I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2021-11235)
Aplicación Provisional del Protocolo al Convenio relativo a la Construcción y Explotación de una Instalación Europea de Láser de Electrones Libres de Rayos X relativo a la Adhesión del Gobierno del Reino de España, hecho en Berlín el 6 de octubre de 2011.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161

Miércoles 7 de julio de 2021

Sec. I. Pág. 80407

las condiciones negociadas. Las condiciones de adhesión serán objeto de un acuerdo
entre las Partes Contratantes y el Gobierno o grupo de Gobiernos que se adhieran.
(2) Los Gobiernos que se adhieran al Convenio dentro de los seis meses siguientes
a la fecha de la firma inicial del mismo se incorporarán en las mismas condiciones que
las Partes Contratantes.
Artículo 15.

Plazo de vigencia.

(1) El presente Convenio se concluye por un periodo inicial que finalizará el 31 de
diciembre de 2026. Después de esa fecha, continuará vigente por periodos sucesivos de
cinco años cada uno, previa confirmación de la orientación científica y técnica de la
Instalación XFEL Europeo para cada nuevo periodo de cinco años sobre la base de un
informe de revisión aprobado por la Junta de la Sociedad.
(2) Cualquier Parte Contratante podrá retirarse del presente Convenio con un
preaviso de tres años, que será notificado al Gobierno de la República Federal de
Alemania. La retirada solo surtirá efecto el 31 de diciembre de 2026 o al término de cada
periodo sucesivo de cinco años.
(3) El presente Convenio permanecerá vigente para las restantes Partes
Contratantes. Las condiciones y efectos de la retirada del Convenio de una Parte
Contratante, concretamente su participación en los costes de desmantelamiento de las
instalaciones y edificios de la Sociedad y la compensación de pérdidas, se resolverán
mediante acuerdo entre las Partes Contratantes antes de que surta efecto la retirada de
la Parte Contratante.
Artículo 16. Desmantelamiento.
La Parte Contratante alemana asumirá los costes de desmantelamiento de la
Instalación XFEL Europeo que superen la cantidad equivalente al doble de la media del
presupuesto anual de explotación de los últimos cinco años de funcionamiento.
Artículo 17. Enmiendas al Anexo y a los Documentos Técnicos.
(1) Las Partes Contratantes acuerdan que el Anexo al presente Convenio así como
los Documentos Técnicos podrán enmendarse por decisión de la Junta de la Sociedad,
sin que sea necesario revisar el Convenio, siempre que tales enmiendas no entren en
conflicto con lo dispuesto en el mismo. Las enmiendas al Anexo requerirán la aprobación
unánime de la Junta de la Sociedad.
(2) El presente Convenio incluye el Anexo siguiente como parte integrante del
mismo:
Estatutos de la «European X-Ray Free-Electron Laser Facility GmbH» (European
XFEL GmbH).

1. Resumen del Informe de Diseño Técnico del XFEL (Parte A) y Escenario para la
rápida realización de la Instalación XFEL Europeo (Parte B) (Executive Summary of the
XFEL Technical Design Report (Part A) and Scenario for the Rapid Start-up of the
European XFEL Facility (Part B)),
2. Estimación de gastos anuales (Estimated annual incidence of expenditure),
3. Mapa del emplazamiento (Site plan),
4. Normas y procedimientos básicos sobre contribuciones en especie (Basic rules
and procedures for in-kind contributions),
5. Costes de la fase preparatoria (Preparatory costs).
En fe de lo cual, los representantes infrascritos, debidamente autorizados a este
efecto por sus Gobiernos respectivos, han firmado el presente Convenio.

cve: BOE-A-2021-11235
Verificable en https://www.boe.es

Además, el Convenio se refiere a los Documentos Técnicos siguientes: