III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-11005)
Resolución 420/38242/2021, de 22 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, en materia de asistencia sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación y de la optimización de los recursos sanitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 78971
Es voluntad de ambas partes:
– Colaborar en el desarrollo de centros, servicios y unidades de referencia del
Sistema Nacional de Salud en aquellos ámbitos de interés mutuo;
– Establecer alianzas asistenciales interhospitalarias, por proximidad y
complementariedad, que mejoren la asistencia de la población de la Comunidad de
Madrid.
2. Colaboración en la intermediación de la gestión de las células madre de cordón
umbilical.
La ejecución de este acuerdo permitirá que el HCDGU-CSVE, como Centro adscrito
al SERMAS, lleve a cabo los procedimientos de valoración de las donantes, así como los
de extracción y preparación para el transporte de las unidades de sangre del cordón
umbilical, limitándose su participación en el proceso a dichas tareas, de forma que las
empresas privadas que tengan suscritos convenios con el resto de hospitales del
SERMAS asuman, previa formalización del oportuno convenio, el resto de las
actuaciones del proceso, en las mismas condiciones contempladas en los convenios
firmados por las mismas y los hospitales del SERMAS. El HCDGU-CSVE cuenta con las
preceptivas autorizaciones para la extracción de sangre del cordón umbilical.
3. Adhesión a los Acuerdos Marco de suministro de medicamentos de la
Comunidad de Madrid.
– En los mismos términos que en el resto de hospitales dependientes del SERMAS,
el HCDGU-CSVE quedará adherido, con las limitaciones impuestas por el Ministerio de
Defensa, a los Acuerdos Marco de suministro de productos sanitarios y farmacéuticos
que la Comunidad de Madrid pueda acordar. La Jefatura de Administración Económica,
como Órgano de Contratación y de Gasto de la Inspección General de Sanidad de
Defensa, formalizará los contratos basados en el Acuerdo Marco concreto conforme a
los términos establecidos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de
Prescripciones Técnicas de dicho Acuerdo Marco.
– Asimismo, en los términos que en el resto de hospitales del SERMAS, el HCDGUCSVE quedará adherido, con las limitaciones impuestas por el Ministerio de Defensa, a
los procedimientos centralizados de gestión de compras del SERMAS.
4. Colaboración para la optimización de recursos sanitarios en materia de
hemoderivados y componentes sanguíneos.
4.1 El SERMAS cuenta con un contrato de fraccionamiento de plasma que se basa
en la entrega del plasma excedente del Centro de Transfusión de la Comunidad de
Madrid (en adelante CT-Madrid) a la industria farmacéutica, para su fraccionamiento y
obtención de hemoderivados. Los productos obtenidos son propiedad del SERMAS que
abona los gastos de producción de los mismos.
4.2 El objetivo, en este caso, es la gestión conjunta del excedente de plasma
sanguíneo por parte del SERMAS y del Centro de Transfusión de Fuerzas Armadas (en
adelante, CTFAS), mediante la cual el excedente de plasma de este último sea
gestionado por el SERMAS, dentro de su contrato, de forma que los hemoderivados que
revierten a la Comunidad de Madrid también lo hagan al HCDGU-CSVE, como hospital
concertado con la red sanitaria pública madrileña. Es decir, el CTFAS se adhiere al
contrato de fraccionamiento u otro sistema futuro de utilización de plasma humano para
la obtención de hemoderivados plasmáticos.
4.3 Se acuerda que en el proceso de fabricación de hemoderivados del plasma
procedente del CT-Madrid se incluya, tras el correspondiente control de materia prima de
la industria, el proveniente del CTFAS, de tal manera que pasará a conformar una única
fuente de hemoderivados.
cve: BOE-A-2021-11005
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 157
Viernes 2 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 78971
Es voluntad de ambas partes:
– Colaborar en el desarrollo de centros, servicios y unidades de referencia del
Sistema Nacional de Salud en aquellos ámbitos de interés mutuo;
– Establecer alianzas asistenciales interhospitalarias, por proximidad y
complementariedad, que mejoren la asistencia de la población de la Comunidad de
Madrid.
2. Colaboración en la intermediación de la gestión de las células madre de cordón
umbilical.
La ejecución de este acuerdo permitirá que el HCDGU-CSVE, como Centro adscrito
al SERMAS, lleve a cabo los procedimientos de valoración de las donantes, así como los
de extracción y preparación para el transporte de las unidades de sangre del cordón
umbilical, limitándose su participación en el proceso a dichas tareas, de forma que las
empresas privadas que tengan suscritos convenios con el resto de hospitales del
SERMAS asuman, previa formalización del oportuno convenio, el resto de las
actuaciones del proceso, en las mismas condiciones contempladas en los convenios
firmados por las mismas y los hospitales del SERMAS. El HCDGU-CSVE cuenta con las
preceptivas autorizaciones para la extracción de sangre del cordón umbilical.
3. Adhesión a los Acuerdos Marco de suministro de medicamentos de la
Comunidad de Madrid.
– En los mismos términos que en el resto de hospitales dependientes del SERMAS,
el HCDGU-CSVE quedará adherido, con las limitaciones impuestas por el Ministerio de
Defensa, a los Acuerdos Marco de suministro de productos sanitarios y farmacéuticos
que la Comunidad de Madrid pueda acordar. La Jefatura de Administración Económica,
como Órgano de Contratación y de Gasto de la Inspección General de Sanidad de
Defensa, formalizará los contratos basados en el Acuerdo Marco concreto conforme a
los términos establecidos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de
Prescripciones Técnicas de dicho Acuerdo Marco.
– Asimismo, en los términos que en el resto de hospitales del SERMAS, el HCDGUCSVE quedará adherido, con las limitaciones impuestas por el Ministerio de Defensa, a
los procedimientos centralizados de gestión de compras del SERMAS.
4. Colaboración para la optimización de recursos sanitarios en materia de
hemoderivados y componentes sanguíneos.
4.1 El SERMAS cuenta con un contrato de fraccionamiento de plasma que se basa
en la entrega del plasma excedente del Centro de Transfusión de la Comunidad de
Madrid (en adelante CT-Madrid) a la industria farmacéutica, para su fraccionamiento y
obtención de hemoderivados. Los productos obtenidos son propiedad del SERMAS que
abona los gastos de producción de los mismos.
4.2 El objetivo, en este caso, es la gestión conjunta del excedente de plasma
sanguíneo por parte del SERMAS y del Centro de Transfusión de Fuerzas Armadas (en
adelante, CTFAS), mediante la cual el excedente de plasma de este último sea
gestionado por el SERMAS, dentro de su contrato, de forma que los hemoderivados que
revierten a la Comunidad de Madrid también lo hagan al HCDGU-CSVE, como hospital
concertado con la red sanitaria pública madrileña. Es decir, el CTFAS se adhiere al
contrato de fraccionamiento u otro sistema futuro de utilización de plasma humano para
la obtención de hemoderivados plasmáticos.
4.3 Se acuerda que en el proceso de fabricación de hemoderivados del plasma
procedente del CT-Madrid se incluya, tras el correspondiente control de materia prima de
la industria, el proveniente del CTFAS, de tal manera que pasará a conformar una única
fuente de hemoderivados.
cve: BOE-A-2021-11005
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 157