I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2021-10824)
Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155

Miércoles 30 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 77977

Para las actuaciones subvencionables de la tipología de Biomasa, excepto para la
tipología de Biomasa aparatos de calefacción local, deberá presentarse proyecto (en el
caso de que se precise para legalizar la instalación, de acuerdo con lo establecido en el
RITE) o memoria técnica donde se describan adecuadamente las actuaciones a realizar
y la situación de partida, suscrita por técnico competente o empresa instaladora y,
siempre indicando la tecnología, la marca y el modelo de la caldera/s que se van a
instalar, salvo en el caso de entidades públicas sujetas a la obligación de realizar una
licitación para la ejecución de los proyectos que deberán cumplir con lo establecido en el
apartado a) anterior respecto a la marca y modelo.
Para las solicitudes de la tipología de Biomasa, deberá presentarse, además:
1. Declaración de que todos los combustibles que se van a utilizar tienen un valor
por defecto de reducción de emisiones de GEI del 80 % o superior según los indicados
para producción de calor establecidos en el anexo VI de la Directiva (UE) 2018/2001 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del
uso de energía procedente de fuentes renovables, teniendo en cuenta el sistema de
producción y resto de condiciones que determinan dicho valor por defecto, indicando la
descripción del combustible o de los combustibles y el valor o los valores por defecto..
En el caso de que alguno de los combustibles que se van a utilizar no cumpla con el
requisito anterior, se aportará una memoria firmada por un técnico competente
independiente donde, para las condiciones previstas para el proyecto y de acuerdo con
la metodología del citado anexo VI se justifique que para dicho combustible la reducción
de gases de efecto invernadero es igual o superior al 80 %.
2. Si se incluyen aparatos de calefacción local o calderas de menos de 1 MW,
deberá presentar una acreditación por parte del fabricante del equipo del cumplimiento
de los requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones para el combustible que
se vaya a utilizar, que no podrán ser menos exigentes que los definidos en el
Reglamento de Ecodiseño en vigor (según corresponda, Reglamento (UE) 2015/1185 de
la Comisión o Reglamento (UE) 2015/1189 de la Comisión).
3. Si se incluyen aparatos de calefacción local o calderas de menos de 1 MW,
deberán presentar una declaración por parte del beneficiario comprometiéndose a
mantener, durante un plazo de cinco años, un registro documental suficiente que permita
acreditar que el combustible empleado en el equipo dispone de un certificado otorgado
por una entidad independiente acreditada relativo al cumplimiento de la clase A1 según
lo establecido en la norma UNE-EN-ISO 17225-2, de la clase 1 de la norma UNE-ENISO 17225-4, de la clase A1 de la norma 164003 o de la clase A1 de la norma 164004.
c) Para las actuaciones subvencionables de las tipologías de Geotermia,
Hidrotermia y Aerotermia, en aquellos casos en que los que no se requiera ni proyecto ni
memoria técnica en base a lo establecido en el RITE, se añadirá a los datos anteriores:
Calefacción Refrigeración ACS

Potencia (kW).
Energía anual estimada (kWh/año).

Para instalaciones de la tipología de Geotermia, cuando se trate de instalaciones
geotérmicas, se incluirá adicionalmente a la tabla anterior:
Sistema (abierto/cerrado) N.º sondeos Longitud de sondeo (m)

Campo de captación.

cve: BOE-A-2021-10824
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Rendimiento SPF.