III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Convenios. (BOE-A-2021-11004)
Resolución de 25 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Ilustre Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España, en materia de acceso a la información registral por parte de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157

Viernes 2 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 78950

Muebles (FLOTI, FLEI y FLOMI) para realizar solicitudes de información registral a los
Registradores.
En este tenor, el Colegio de Registradores se obliga a permitir la comunicación con el
servidor web de los Registros de la Propiedad y Bienes Muebles para realizar solicitudes
de información registral a los Registradores por los usuarios autorizados pertenecientes
a la ORGA en la forma que ambas partes determinan.
La ORGA será responsable de que sus equipos tengan las características técnicas
adecuadas, para que la recepción de la información solicitada se realice en las mejores
condiciones posibles.
IV
Con fecha de 11 de abril de 2017 las partes suscribieron un Convenio -con una
vigencia de cuatro años-, con el fin de impulsar y reforzar el ejercicio de las
competencias de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos que se detallan en el
Expositivo I, y definir el acceso a la información registral procedente de los Registros de
la Propiedad, Mercantil y Bienes Muebles a la ORGA cuando actúe, por encomienda de
los órganos judiciales o, en su caso, de las fiscalías, en la localización, recuperación y
gestión de bienes incautados, embargados o decomisados, o susceptibles de serlo.
Asimismo, el Convenio determinará las condiciones de comunicación con el servidor web
de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles, para realizar solicitudes
de información registral a los Registradores.
Este Convenio no comporta ningún tipo de contraprestación económica, ni produce
ningún incremento del gasto público.
En atención a los satisfactorios resultados derivados de la ejecución de dicho
Convenio, las partes han manifestado su voluntad de consolidar la relación de
cooperación en este ámbito y suscribir para ello un nuevo Convenio, siguiendo en su
elaboración y tramitación los requerimientos de la normativa actualmente vigente en la
materia, singularmente lo previsto en la Ley 40/2015.
En virtud de lo expuesto, las partes firmantes manifiestan su voluntad de
colaboración mutua, que articularán a través del presente Convenio, de acuerdo con las
siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del Convenio.

El objeto del presente Convenio entre el Ministerio de Justicia y el Colegio de
Registradores es definir el acceso de la ORGA a la información registral procedente de
los Registros de la Propiedad, Mercantil y Bienes Muebles y la relativa a su titularidad
real cuando aquella actúe, por encomienda de los órganos judiciales, de las fiscalías o
en el marco de la cooperación internacional con organismos análogos, en la localización,
recuperación y gestión de bienes incautados, embargados o decomisados, o
susceptibles de serlo.
Asimismo, el Convenio determinará las condiciones de comunicación con el servidor
web de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles, para realizar
solicitudes de información registral a los Registradores.
El acceso a la información registral tendrá como finalidad exclusiva la colaboración
con la ORGA en el desarrollo de las funciones de localización y gestión de bienes que
ésta tiene atribuidas por encomienda de los jueces, tribunales o fiscalías en el ámbito de
sus competencias, así como en materia de intercambio de información con organismos
análogos para garantizar la eficiencia del embargo y el decomiso.

cve: BOE-A-2021-11004
Verificable en https://www.boe.es

Primera.