III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2021-11358)
Resolución de 1 de junio de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Xunta de Galicia y el Ayuntamiento de A Coruña, para el desarrollo de un área de intermodalidad de transporte de viajeros en A Coruña-San Cristóbal y su entorno urbano.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Jueves 8 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 81624

Décima. Convenios de desarrollo y Convenio sobre la actual estación de autobuses.
Los acuerdos incluidos en el presente Convenio requerirán, para su ejecución, los
correspondientes Convenios de desarrollo y el citado Convenio para la obtención de los
terrenos, que se suscribirán, previa la tramitación necesaria en su caso, entre las
entidades intervinientes, en el plazo máximo de un año susceptible de prórroga por
idéntico plazo.
En todo caso, para la tramitación y formalización de las aportaciones económicas de
las Administraciones y entidad púbica firmantes, una vez conocidos con exactitud los
costes de la actuación, se procederá a suscribir un Convenio de acuerdo con la
legislación vigente en la materia que comprenderá las obligaciones que financieramente
deban asumir las respectivas Administraciones y entidad púbica intervinientes y sus
contraprestaciones.
Para llevar a cabo la actuación descrita en la letra e) de la cláusula tercera de este
Convenio, se suscribirá entre la Xunta de Galicia y el Ayuntamiento de A Coruña un
Convenio para la transformación urbanística de los terrenos ocupados por la actual
estación de autobuses, prevista en el vigente Plan General.
Undécima.

Comisión de Seguimiento.

A los efectos de asumir las facultades necesarias y de velar por el cumplimiento de
las obligaciones contraídas por cada una de las partes intervinientes se creara una
Comisión de Seguimiento compuesta por un representante del Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, un representante de la Consellería de Infraestructuras y
Movilidad de la Xunta de Galicia, un representante de la Consellería de Medio Ambiente,
Territorio y Vivienda, un representante del Ayuntamiento de A Coruña y un representante
de ADIF.
Dicha Comisión asumirá, sin perjuicio de las competencias que correspondan a cada
Organismo y, en particular, a los respectivos órganos de contratación, las siguientes
funciones:

Los miembros de la Comisión de Seguimiento, o personas en quien deleguen, se
reunirán a petición de cualquiera de las partes, y como mínimo con una periodicidad
semestral, adoptándose los acuerdos que procedan por unanimidad de los miembros.
A las reuniones de dicha Comisión se podrán incorporar, por acuerdo de las partes,
aquellos técnicos cuya presencia se considere conveniente para el cumplimiento de las
funciones que tiene encomendadas.
La Comisión de Seguimiento podrá delegar en una Subcomisión Técnica, formada
por técnicos de las instituciones firmantes de este Convenio, y designada al efecto, el
estudio de los aspectos técnicos pertinentes de los proyectos y obras, reservándose en
todo caso la decisión final sobre los mismos.
La representación del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
presidirá la Comisión de Seguimiento.

cve: BOE-A-2021-11358
Verificable en https://www.boe.es

a) Llevar a cabo el seguimiento de los estudios y actuaciones derivadas del
presente Convenio y, en particular, de los Proyectos, Estudios y Anteproyectos
mencionados en las estipulaciones anteriores.
b) Informar del contenido tanto de los proyectos constructivos, y sus
correspondientes presupuestos.
c) Promover la coordinación necesaria para la realización de los estudios y
proyectos, así como la ejecución de las obras y el desarrollo de cuantas acciones se
estimen necesarias y oportunas para la consecución de los objetivos del Convenio.
d) Resolver los problemas que se susciten en la interpretación del Convenio.