I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Seguridad aérea. (BOE-A-2021-10959)
Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se actualizan las Directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación con relación a la pandemia COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157

Viernes 2 de julio de 2021

Sec. I. Pág. 78657

contacto directo con el pasajero sospechoso, deben ser transporte a las instalaciones
donde se pueda limpiar y desinfectar antes de tener contacto físico con otras personas.
Alternativamente, como último recurso, después de eliminar cuidadosamente el EPI
usado, lavarse y desinfectarse las manos, los miembros de la tripulación de cabina
respectivos podrían aislarse a bordo, en un área de cuarentena, antes de regresar a la
base o a un destino de escala.
– Los operadores aéreos deben esforzarse por recibir información sobre el resultado
de la prueba del caso sospechoso lo antes posible. Los miembros de la tripulación que
brindaron servicio en vuelo al pasajero con síntomas compatibles con COVID-19 deben
considerarse en contacto cercano y se les debe pedir que tomen las medidas de
autoaislamiento apropiadas después de regresar a la base de operaciones. Estos
miembros de la tripulación pueden considerarse aptos para el regreso a su servicio, pero
no después de 48 horas tras el primer contacto con el pasajero sintomático y tras una
exhaustiva higiene personal y cambio de uniforme o traje protector.
– Si se confirma que el pasajero con síntomas compatibles con COVID-19 es
positivo, tras el desembarque, las autoridades nacionales de salud pública competentes
deben informar al operador aéreo correspondiente del resultado de la prueba. El
miembro o los miembros de la tripulación que hayan prestado servicios durante el vuelo
al pasajero en cuestión deben ser considerados como un contacto cercano. Pueden ser
sometidos a pruebas (RADT o RT-PCR) y, si son negativas, se les pedirá que se pongan
en cuarentena inmediatamente después de regresar a su base de operaciones (pero no
más tarde de 48 horas después del contacto inicial con el caso positivo confirmado). Una
segunda prueba RT-PCR al séptimo día después de la exposición puede confirmar o no
una posible infección.
– Después de retirar el caso sospechoso de COVID-19, la limpieza y desinfección de
la aeronave debe realizarse de acuerdo con la guía provisional de EASA sobre limpieza
y desinfección de aeronaves. El EPI usado, como delantales, mascarillas faciales,
protectores faciales y cualquier otro producto desechable como restos de comida y
bebida, servilletas, papel, etc. debe desecharse en una bolsa de desechos separada,
bien cerrada, que no puede desecharse como desecho normal, de acuerdo con las guías
de aplicación internacionales.
Si se identifica a un pasajero sospechoso a bordo antes del despegue, se debe
informar al aeropuerto y se deben seguir las instrucciones contempladas por la
autoridad. En este punto, si no se ha producido un contacto directo específico entre el
pasajero sintomático y los miembros de la tripulación, no es necesario tomar medidas
adicionales con respecto a la gestión de los miembros de la tripulación, a menos que se
indique lo contrario.
Gestión de pasajeros de llegada y en tránsito:
Objetivo: Reducir el riesgo residual de que, si una persona infectada hubiera estado
en un vuelo o en el aeropuerto, infectaría a otros pasajeros en el aeropuerto de llegada
y/o en la región de destino.

Se debe recordar a los pasajeros, que deben adherirse a las medidas de seguridad
indicadas.
Los operadores aéreos garantizarán, contando con la colaboración del gestor
aeroportuario, que se practique el distanciamiento físico tanto como sea posible durante
el procedimiento de desembarque». Las mascarillas quirúrgicas o de protección superior
usadas se depositarán en las papeleras disponibles a lo largo de las instalaciones del
aeropuerto. Se recomienda que las mismas sean fácilmente accesibles (por ejemplo, la
instalación de «no-touch bins») para depositar las mascarillas y no permitirán recuperar
el material desechado.

cve: BOE-A-2021-10959
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Desembarque: