III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Bienes muebles. Arrendamiento financiero. (BOE-A-2021-11059)
Resolución de 22 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se aprueba el modelo de contrato de arrendamiento de bienes muebles, letras de identificación R-VCS-1, y sus anexos, para ser utilizado por la entidad VFS Commercial Services Spain, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Sábado 3 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 79403
MODELO R-VCS1
IMPRESO Nº
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES
Modelo aprobado por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de dd/mm/aa
CONDICIONES PARTICULARES
forma de establecimiento o cargo del importe reclamado se realizará de conformidad con los artículos 572, 573 y 574 de la Ley de Enjuiciamiento
Civil.
10.
DEVOLUCIÓN DE LOS BIENES
Condiciones de devolución. En la Fecha de Finalización del Arrendamiento el Arrendatario deberá devolver los Equipos con sujeción a las
disposiciones de Condición General 12 de las unidas a este Contrato. Si existiesen condiciones de devolución específicas por el tipo o marca del
vehículo se pactarán con el Arrendatario, en su caso, en contrato independiente.
Penalización por retraso en la devolución de los Equipos. Tal y como se indica en la Condición General 12.6 de las unidas a este Contrato,
terminado el Contrato y en los casos de demora en la devolución de los Bienes, el Arrendador tendrá derecho a percibir del Arrendatario, en
concepto de penalización una cantidad equivalente a dos rentas por cada mes o fracción de mes de demora mientras que el Arrendador no pueda
disponer del Bien en las condiciones pactadas, cantidad que no se considerará renta y que en ningún caso supondrá prórroga del Contrato.
11.
COMPENSACION POR EXCESO DE KILOMETRAJE
De acuerdo con la Condición General 13 de las unidas al presente Contrato, se pacta expresamente lo siguiente:
Kilometraje Inicial (solo vehículo
de ocasión)
Kilometraje Máximo
Anual
**
**
Penalización por exceso de kilometraje
**€
12.
Kilometraje de Tolerancia sin Coste Kilometraje Total Pactado
**
**
Penalización en caso de manipulación del tacógrafo o del
cuentakilómetros o no aviso al Arrendador de su mal funcionamiento
** €
SUBARRENDAMIENTO
A los efectos de lo establecido en la Condición General 3.3 de las unidas al presente Contrato, el Arrendatario ha subarrendado el Bien a [*] con
NIF [*], y domicilio en [*], (el “Subarrendatario”) en virtud de un contrato de subarrendamiento formalizado con fecha de hoy en póliza
intervenida notarialmente en las condiciones expresamente autorizadas por el Arrendador, según su Acta de Aprobación (el “Contrato de
Subarrendamiento”).
El Arrendatario será responsable frente al Arrendador de todas las obligaciones que, como arrendatario le corresponden en virtud de lo establecido
en este Contrato de Arrendamiento con independencia del cumplimiento por el Subarrendatario de lo establecido en el Contrato de
Subarrendamiento. A los efectos de lo establecido en el artículo 1.257 del Código Civil, el Arrendador acepta todas y cada una de las provisiones
estipuladas a su favor en el Contrato de Subarrendamiento.
13.
CESIONES
En prueba de conformidad, firman las partes el presente contrato en tantos ejemplares como partes intervienen en el lugar y fecha indicados Ver fecha
Intervención Notarial/ Ver lugar y fecha firma al pie/ Ver firma digital.
En ** a ** de ** de **
El/Los Arrendatario/s
En ** a ** de ** de **
En ** a ** de ** de **
El/Los Fiador/es
El Arrendador
REVERSO NO UTILIZABLE
pág nº. — de —
cve: BOE-A-2021-11059
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con la Condición General 18 de las unidas al presente Contrato, el Arrendatario y el/los Fiador/es autorizan expresamente al
Arrendador para que pueda ceder a favor de tercera persona física o jurídica, los derechos y obligaciones derivados del Contrato, en todo o en parte,
Núm. 158
Sábado 3 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 79403
MODELO R-VCS1
IMPRESO Nº
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES
Modelo aprobado por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de dd/mm/aa
CONDICIONES PARTICULARES
forma de establecimiento o cargo del importe reclamado se realizará de conformidad con los artículos 572, 573 y 574 de la Ley de Enjuiciamiento
Civil.
10.
DEVOLUCIÓN DE LOS BIENES
Condiciones de devolución. En la Fecha de Finalización del Arrendamiento el Arrendatario deberá devolver los Equipos con sujeción a las
disposiciones de Condición General 12 de las unidas a este Contrato. Si existiesen condiciones de devolución específicas por el tipo o marca del
vehículo se pactarán con el Arrendatario, en su caso, en contrato independiente.
Penalización por retraso en la devolución de los Equipos. Tal y como se indica en la Condición General 12.6 de las unidas a este Contrato,
terminado el Contrato y en los casos de demora en la devolución de los Bienes, el Arrendador tendrá derecho a percibir del Arrendatario, en
concepto de penalización una cantidad equivalente a dos rentas por cada mes o fracción de mes de demora mientras que el Arrendador no pueda
disponer del Bien en las condiciones pactadas, cantidad que no se considerará renta y que en ningún caso supondrá prórroga del Contrato.
11.
COMPENSACION POR EXCESO DE KILOMETRAJE
De acuerdo con la Condición General 13 de las unidas al presente Contrato, se pacta expresamente lo siguiente:
Kilometraje Inicial (solo vehículo
de ocasión)
Kilometraje Máximo
Anual
**
**
Penalización por exceso de kilometraje
**€
12.
Kilometraje de Tolerancia sin Coste Kilometraje Total Pactado
**
**
Penalización en caso de manipulación del tacógrafo o del
cuentakilómetros o no aviso al Arrendador de su mal funcionamiento
** €
SUBARRENDAMIENTO
A los efectos de lo establecido en la Condición General 3.3 de las unidas al presente Contrato, el Arrendatario ha subarrendado el Bien a [*] con
NIF [*], y domicilio en [*], (el “Subarrendatario”) en virtud de un contrato de subarrendamiento formalizado con fecha de hoy en póliza
intervenida notarialmente en las condiciones expresamente autorizadas por el Arrendador, según su Acta de Aprobación (el “Contrato de
Subarrendamiento”).
El Arrendatario será responsable frente al Arrendador de todas las obligaciones que, como arrendatario le corresponden en virtud de lo establecido
en este Contrato de Arrendamiento con independencia del cumplimiento por el Subarrendatario de lo establecido en el Contrato de
Subarrendamiento. A los efectos de lo establecido en el artículo 1.257 del Código Civil, el Arrendador acepta todas y cada una de las provisiones
estipuladas a su favor en el Contrato de Subarrendamiento.
13.
CESIONES
En prueba de conformidad, firman las partes el presente contrato en tantos ejemplares como partes intervienen en el lugar y fecha indicados Ver fecha
Intervención Notarial/ Ver lugar y fecha firma al pie/ Ver firma digital.
En ** a ** de ** de **
El/Los Arrendatario/s
En ** a ** de ** de **
En ** a ** de ** de **
El/Los Fiador/es
El Arrendador
REVERSO NO UTILIZABLE
pág nº. — de —
cve: BOE-A-2021-11059
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con la Condición General 18 de las unidas al presente Contrato, el Arrendatario y el/los Fiador/es autorizan expresamente al
Arrendador para que pueda ceder a favor de tercera persona física o jurídica, los derechos y obligaciones derivados del Contrato, en todo o en parte,