III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-11366)
Resolución de 1 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y el Instituto Nacional de Estadística, para la implementación de acciones de cooperación técnica con el Instituto Nacional de Estadística de Guinea Ecuatorial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Jueves 8 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 81680
Sexto.
Que conforme a lo expuesto, las partes, proceden a formalizar el presente Convenio
de acuerdo con las cláusulas siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto establecer las bases de las relaciones de
colaboración entre las partes respecto de su participación en la implementación del
proyecto para el Fortalecimiento de los conocimientos y las capacidades del personal
técnico del INEGE mediante la organización e impartición del curso online Diseño
muestral de las encuestas de población y económicas.
Segunda. Compromisos de la AECID.
Colaborar con el INEGE en la selección de los participantes según los criterios
acordados con el INE.
Asistir al INE en la coordinación con el INEGE y con el resto de las instituciones que
colaboran en la actividad.
Hacer frente a la financiación prevista para el desarrollo de la actividad en los
términos previstos en la cláusula quinta del presente Convenio.
Tercera. Compromisos del INE.
El INE dispondrá la organización de un curso online dirigido exclusivamente a
funcionarios del INEGE, en materia de muestreo estadístico, con una participación de 25
alumnos como máximo.
El INE proveerá la plataforma online para la adecuada impartición del curso.
El INE realizará la selección de los expertos que llevarán a cabo la impartición del
curso.
El INE, en relación con los expertos que estén vinculados a esta entidad, se
considera el único empleador. En este sentido, el INE será el único responsable del
cumplimiento de cualquier obligación frente a estos expertos y, entre ellas, las laborales,
las de seguridad social, las fiscales, y cualquier otra derivada de la relación laboral que le
une con aquellos.
El INE permitirá y facilitará a los expertos la realización de las funciones
encaminadas a desarrollar las acciones comprometidas en este Convenio.
Cuarta. Obligaciones de las partes.
Ambas partes velarán por el cumplimiento de lo estipulado en el presente Convenio y
se comprometen a realizar las actividades previstas.
Financiación.
La AECID se compromete a abonar al INE una la cantidad total máxima de cuatro mil
euros (4.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 12.302.143A.496.04 del
ejercicio 2021.
Se prevé un primer pago anticipado de 400 € por las operaciones preparatorias
necesarias para realizar las actuaciones financiadas dentro de los treinta días siguientes
en que el Convenio resulte eficaz.
Para proceder al desembolso correspondiente al resto de la aportación de la AECID,
hasta un máximo de tres mil seiscientos euros (3.600 €), el INE deberá entregar por
cve: BOE-A-2021-11366
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 162
Jueves 8 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 81680
Sexto.
Que conforme a lo expuesto, las partes, proceden a formalizar el presente Convenio
de acuerdo con las cláusulas siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto establecer las bases de las relaciones de
colaboración entre las partes respecto de su participación en la implementación del
proyecto para el Fortalecimiento de los conocimientos y las capacidades del personal
técnico del INEGE mediante la organización e impartición del curso online Diseño
muestral de las encuestas de población y económicas.
Segunda. Compromisos de la AECID.
Colaborar con el INEGE en la selección de los participantes según los criterios
acordados con el INE.
Asistir al INE en la coordinación con el INEGE y con el resto de las instituciones que
colaboran en la actividad.
Hacer frente a la financiación prevista para el desarrollo de la actividad en los
términos previstos en la cláusula quinta del presente Convenio.
Tercera. Compromisos del INE.
El INE dispondrá la organización de un curso online dirigido exclusivamente a
funcionarios del INEGE, en materia de muestreo estadístico, con una participación de 25
alumnos como máximo.
El INE proveerá la plataforma online para la adecuada impartición del curso.
El INE realizará la selección de los expertos que llevarán a cabo la impartición del
curso.
El INE, en relación con los expertos que estén vinculados a esta entidad, se
considera el único empleador. En este sentido, el INE será el único responsable del
cumplimiento de cualquier obligación frente a estos expertos y, entre ellas, las laborales,
las de seguridad social, las fiscales, y cualquier otra derivada de la relación laboral que le
une con aquellos.
El INE permitirá y facilitará a los expertos la realización de las funciones
encaminadas a desarrollar las acciones comprometidas en este Convenio.
Cuarta. Obligaciones de las partes.
Ambas partes velarán por el cumplimiento de lo estipulado en el presente Convenio y
se comprometen a realizar las actividades previstas.
Financiación.
La AECID se compromete a abonar al INE una la cantidad total máxima de cuatro mil
euros (4.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 12.302.143A.496.04 del
ejercicio 2021.
Se prevé un primer pago anticipado de 400 € por las operaciones preparatorias
necesarias para realizar las actuaciones financiadas dentro de los treinta días siguientes
en que el Convenio resulte eficaz.
Para proceder al desembolso correspondiente al resto de la aportación de la AECID,
hasta un máximo de tres mil seiscientos euros (3.600 €), el INE deberá entregar por
cve: BOE-A-2021-11366
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.