I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2021-11235)
Aplicación Provisional del Protocolo al Convenio relativo a la Construcción y Explotación de una Instalación Europea de Láser de Electrones Libres de Rayos X relativo a la Adhesión del Gobierno del Reino de España, hecho en Berlín el 6 de octubre de 2011.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161
Miércoles 7 de julio de 2021
Sec. I. Pág. 80402
Denominados en lo sucesivo «las Partes Contratantes»,
Deseosos de seguir consolidando la posición que ocupan Europa y los países de las
Partes Contratantes en la investigación mundial, así como de intensificar la cooperación
científica interdisciplinaria y transfronteriza;
Habiendo decidido impulsar la construcción y explotación de una Instalación Europea
de Láser de Electrones Libres de Rayos X que albergue un acelerador lineal
superconductor, líneas de haces de radiación e instalaciones experimentales para su uso
por parte de la comunidad científica, según los criterios de excelencia científica;
Reconociendo que este nuevo tipo de instalación, con una calidad de radiación de
rayos X sin precedentes por su coherencia, brillo espectral y resolución temporal, tendrá
en el futuro una gran relevancia en numerosos y diversos ámbitos de las ciencias
básicas y aplicadas, así como en aplicaciones industriales;
Basándose en la exitosa colaboración internacional TESLA (TESLA Collaboration),
en el Foro Estratégico Europeo sobre Infraestructuras de Investigación (European
Strategy Forum on Research Infrastructures) y en el Memorando de Entendimiento para
la fase preparatoria de la Instalación Europea de Láser de Electrones Libres de Rayos X
(Memorandum of Understanding on the Preparatory Phase of the European X-Ray FreeElectron Laser Facility), adoptado en Berlín el 23 de septiembre de 2004;
Esperando que otros países participen en las actividades que se abordarán
conjuntamente en el marco del presente Convenio;
Han convenido en lo siguiente:
Artículo 1.
Creación de la Instalación XFEL Europeo.
(1) La construcción y explotación de la Instalación Europea de Láser de Electrones
Libres de Rayos X, descrita más pormenorizadamente en el Informe de Diseño Técnico
del XFEL (XFEL Technical Design Report), cuyo Resumen se adjunta como Parte A del
Documento Técnico 1, se encomendarán a una Sociedad de Responsabilidad Limitada,
en lo sucesivo «la Sociedad», la cual estará sujeta al Derecho alemán, a menos que se
disponga otra cosa en el presente Convenio. Los Estatutos de la Sociedad se adjuntan
como anexo(1). La Sociedad únicamente realizará actividades con fines pacíficos.
(1)
En el Anexo están contenidos los Estatutos, que no incluyen los nombres de los Socios.
(2) Los Socios de la Sociedad serán organismos adecuados, designados al efecto
por cada Parte Contratante. Cada Parte Contratante designará a dichos Socios mediante
notificación escrita debidamente cursada a y recibida por las restantes Partes
Contratantes.
(3) La Sociedad y DESY (Hamburgo) colaborarán en la construcción; puesta en
funcionamiento y explotación del XFEL sobre la base de un acuerdo a largo plazo.
Artículo 2. Denominación.
La Sociedad se denominará «European X-Ray Free-Electron Laser Facility GmbH»
(Euro-pean XFEL GmbH).
Órganos.
(1) Los órganos de la Sociedad serán la Junta General, en lo sucesivo «la Junta», y
el Consejo de Administración.
(2) Los Delegados en la Junta serán nombrados y cesados de acuerdo con un
procedimiento establecido por las Partes Contratantes interesadas.
cve: BOE-A-2021-11235
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 3.
Núm. 161
Miércoles 7 de julio de 2021
Sec. I. Pág. 80402
Denominados en lo sucesivo «las Partes Contratantes»,
Deseosos de seguir consolidando la posición que ocupan Europa y los países de las
Partes Contratantes en la investigación mundial, así como de intensificar la cooperación
científica interdisciplinaria y transfronteriza;
Habiendo decidido impulsar la construcción y explotación de una Instalación Europea
de Láser de Electrones Libres de Rayos X que albergue un acelerador lineal
superconductor, líneas de haces de radiación e instalaciones experimentales para su uso
por parte de la comunidad científica, según los criterios de excelencia científica;
Reconociendo que este nuevo tipo de instalación, con una calidad de radiación de
rayos X sin precedentes por su coherencia, brillo espectral y resolución temporal, tendrá
en el futuro una gran relevancia en numerosos y diversos ámbitos de las ciencias
básicas y aplicadas, así como en aplicaciones industriales;
Basándose en la exitosa colaboración internacional TESLA (TESLA Collaboration),
en el Foro Estratégico Europeo sobre Infraestructuras de Investigación (European
Strategy Forum on Research Infrastructures) y en el Memorando de Entendimiento para
la fase preparatoria de la Instalación Europea de Láser de Electrones Libres de Rayos X
(Memorandum of Understanding on the Preparatory Phase of the European X-Ray FreeElectron Laser Facility), adoptado en Berlín el 23 de septiembre de 2004;
Esperando que otros países participen en las actividades que se abordarán
conjuntamente en el marco del presente Convenio;
Han convenido en lo siguiente:
Artículo 1.
Creación de la Instalación XFEL Europeo.
(1) La construcción y explotación de la Instalación Europea de Láser de Electrones
Libres de Rayos X, descrita más pormenorizadamente en el Informe de Diseño Técnico
del XFEL (XFEL Technical Design Report), cuyo Resumen se adjunta como Parte A del
Documento Técnico 1, se encomendarán a una Sociedad de Responsabilidad Limitada,
en lo sucesivo «la Sociedad», la cual estará sujeta al Derecho alemán, a menos que se
disponga otra cosa en el presente Convenio. Los Estatutos de la Sociedad se adjuntan
como anexo(1). La Sociedad únicamente realizará actividades con fines pacíficos.
(1)
En el Anexo están contenidos los Estatutos, que no incluyen los nombres de los Socios.
(2) Los Socios de la Sociedad serán organismos adecuados, designados al efecto
por cada Parte Contratante. Cada Parte Contratante designará a dichos Socios mediante
notificación escrita debidamente cursada a y recibida por las restantes Partes
Contratantes.
(3) La Sociedad y DESY (Hamburgo) colaborarán en la construcción; puesta en
funcionamiento y explotación del XFEL sobre la base de un acuerdo a largo plazo.
Artículo 2. Denominación.
La Sociedad se denominará «European X-Ray Free-Electron Laser Facility GmbH»
(Euro-pean XFEL GmbH).
Órganos.
(1) Los órganos de la Sociedad serán la Junta General, en lo sucesivo «la Junta», y
el Consejo de Administración.
(2) Los Delegados en la Junta serán nombrados y cesados de acuerdo con un
procedimiento establecido por las Partes Contratantes interesadas.
cve: BOE-A-2021-11235
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 3.