III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2021-11029)
Orden ETD/704/2021, de 25 de junio, por la que se modifica la Orden ETD/348/2020, de 13 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas con cargo al Programa de extensión de la banda ancha de nueva generación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157

Viernes 2 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 79282

En todo caso, en el supuesto de que las convocatorias se incluyan total o
parcialmente en el marco de las actuaciones previstas en otro Programa Operativo del
nuevo periodo de Fondos Estructurales y de Inversión Europeos 2021-2027, será de
aplicación la normativa comunitaria reguladora del FEDER que sea de aplicación.
3. Para las convocatorias que se realicen dentro de las medidas de inversión
incluidas en el Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia, aprobado por
Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021, será de aplicación la normativa
correspondiente a la gestión de las actuaciones incluidas en el mismo y, en
particular, el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así
como el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el
que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
En aplicación del principio de «no causar daño significativo» (principio do no
significant harm-DNSH) y el etiquetado climático y digital, de acuerdo con lo previsto en
el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por el Reglamento (UE) n.º
2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que
se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, se respetará la normativa
medioambiental aplicable, incluido el Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento
Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco
para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE)
2019/2088, así como la Guía Técnica de la Comisión Europea (2021/C 58/01) sobre la
aplicación de este principio de «no causar daño significativo». En todo caso, se
respetarán los procedimientos de evaluación ambiental, cuando sean de aplicación,
conforme a la legislación vigente, así como otras evaluaciones de repercusiones que
pudieran resultar de aplicación en virtud de la legislación medioambiental.»
Cuatro.
siguiente:

Se da una nueva redacción al artículo 4 que queda redactado de la forma

«Artículo 4. Ámbito temporal.
El ámbito temporal de vigencia de esta orden será desde su entrada en vigor
hasta el 31 de diciembre de 2024. Las ayudas concedidas se seguirán rigiendo por

cve: BOE-A-2021-11029
Verificable en https://www.boe.es

relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al
Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo
Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones
generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social
Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se
deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo,
b) el Reglamento (UE) n.º 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y
sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y
empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1080/2006, y
c) la normativa de desarrollo de ambos como el Reglamento de Ejecución
(UE) n.º 821/2014 de la Comisión, de 28 de julio de 2014, por el que se establecen
disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento
Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las modalidades concretas de
transferencia y gestión de las contribuciones del programa, la presentación de
información sobre los instrumentos financieros, las características técnicas de las
medidas de información y comunicación de las operaciones, y el sistema para el
registro y el almacenamiento de datos y la Orden HFP/1979/2016, de 29 de
diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables
de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el
período 2014-2020, con sus modificaciones posteriores.