T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2021-11304)
Pleno. Sentencia 122/2021, de 2 de junio de 2021. Recurso de amparo 1474-2020. Promovido por don Jordi Cuixart i Navarro respecto de la sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que le condenó por un delito de sedición. Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva, al juez imparcial y ordinario predeterminado por la ley, de reunión y a la legalidad penal: sentencia dictada en causa especial en cuya tramitación se observaron las garantías procesales y en la que se impuso una pena que no puede considerarse desproporcionada o que desaliente el ejercicio de otros derechos fundamentales. Voto particular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 7 de julio de 2021

Sec. TC. Pág. 81104

nacionalistas. Ello ha permitido su activa participación en el diseño de las distintas hojas
de ruta que han venido dibujando el supuesto camino hacia la independencia.
El día 20 de septiembre de 2017, los acusados D. Jordi Sànchez Picanyol y D. Jordi
Cuixart Navarro convocaron a la población a que compareciera ante la sede de la
Consejería de Vicepresidencia, Economía y Hacienda de la Generalitat de Cataluña, sita
en los números 19-21 de la Rambla de Cataluña, en Barcelona. Esa convocatoria se
verificó a través de sus propias cuentas de Twitter y de las organizaciones que lideraban.
El motivo fue que los agentes del Grupo de Policía Judicial de la Guardia Civil de
Barcelona, por orden del Juzgado de Instrucción núm. 13 de esa ciudad, habían
practicado una serie de detenciones y habían iniciado la ejecución de la decisión judicial
de registrar las instalaciones de la consejería, con la finalidad de encontrar elementos y
datos que permitieran depurar las responsabilidades derivadas de la convocatoria del
referéndum previsto para el 1 de octubre e impedir su celebración.
Las entidades ANC y Òmnium Cultural, a través de la página web
"www.cridademocracia.cat" –concretamente en la subpágina "www.cridademocracia.cat/
whatsappi"– ofrecieron la opción de unirse a grupos de WhatsApp desde donde se invitó
a la movilización y a estar conectados permanentemente para recibir alertas y poder
estar organizados en caso de necesidad. De hecho, ese día 20 de septiembre, Òmnium
Cultural, mediante mensajes de WhatsApp, a las 8:55 horas llamó a concentrarse,
además de en la sede de Vicepresidencia, Economía y Hacienda, en las Consejerías de
Exteriores, Bienestar y Familia, y Gobernación.
Las convocatorias no solo publicitaron que se estaba produciendo una actuación de
la Guardia Civil tendente a impedir el referéndum, sino que divulgaban el lugar donde se
efectuaba el registro judicial, emplazaban a la ciudadanía a defender las instituciones
catalanas, exigían que la Guardia Civil pusiera en libertad a las personas que habían
sido detenidas, y pedían a los catalanes que se movilizaran. Se les animaba diciendo
que no podrían con todos ellos, que las fuerzas del orden se habían equivocado y que
habían declarado la guerra a los que querían votar.
Los agentes de la Guardia Civil integrantes de la comisión judicial llegaron a la
Consejería sobre las 08:00 horas del día 20 de septiembre de 2017, aparcando en la
puerta sus vehículos. En los minutos siguientes la afluencia de personas se fue
incrementando, hasta el punto de que a las 10:30 horas de esa mañana los
manifestantes habían rodeado por completo el edificio impidiendo a la comisión judicial la
normal realización de sus funciones.
Bajo la sola protección del reducido número de Mossos d'Esquadra que diariamente
se encarga de la vigilancia ordinaria en el acceso del edificio, quienes no recibieron
refuerzo alguno durante el día, salvo la llegada de unos agentes de mediación, los
acontecimientos se desarrollaron con la presencia de una cifra próxima a los 40000
manifestantes, que se agolpaban en un ambiente en el que coexistían los gritos
reivindicativos, contrarios a la presencia de la comisión judicial, y los actos lúdicos,
algunos espontáneos, otros, promovidos por los organizadores.
No se estableció el perímetro de seguridad que la comisión judicial reclamó, de
manera que para discurrir entre los miles de manifestantes allí congregados no había
otro acceso que un estrecho pasillo humano que únicamente permitía el paso en fila
individual, y que no era un cordón controlado policialmente sino formado por los propios
voluntarios de la entidad convocante –ANC–, que llevaban chalecos identificativos de
pertenecer a esa organización. Ese pasillo no posibilitaba que la comisión judicial
trasladara a través del mismo los efectos intervenidos, ni siquiera el mero paso de los
agentes, como resultó con los Mossos de mediación que, confundida su adscripción por
la concurrencia, sufrieron lanzamiento de objetos y tuvieron que guarecerse de manera
precipitada en el inmueble contiguo.
Las entidades sociales que animaban la convocatoria montaron una tarima y
repartieron agua y bocadillos entre los asistentes.
La movilización impidió que la Guardia Civil pudiera introducir en el edificio a los
detenidos, quienes debían estar presentes en el registro, conforme disponen las leyes

cve: BOE-A-2021-11304
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