III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-11288)
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, para la puesta en marcha de instrumento financiero en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161

Miércoles 7 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 80744

medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Componente C3.I11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en
adelante PRTR).
Sexto.
Que la línea de acceso a la financiación establecida en el presente Convenio se
ajustará a lo previsto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, y a su vez de acuerdo al Reglamento (UE) 717/2014 de la
Comisión, de 27 de junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de
la pesca y de la acuicultura o en el Reglamento de minimis en vigor (en adelante
Reglamento de minimis).
Las operaciones reafianzadas por el préstamo conllevarán la asignación al
beneficiario de una subvención bruta equivalente de acuerdo con la normativa de
minimis en vigor.
En virtud de lo expuesto, ambas partes, acuerdan suscribir el presente Convenio,
que se regirá de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
1. El presente Convenio tiene por objeto articular las condiciones del préstamo a 20
años del MAPA a SAECA por importe de 10 millones de euros («El Préstamo»), previsto
en la disposición adicional quincuagésimo octava de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, destinado a favorecer la
financiación de los créditos a personas físicas y jurídicas del sector pesquero, extractivo,
acuícola y transformador mediante el reafianzamiento de avales, con el objeto de
mejorar su acceso al crédito.
2. El reafianzamiento se dirigirá a facilitar las condiciones de acceso a la
financiación para inversiones y circulante en las empresas de pesca, marisqueo,
acuicultura, y transformación y comercialización del sector pesquero y acuícola, con
objeto de impulsar la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización de dicho
sector.
3. El presente Convenio determinará también las condiciones que deban regir en
las operaciones de SAECA con los terceros, así como el límite de riesgo que podrá
asumir esta línea de financiación para cada préstamo.
El préstamo.

1. Para la aplicación de la línea de financiación prevista en la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, SAECA recibirá en el ejercicio 2021 desde el MAPA, a través de la Dirección
General de Ordenación Pesquera y Acuicultura (DGOPA), un préstamo a veinte años sin
intereses de hasta 10 millones de euros, 5 millones de euros con cargo a la
aplicación 21.11.415B.821.01 (préstamo a largo plazo a SAECA) y 5 millones de euros
con cargo a la 21.50.410F.829.00 (Mecanismo de Recuperación y Resiliencia).
2. La aportación del préstamo tendrá como único objetivo el apoyo financiero al
sector pesquero y acuícola a través de un reafianzamiento parcial de principal e
intereses corrientes de los avales otorgados por SAECA a los beneficiarios en las
operaciones de crédito con las entidades prestatarias.
3. El importe del Préstamo se ingresará en la cuenta que designe SAECA a tal
efecto.

cve: BOE-A-2021-11288
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.