I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Programas educativos. (BOE-A-2021-11378)
Orden EFP/721/2021, de 2 de julio, por la que se modifica la Orden ECD/1767/2012, de 3 de agosto, por la que se regula la expedición del título de Bachiller correspondiente a las enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el alumnado inscrito en los programas de secciones internacionales españolas y "Bachibac" en liceos franceses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. I. Pág. 81755
desaparición de las séries, de manera que el alumnado conformará su propio itinerario
formativo eligiendo entre doce materias de especialidad (enseignements de spécialité).
En consecuencia, a partir del curso 2020-2021, se emitirá un único Diplôme du
Baccalauréat général en el que en lugar de constar la série cursada, debe hacerse
mención de las dos materias de especialidad superadas en el último curso de la etapa.
Es preciso, por tanto, modificar la Orden ECD/1767/2012, de 3 de agosto, por la que
se regula la expedición del Título de Bachiller correspondiente a las enseñanzas
reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el alumnado
inscrito en los programas de secciones internacionales españolas y «Bachibac» en
Liceos Franceses, para establecer una nueva correspondencia entre las modalidades del
bachillerato y las materias de especialidad establecidas en la nueva ordenación
francesa. Asimismo, se modifican los anexos II A y II B para actualizar, respectivamente,
los listados de los centros franceses que cuentan con secciones internacionales
españolas o que ofrecen el programa de doble titulación Bachillerato-Baccalauréat,
asignando a cada uno de ellos el correspondiente código de centro que habrá de
consignarse al elevar la propuesta de expedición de los títulos de Bachiller.
En la elaboración de esta orden ha sido consultado el Consejo Escolar del Estado.
Por todo lo anterior, en su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden ECD/1767/2012, de 3 de agosto, por la que
se regula la expedición del Título de Bachiller correspondiente a las enseñanzas
reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el
alumnado inscrito en los programas de secciones internacionales españolas y
«Bachibac» en Liceos Franceses.
Se modifica la Orden ECD/1767/2012, de 3 de agosto, por la que se regula la
expedición del Título de Bachiller correspondiente a las enseñanzas reguladas por la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el alumnado inscrito en los
programas de secciones internacionales españolas y «Bachibac» en Liceos Franceses,
en los siguientes términos:
Uno.
Se modifica el artículo 4, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 4. Determinación de la calificación final de Bachillerato correspondiente
al sistema educativo español.
Para la determinación de la calificación final de Bachillerato correspondiente al
sistema educativo español, que se incluirá en la propuesta de expedición del título
de Bachiller para el alumnado, se procederá a dividir entre dos la nota media
obtenida en el Diplôme du Baccalauréat.»
Se modifica el anexo I, que queda redactado en los siguientes términos:
cve: BOE-A-2021-11378
Verificable en https://www.boe.es
Dos.
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. I. Pág. 81755
desaparición de las séries, de manera que el alumnado conformará su propio itinerario
formativo eligiendo entre doce materias de especialidad (enseignements de spécialité).
En consecuencia, a partir del curso 2020-2021, se emitirá un único Diplôme du
Baccalauréat général en el que en lugar de constar la série cursada, debe hacerse
mención de las dos materias de especialidad superadas en el último curso de la etapa.
Es preciso, por tanto, modificar la Orden ECD/1767/2012, de 3 de agosto, por la que
se regula la expedición del Título de Bachiller correspondiente a las enseñanzas
reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el alumnado
inscrito en los programas de secciones internacionales españolas y «Bachibac» en
Liceos Franceses, para establecer una nueva correspondencia entre las modalidades del
bachillerato y las materias de especialidad establecidas en la nueva ordenación
francesa. Asimismo, se modifican los anexos II A y II B para actualizar, respectivamente,
los listados de los centros franceses que cuentan con secciones internacionales
españolas o que ofrecen el programa de doble titulación Bachillerato-Baccalauréat,
asignando a cada uno de ellos el correspondiente código de centro que habrá de
consignarse al elevar la propuesta de expedición de los títulos de Bachiller.
En la elaboración de esta orden ha sido consultado el Consejo Escolar del Estado.
Por todo lo anterior, en su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden ECD/1767/2012, de 3 de agosto, por la que
se regula la expedición del Título de Bachiller correspondiente a las enseñanzas
reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el
alumnado inscrito en los programas de secciones internacionales españolas y
«Bachibac» en Liceos Franceses.
Se modifica la Orden ECD/1767/2012, de 3 de agosto, por la que se regula la
expedición del Título de Bachiller correspondiente a las enseñanzas reguladas por la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el alumnado inscrito en los
programas de secciones internacionales españolas y «Bachibac» en Liceos Franceses,
en los siguientes términos:
Uno.
Se modifica el artículo 4, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 4. Determinación de la calificación final de Bachillerato correspondiente
al sistema educativo español.
Para la determinación de la calificación final de Bachillerato correspondiente al
sistema educativo español, que se incluirá en la propuesta de expedición del título
de Bachiller para el alumnado, se procederá a dividir entre dos la nota media
obtenida en el Diplôme du Baccalauréat.»
Se modifica el anexo I, que queda redactado en los siguientes términos:
cve: BOE-A-2021-11378
Verificable en https://www.boe.es
Dos.