III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Bienes muebles. Arrendamiento financiero. (BOE-A-2021-11059)
Resolución de 22 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se aprueba el modelo de contrato de arrendamiento de bienes muebles, letras de identificación R-VCS-1, y sus anexos, para ser utilizado por la entidad VFS Commercial Services Spain, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Sábado 3 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 79404

MODELO R-VCS1
IMPRESO Nº

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES

Modelo aprobado por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de dd/mm/aa

CONDICIONES PARTICULARES
y cualquiera que sea la forma utilizada al efecto, tanto por cesión de la posición contractual que ostenta, como por la venta o cesión sin precio del
Bien, manteniéndose vigentes, a todos los efectos, el Contrato y sus garantías, especialmente, la fianza solidaria y la Prenda de Derechos de Crédito
que en su caso se constituya.
El Arrendatario no podrá ceder, en todo o en parte, su posición contractual ni los derechos y obligaciones que para el mismo nacen del Contrato
sin el previo consentimiento expreso y escrito del Arrendador.
14.

CLÁUSULA DE AUTORIZACIÓN PARA LA REMISIÓN TELEMÁTICA. (Instrucciones de 23/10/2001 y 03/12/2002 y resolución
13/09/2011 de la Dirección General de los Registros y del Notariado)

La/s parte/s firmante/s del contrato autoriza/n al Arrendador a remitir telemáticamente al Registro de Bienes Muebles un fichero codificado con el
total contenido correspondiente al Contrato suscrito en este documento homologado, a los solos efectos de obtener la inscripción del mismo en el
Registro competente. De la exacta correspondencia entre el contenido del fichero y el del documento contractual suscrito por las partes responderá
el Arrendador autorizado.
En el caso de que alguna de las partes intervinientes en el contrato distinta del Arrendador no consigne una dirección de correo electrónico se
procederá de la siguiente forma:
a)

La notificación del hecho de la presentación telemática, en su caso, en el Registro de Bienes Muebles correspondiente, podrá ser realizada por
el registrador, dentro de los treinta días siguientes a la firma del contrato, mediante la publicación, durante diez días naturales del hecho de
la presentación misma y del contenido del contrato, en la Sección del Registro de Bienes Muebles que se habilite al efecto en la página web
del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, a la que las partes intervinientes podrán acceder mediante la
combinación de su NIF/CIF y los identificadores del Contrato.

b)

Las referidas partes intervinientes podrán oponerse a la inscripción dentro de los treinta días siguientes a la fecha límite para la publicación
del contrato, esto es, a partir del trigésimo día natural siguiente a la fecha de la firma del Contrato.

En caso de que el contrato estuviese suscrito mediante un sistema de identificación y prestación del consentimiento basado en firmas no
criptográficas como códigos de un solo uso, firmas OTP o similares, la/s parte/s firmante/s del Contrato autoriza/n al Arrendador a remitir
telemáticamente al Registro de Bienes Muebles el documento electrónico en el que se ha formalizado el Contrato, a los solos efectos de obtener la
inscripción del mismo en el Registro competente. El Arrendador autorizado responderá de la autenticidad e integridad de dicho documento
electrónico.
15.

TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

EPÍGRAFE

INFORMACIÓN BÁSICA

Responsable

VFS COMMERCIAL SERVICES SPAIN, S.A., con NIF A82232000, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al
Tomo 14156, Folio 129 Sección **, Hoja M-232771, Inscripción 1ª.

En prueba de conformidad, firman las partes el presente contrato en tantos ejemplares como partes intervienen en el lugar y fecha indicados Ver fecha
Intervención Notarial/ Ver lugar y fecha firma al pie/ Ver firma digital.
En ** a ** de ** de **
El/Los Arrendatario/s

En ** a ** de ** de **

En ** a ** de ** de **

El/Los Fiador/es

El Arrendador

REVERSO NO UTILIZABLE
pág nº. — de —

cve: BOE-A-2021-11059
Verificable en https://www.boe.es

En cumplimiento de lo dispuesto en la vigente Ley de Protección de Datos de Carácter Personal y el Reglamento General de Protección de Datos
(Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016) le informamos que la información personal recabada
será utilizada con la finalidad de prestar todos los servicios vinculados al arrendamiento de los Bienes contratados; con arreglo a lo dispuesto en la
Condición General 25 de las unidas a este Contrato. Los titulares de los datos consienten expresamente la recogida de datos arriba descrita, su
tratamiento y cualquier comunicación o cesión de dichos datos que pueda efectuarse entre el arrendador y las demás entidades de su grupo, para
los fines y actividades indicados: