III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2021-11029)
Orden ETD/704/2021, de 25 de junio, por la que se modifica la Orden ETD/348/2020, de 13 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas con cargo al Programa de extensión de la banda ancha de nueva generación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157
Viernes 2 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 79281
motivos que justifican estas modificaciones y se da cumplimiento al principio de eficacia
dando continuidad en este nuevo escenario al proyecto de universalización de
infraestructuras digitales para la cohesión.
Por último, en la elaboración y tramitación de esta orden se ha tenido en cuenta que
deberá asegurarse el cumplimiento del principio de «no causar daño significativo»
(principio do no significant harm-DNSH), de forma que en las convocatorias que se
realicen dentro de las medidas de inversión incluidas en el Plan de Recuperación
Transformación y Resiliencia, los beneficiarios garantizarán el pleno cumplimiento de
dicho principio y el etiquetado climático y digital, de acuerdo con lo previsto en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en todas las fases del diseño y ejecución de
los proyectos y de manera individual para cada actuación.
En la tramitación de esta orden, de acuerdo con lo establecido en el artículo 61.2 del
Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, se ha recabado el informe de la Abogacía
del Estado y el informe de la Intervención Delegada en el Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital.
Esta orden se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado en materia de
telecomunicaciones reconocida en el artículo 149.1.21.ª de la Constitución Española.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden ETD/348/2020, de 13 de abril, por la que se
establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas con cargo al Programa
de extensión de la banda ancha de nueva generación.
La Orden ETD/348/2020, de 13 de abril, por la que se establecen las bases
reguladoras de la concesión de ayudas con cargo al Programa de extensión de la banda
ancha de nueva generación, queda modificada como sigue:
Uno. Se modifica que el título de la Orden ETD/348/2020, de 13 de abril, que pasa
a denominarse «Orden ETD/348/2020, de 13 de abril, por la que se establecen las bases
reguladoras de la concesión de ayudas con cargo al Programa de Universalización de
Infraestructuras Digitales para la Cohesión».
Dos. Se da una nueva redacción al artículo 1 que queda redactado de la forma siguiente:
«Artículo 1. Objeto.
Tres. Se da una nueva redacción al apartado 2 y se añade un nuevo apartado tres
en el artículo 2, quedando redactado de la forma siguiente:
«2. Cuando se utilice cofinanciación FEDER, será también de aplicación la
normativa nacional y comunitaria reguladora del Fondo Europeo de Desarrollo
Regional (FEDER). En particular:
a) El Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes
cve: BOE-A-2021-11029
Verificable en https://www.boe.es
Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras de
la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, con cargo al
Programa de Universalización de Infraestructuras Digitales para la Cohesión, dentro
de lo previsto en la Agenda del Cambio para la promoción del avance científico y
tecnológico, que incluye el despliegue de redes de banda ancha de velocidad
ultrarrápida para facilitar la transformación digital de la economía y de la sociedad.
En el Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020, se
recoge expresamente este programa de ayudas como prioridad de inversión 2.a,
dentro del objetivo temático 2, mejorar el uso y la calidad de las tecnologías de la
información y de la comunicación y el acceso a las mismas.»
Núm. 157
Viernes 2 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 79281
motivos que justifican estas modificaciones y se da cumplimiento al principio de eficacia
dando continuidad en este nuevo escenario al proyecto de universalización de
infraestructuras digitales para la cohesión.
Por último, en la elaboración y tramitación de esta orden se ha tenido en cuenta que
deberá asegurarse el cumplimiento del principio de «no causar daño significativo»
(principio do no significant harm-DNSH), de forma que en las convocatorias que se
realicen dentro de las medidas de inversión incluidas en el Plan de Recuperación
Transformación y Resiliencia, los beneficiarios garantizarán el pleno cumplimiento de
dicho principio y el etiquetado climático y digital, de acuerdo con lo previsto en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en todas las fases del diseño y ejecución de
los proyectos y de manera individual para cada actuación.
En la tramitación de esta orden, de acuerdo con lo establecido en el artículo 61.2 del
Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, se ha recabado el informe de la Abogacía
del Estado y el informe de la Intervención Delegada en el Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital.
Esta orden se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado en materia de
telecomunicaciones reconocida en el artículo 149.1.21.ª de la Constitución Española.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden ETD/348/2020, de 13 de abril, por la que se
establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas con cargo al Programa
de extensión de la banda ancha de nueva generación.
La Orden ETD/348/2020, de 13 de abril, por la que se establecen las bases
reguladoras de la concesión de ayudas con cargo al Programa de extensión de la banda
ancha de nueva generación, queda modificada como sigue:
Uno. Se modifica que el título de la Orden ETD/348/2020, de 13 de abril, que pasa
a denominarse «Orden ETD/348/2020, de 13 de abril, por la que se establecen las bases
reguladoras de la concesión de ayudas con cargo al Programa de Universalización de
Infraestructuras Digitales para la Cohesión».
Dos. Se da una nueva redacción al artículo 1 que queda redactado de la forma siguiente:
«Artículo 1. Objeto.
Tres. Se da una nueva redacción al apartado 2 y se añade un nuevo apartado tres
en el artículo 2, quedando redactado de la forma siguiente:
«2. Cuando se utilice cofinanciación FEDER, será también de aplicación la
normativa nacional y comunitaria reguladora del Fondo Europeo de Desarrollo
Regional (FEDER). En particular:
a) El Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes
cve: BOE-A-2021-11029
Verificable en https://www.boe.es
Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras de
la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, con cargo al
Programa de Universalización de Infraestructuras Digitales para la Cohesión, dentro
de lo previsto en la Agenda del Cambio para la promoción del avance científico y
tecnológico, que incluye el despliegue de redes de banda ancha de velocidad
ultrarrápida para facilitar la transformación digital de la economía y de la sociedad.
En el Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020, se
recoge expresamente este programa de ayudas como prioridad de inversión 2.a,
dentro del objetivo temático 2, mejorar el uso y la calidad de las tecnologías de la
información y de la comunicación y el acceso a las mismas.»