III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-10727)
Resolución de 21 de junio de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Lunes 28 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 77417

f) La realización, en el ámbito de sus competencias, de planes, programas y
acciones que tengan como objetivo una adecuada gestión de las demandas, a fin de
promover el ahorro y la eficiencia económica y ambiental de los diferentes usos del agua
mediante el aprovechamiento global e integrado de las aguas superficiales y
subterráneas, de acuerdo, en su caso, con las previsiones de la correspondiente
planificación sectorial.
g) La prestación de toda clase de servicios técnicos relacionados con el
cumplimiento de sus fines específicos y, cuando les fuera solicitado, el asesoramiento a
la Administración General del Estado, comunidades autónomas, corporaciones locales y
demás entidades públicas o privadas, así como a los particulares.
Cuarto.
Que en el marco normativo de las relaciones entre Administraciones públicas
establecido por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
los convenios se consideran un instrumento, de uso generalizado por las
administraciones públicas, para lograr un fin común.
Por todo lo anterior, bajo los principios de colaboración y cooperación que deben
presidir las relaciones entre las Administraciones públicas, reconociéndose ambas
partes, en la representación que ostentan, capacidad suficiente para formalizar este
Convenio y al amparo de lo establecido por el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, del Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, que regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios y, de
acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Prácticas Académicas Externas,
aprobado por el Consejo de Gobierno de la UCM el 31 de octubre de 2017 (BOUC del 3
de noviembre de 2017), ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de
acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Este Convenio tiene por objeto establecer las condiciones en las que estudiantes de
la UCM realizarán un programa de prácticas externas, así como del Trabajo de Fin de
Grado/Máster (en adelante TFG/TFM) de cualquier enseñanza impartida por la UCM,
tanto oficiales como propias, según las condiciones particulares de cada modalidad
establecidas en el correspondiente programa formativo en la CHT, O.A.
Financiación.

La colaboración en este Convenio no implica ninguna prestación económica por
parte de la CHT, O.A., ni ningún tipo de compromiso de financiación, ni aportación o
cofinanciación de los costes asociados a las prácticas académicas externas de los
estudiantes universitarios.
De igual modo, tampoco supone ninguna prestación económica, ni ningún tipo de
compromiso de financiación, ni aportación o cofinanciación de los costes asociados a las
prácticas por parte de la UCM.
Asimismo, los alumnos no percibirán cantidad alguna por la realización de las
actividades formativas en las instalaciones de la CHT, O.A.
Tercera. Obligaciones de las partes.
1. La UCM elaborará para el presente Convenio, un anexo para cada estudiante
donde se consigne la siguiente información: datos del estudiante, titulación, fecha de
incorporación y finalización de la práctica, entidad donde se realizará la práctica, el
calendario y el horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor de la CHT,

cve: BOE-A-2021-10727
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.