I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Becas y ayudas al estudio. (BOE-A-2021-10823)
Real Decreto 471/2021, de 29 de junio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2021-2022, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 77929

No se concederán ayudas ni subsidios cuando los gastos a los que atienden se hallen
cubiertos suficientemente por servicios o fondos públicos o, en su caso, por ayudas
concedidas a los centros para financiar el correspondiente servicio. En el nivel de
Educación Infantil no se concederán ayudas para material escolar.
4. El alumnado con altas capacidades intelectuales podrá obtener, en los términos
previstos en el artículo 11 del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, una ayuda de
hasta 913 euros para el pago de los gastos derivados de la inscripción y asistencia a
programas específicos para este colectivo.
5. El umbral de renta aplicable para la concesión de los componentes de las ayudas
al estudio para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo será el siguiente:
Número de miembros
de la familia

Umbral (euros)

Familias de un miembro.

11.937

Familias de dos miembros.

19.444

Familias de tres miembros.

25.534

Familias de cuatro miembros.

30.287

Familias de cinco miembros.

34.370

Familias de seis miembros.

38.313

Familias de siete miembros.

42.041

Familias de ocho miembros.

45.744

A partir del octavo miembro se añadirán 3.672 euros por cada nuevo miembro
computable de la familia.
CAPÍTULO IV
Umbrales de renta y patrimonio familiar
Artículo 8. Umbrales de renta familiar.
1. De conformidad con lo previsto en el párrafo e) de la disposición adicional primera
del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, el umbral 1 de renta familiar para el
curso 2021-2022 se fijará en las convocatorias que aprueben el Ministerio de Educación y
Formación Profesional y las administraciones educativas competentes que hayan asumido
el pleno ejercicio de las competencias previstas en dicho real decreto.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional financiará las becas sujetas al
extremo inferior del intervalo recogido en la siguiente tabla, incluyendo el componente de
la beca de matrícula en los términos establecidos en la disposición adicional cuarta. Las
becas que se concedan a los y las estudiantes cuya renta familiar se sitúe dentro del
intervalo fijado se financiarán al cincuenta por ciento entre el Ministerio de Educación y
Formación Profesional y la comunidad autónoma convocante:
Número de miembros
de la familia

Familias de un miembro.

Intervalo (euros)

Entre 8.422 y 8.871

Familias de dos miembros.

Entre 12.632 y 13.306

Familias de tres miembros.

Entre 16.843 y 17.742

Familias de cuatro miembros.

Entre 21.054 y 22.177

cve: BOE-A-2021-10823
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Núm. 155