueba la Instrucción
técnica complementaria 02.0.02 «Protección de los trabajadores contra el polvo, en
relación con la silicosis, en las industrias extractivas», del Reglamento General de
Normas Básicas de Seguridad Minera.
La Orden ITC/933/2011, de 5 de abril, por la que se aprueba la Instrucción Técnica
Complementaria 02.0.03 «protección de los trabajadores contra el polvo, en las
actividades de la minería de las sales solubles sódicas y potásicas» del Reglamento
General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
Disposición final primera.

Guía Técnica.

El Instituto Nacional de Silicosis elaborará y mantendrá actualizada una guía para la
prevención del riesgo por exposición al polvo y a la sílice cristalina respirable en el
ámbito laboral, con especial atención a su aplicabilidad práctica y a:
La evaluación de riesgos.
La concreción de las medidas preventivas y buenas prácticas en la industria
extractiva.
Las condiciones de revisión de los aparatos, toma de muestras y procedimiento de
muestreo, así como la formación recomendada del personal competente que realiza las
mediciones.
La vigilancia de la salud.
Esta guía podrá adoptarse como referencia en el proceso de evaluación de riesgos
laborales, conforme prevé el artículo 5.3.b) del Real Decreto 39/1997, 17 de enero, por el
que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 1 de julio de 2021.–La Vicepresidenta Cuarta del Gobierno y Ministra para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.
ANEXO
Instrucción Técnica Complementaria 02.0.02
Protección de los trabajadores contra el riesgo por inhalación de polvo y sílice cristalina
respirables

1.
2.

Disposiciones generales.

Objeto y ámbito de aplicación.
Definiciones.

Capítulo II.

Obligaciones del empresario.

3. Identificación y evaluación de riesgos.
4. Prevención y reducción de la exposición.
5. Medidas de higiene personal y de protección individual.
6. Exposiciones accidentales y exposiciones no regulares.
7. Vigilancia de la salud.

cve: BOE-A-2021-11458
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Capítulo I.