III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-11005)
Resolución 420/38242/2021, de 22 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, en materia de asistencia sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación y de la optimización de los recursos sanitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 78961

– Primeras de Alta Resolución.
– E-Consultas.
4. Actividad quirúrgica mayor ambulatoria (C.M.A.).
5. Otros procedimientos quirúrgicos ambulatorios.
6. Hospital de Día.
7. Procedimientos de valoración singular:
– Implantación de neuroestimulador intracraneal electrodos medulares y bombas
para el tratamiento del dolor, generadores y neuroestimuladores y desfibriladores.
– Revisión de marcapasos sin sustitución de generador.
– Revisión de marcapasos con sustitución de generador.
– Litotricia.
– Hemodinámica diagnóstica ambulatoria.
– Hemodiálisis en régimen ambulatorio/hospitalario.
– Diálisis peritoneal.
– Radioterapia y braquiterapia.
– Estudio polisomnográfico.
– Radiología vascular e intervencionista ambulatoria.
– Tratamiento con toxina botulínica.
– Rehabilitación (Fisioterapia).
– Telemedicina.
– Tratamiento ablativo de restos tiroideos con I-131.
– Oftalmología: inyección intravítrea, tratamiento con láser.
– Extracción de órganos y tejidos e implante de tejidos.
8. Todas aquellas técnicas diagnósticas contempladas en el Catálogo de Pruebas
disponibles desde Atención Primaria.
9. Dispensación ambulatoria de medicamentos de uso hospitalario:
Programas Terapéuticos con tarifa:
i. Pacientes VIH en tratamiento con antirretrovirales.
ii. Pacientes en tratamiento de la hepatitis viral C. La financiación de dichos
tratamientos se realizará de forma individual por paciente, teniendo en cuenta los
pacientes correctamente registrados en la aplicación RUA-VHC y el coste del tratamiento
más eficiente en cada momento en función de las características de la enfermedad
(grado de fibrosis, genotipo del virus). Periódicamente, se remitirá al hospital una tabla
con los tratamientos más eficientes. Para el cálculo se aplicarán los mismos criterios que
para el resto de los hospitales del SERMAS.
iii. Pacientes en tratamiento esclerosis múltiple.
iv. Pacientes en tratamiento con Eritropoyetina en pre-diálisis y quimioterapia
ambulatoria (según protocolo ASCO).
v. Pacientes en tratamiento de hepatitis B.
vi. Pacientes en tratamiento con Hormona de crecimiento.
vii. Pacientes en tratamiento de Hipertensión Pulmonar (No parenteral).
viii. Pacientes en tratamiento de Artritis Reumatoide (T. Biológica).
ix. Pacientes en tratamiento de Artritis Psoriásica (T. Biológica).
x. Pacientes en tratamiento de Espondiloartropatias (T. Biológica).
xi. Pacientes en tratamiento de Psoriasis (T. Biológica).
xii. Pacientes en tratamiento de Enfermedad inflamatoria intestinal (T. Biológica).
xiii. Pacientes en tratamiento de Asma (T.biológica).
xiv. Dermatitis atópica grave (Terapia biológica).
xv. Arteritis de células gigantes.
xvi. Hipercolesterolemia tratada con iPCSK9.
xvii. Profilaxis de la migraña (Terapia biológica).
xviii. Poliquistosis renal autosómica dominante.

cve: BOE-A-2021-11005
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Núm. 157