I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Becas y ayudas al estudio. (BOE-A-2021-10823)
Real Decreto 471/2021, de 29 de junio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2021-2022, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de junio de 2021
Número de miembros
de la familia
Sec. I. Pág. 77930
Intervalo (euros)
Familias de cinco miembros.
Entre 24.423 y 25.726
Familias de seis miembros.
Entre 27.791 y 29.274
Familias de siete miembros.
Entre 31.160 y 32.822
Familias de ocho miembros.
Entre 34.529 y 36.371
A partir del octavo miembro se añadirán entre 3.368 y 3.548 euros por cada nuevo
miembro computable de la familia.
2. El umbral 2 de renta familiar para el curso 2021-2022 será el recogido en la
siguiente tabla:
Número de miembros
de la familia
Umbral (euros)
Familias de un miembro.
13.236
Familias de dos miembros.
22.594
Familias de tres miembros.
30.668
Familias de cuatro miembros.
36.421
Familias de cinco miembros.
40.708
Familias de seis miembros.
43.945
Familias de siete miembros.
47.146
Familias de ocho miembros.
50.333
A partir del octavo miembro se añadirán 3.181 euros por cada nuevo miembro
computable de la familia.
3. De conformidad con lo previsto en el párrafo e) de la disposición adicional primera
del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, el umbral 3 de renta familiar para el
curso 2021-2022 se fijará en las convocatorias que aprueben el Ministerio de Educación y
Formación Profesional y las administraciones educativas competentes que hayan asumido
el pleno ejercicio de las competencias previstas en dicho real decreto.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional financiará las becas sujetas al
extremo inferior del intervalo recogido en la siguiente tabla, incluyendo el componente de
la beca de matrícula en los términos establecidos en la disposición adicional cuarta. Las
becas que se concedan a estudiantes cuya renta familiar se sitúe dentro del intervalo fijado
se financiarán al cincuenta por ciento entre el Ministerio de Educación y Formación
Profesional y la comunidad autónoma convocante:
Número de miembros
de la familia
Intervalo (euros)
Familias de un miembro.
Entre 14.112 y 14.826
Familias de dos miembros.
Entre 24.089 y 25.308
Familias de tres miembros.
Entre 32.697 y 34.352
Familias de cuatro miembros.
Entre 38.831 y 40.796
Familias de cinco miembros.
Entre 43.402 y 45.598
Familias de seis miembros.
Entre 46.853 y 49.224
cve: BOE-A-2021-10823
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 155
Miércoles 30 de junio de 2021
Número de miembros
de la familia
Sec. I. Pág. 77930
Intervalo (euros)
Familias de cinco miembros.
Entre 24.423 y 25.726
Familias de seis miembros.
Entre 27.791 y 29.274
Familias de siete miembros.
Entre 31.160 y 32.822
Familias de ocho miembros.
Entre 34.529 y 36.371
A partir del octavo miembro se añadirán entre 3.368 y 3.548 euros por cada nuevo
miembro computable de la familia.
2. El umbral 2 de renta familiar para el curso 2021-2022 será el recogido en la
siguiente tabla:
Número de miembros
de la familia
Umbral (euros)
Familias de un miembro.
13.236
Familias de dos miembros.
22.594
Familias de tres miembros.
30.668
Familias de cuatro miembros.
36.421
Familias de cinco miembros.
40.708
Familias de seis miembros.
43.945
Familias de siete miembros.
47.146
Familias de ocho miembros.
50.333
A partir del octavo miembro se añadirán 3.181 euros por cada nuevo miembro
computable de la familia.
3. De conformidad con lo previsto en el párrafo e) de la disposición adicional primera
del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, el umbral 3 de renta familiar para el
curso 2021-2022 se fijará en las convocatorias que aprueben el Ministerio de Educación y
Formación Profesional y las administraciones educativas competentes que hayan asumido
el pleno ejercicio de las competencias previstas en dicho real decreto.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional financiará las becas sujetas al
extremo inferior del intervalo recogido en la siguiente tabla, incluyendo el componente de
la beca de matrícula en los términos establecidos en la disposición adicional cuarta. Las
becas que se concedan a estudiantes cuya renta familiar se sitúe dentro del intervalo fijado
se financiarán al cincuenta por ciento entre el Ministerio de Educación y Formación
Profesional y la comunidad autónoma convocante:
Número de miembros
de la familia
Intervalo (euros)
Familias de un miembro.
Entre 14.112 y 14.826
Familias de dos miembros.
Entre 24.089 y 25.308
Familias de tres miembros.
Entre 32.697 y 34.352
Familias de cuatro miembros.
Entre 38.831 y 40.796
Familias de cinco miembros.
Entre 43.402 y 45.598
Familias de seis miembros.
Entre 46.853 y 49.224
cve: BOE-A-2021-10823
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 155