III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-10728)
Resolución de 10 de junio de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Establecimiento del Helipuerto de Cedefo en la Resinera. TM Arenas del Rey (Granada)".
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 77427
considera mínimo, ya que los núcleos de población se localizan a más de un km de
distancia (la más próxima es Fornes, a 2 km), el funcionamiento del helipuerto es diurno,
el volumen de vuelos anuales es bajo y el estudio de ruido revela que no existe
superación de límites legales en el entorno de la instalación.
Por otro lado, la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica de
la Junta de Andalucía señala que es poco probable el impacto negativo del proyecto en
la salud de las poblaciones vecinas ya que la distancia a núcleos residenciales es
superior a 1.000 m y existe normativa ambiental y sectorial específica. No obstante, este
organismo indica que es necesario un adecuado control del cumplimiento de la
normativa sectorial (aeroportuaria, almacenamiento de hidrocarburos, seguridad, etc.) y
ambiental (calidad del aire, protección del dominio público hidráulico, ruidos, residuos,
suelos contaminados, etc.) vigentes, así como del buen funcionamiento de los equipos
implicados en el desarrollo de la actividad y de la efectiva instauración de las medidas
correctoras y protectoras propuestas para minimizar los riesgos sobre la salud.
Además, la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica de la
Junta de Andalucía informa que el proyecto no se encuentra incluido entre las
actividades y obras recogidas en el anexo I (Actuaciones sometidas a Evaluación de
Impacto en la Salud) de la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de
Andalucía, por lo que no está sometido al procedimiento de Evaluación del Impacto en la
Salud de la Comunidad Autónoma de Andalucía, regulado por el Decreto 169/2014, de 9
de diciembre. En consecuencia, este organismo no estima procedente la emisión de
informe de evaluación de impacto en la salud.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario. El documento ambiental señala
que las Sierras de Tejeda, Almijara y Alhama conforman un espacio de clara vocación
forestal, con gran parte de la superficie ocupada por matorrales esclerófilos y
subesclerófilos, así como masas de pino negral, pino carrasco y encina. El promotor
indica que la vegetación potencial se encuentra bastante alterada debido a la presencia
de estas grandes superficies forestales y comunidades de sustitución. La Dirección
General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de
Andalucía, a través del Servicio de Coordinación y Gestión de la Red de Espacios
Naturales y Protegidos de Andalucía o RENPA, considera importante incidir en que el
Plan de Gestión de la ZEC Sierras de Tejeda, Almijara y Alhama identifica como una de
las principales amenazas sobre este espacio el fuego, dada la periodicidad y frecuencia
de los incendios. Por ello, este organismo recomienda que, durante las labores de
mantenimiento obligatorias para el correcto funcionamiento de las instalaciones, se
estudie previamente la posible afección a los HIC que se puedan localizar en las
inmediaciones y, en su caso, se apliquen las medidas preventivas y/o correctoras que se
estimen necesarias. Este organismo ha detectado la presencia de los siguientes HIC en
las inmediaciones del helipuerto: 5110, 5330, 6310 y 6420. Así, en el documento
ambiental, el promotor propone que los restos procedentes de cortas y desbroces de
vegetación sean retirados en el menor tiempo posible, con el objeto de evitar el
abandono de cualquier residuo en el comienzo de la época de peligro alto de incendio.
Fauna. El promotor indica que el proyecto no se localiza próximo a ningún área de
concentración de aves ni a ninguna ruta migratoria. Sin embargo, el emplazamiento del
helipuerto se encuentra en una Zona de Especial Protección para las Aves, una IBA y en
el ámbito de aplicación del Plan de Recuperación y Conservación de Aves Necrófagas.
En el documento ambiental se proponen las siguientes medidas para reducir los posibles
impactos sobre la fauna y especialmente, sobre la avifauna:
– Aplicar un protocolo de seguimiento de afección a aves con objeto de evitar
molestias y potenciales colisiones con la avifauna. Para ello se aprovecharán los
resultados de los censos en el entorno.
– En las zonas con presencia de aves amenazadas, evitar sobrevolar las
localizaciones de nidos, y hacerlo siempre a alturas superiores a los 500 metros,
especialmente entre los meses de febrero y abril, y a principios de mayo.
cve: BOE-A-2021-10728
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 153
Lunes 28 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 77427
considera mínimo, ya que los núcleos de población se localizan a más de un km de
distancia (la más próxima es Fornes, a 2 km), el funcionamiento del helipuerto es diurno,
el volumen de vuelos anuales es bajo y el estudio de ruido revela que no existe
superación de límites legales en el entorno de la instalación.
Por otro lado, la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica de
la Junta de Andalucía señala que es poco probable el impacto negativo del proyecto en
la salud de las poblaciones vecinas ya que la distancia a núcleos residenciales es
superior a 1.000 m y existe normativa ambiental y sectorial específica. No obstante, este
organismo indica que es necesario un adecuado control del cumplimiento de la
normativa sectorial (aeroportuaria, almacenamiento de hidrocarburos, seguridad, etc.) y
ambiental (calidad del aire, protección del dominio público hidráulico, ruidos, residuos,
suelos contaminados, etc.) vigentes, así como del buen funcionamiento de los equipos
implicados en el desarrollo de la actividad y de la efectiva instauración de las medidas
correctoras y protectoras propuestas para minimizar los riesgos sobre la salud.
Además, la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica de la
Junta de Andalucía informa que el proyecto no se encuentra incluido entre las
actividades y obras recogidas en el anexo I (Actuaciones sometidas a Evaluación de
Impacto en la Salud) de la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de
Andalucía, por lo que no está sometido al procedimiento de Evaluación del Impacto en la
Salud de la Comunidad Autónoma de Andalucía, regulado por el Decreto 169/2014, de 9
de diciembre. En consecuencia, este organismo no estima procedente la emisión de
informe de evaluación de impacto en la salud.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario. El documento ambiental señala
que las Sierras de Tejeda, Almijara y Alhama conforman un espacio de clara vocación
forestal, con gran parte de la superficie ocupada por matorrales esclerófilos y
subesclerófilos, así como masas de pino negral, pino carrasco y encina. El promotor
indica que la vegetación potencial se encuentra bastante alterada debido a la presencia
de estas grandes superficies forestales y comunidades de sustitución. La Dirección
General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de
Andalucía, a través del Servicio de Coordinación y Gestión de la Red de Espacios
Naturales y Protegidos de Andalucía o RENPA, considera importante incidir en que el
Plan de Gestión de la ZEC Sierras de Tejeda, Almijara y Alhama identifica como una de
las principales amenazas sobre este espacio el fuego, dada la periodicidad y frecuencia
de los incendios. Por ello, este organismo recomienda que, durante las labores de
mantenimiento obligatorias para el correcto funcionamiento de las instalaciones, se
estudie previamente la posible afección a los HIC que se puedan localizar en las
inmediaciones y, en su caso, se apliquen las medidas preventivas y/o correctoras que se
estimen necesarias. Este organismo ha detectado la presencia de los siguientes HIC en
las inmediaciones del helipuerto: 5110, 5330, 6310 y 6420. Así, en el documento
ambiental, el promotor propone que los restos procedentes de cortas y desbroces de
vegetación sean retirados en el menor tiempo posible, con el objeto de evitar el
abandono de cualquier residuo en el comienzo de la época de peligro alto de incendio.
Fauna. El promotor indica que el proyecto no se localiza próximo a ningún área de
concentración de aves ni a ninguna ruta migratoria. Sin embargo, el emplazamiento del
helipuerto se encuentra en una Zona de Especial Protección para las Aves, una IBA y en
el ámbito de aplicación del Plan de Recuperación y Conservación de Aves Necrófagas.
En el documento ambiental se proponen las siguientes medidas para reducir los posibles
impactos sobre la fauna y especialmente, sobre la avifauna:
– Aplicar un protocolo de seguimiento de afección a aves con objeto de evitar
molestias y potenciales colisiones con la avifauna. Para ello se aprovecharán los
resultados de los censos en el entorno.
– En las zonas con presencia de aves amenazadas, evitar sobrevolar las
localizaciones de nidos, y hacerlo siempre a alturas superiores a los 500 metros,
especialmente entre los meses de febrero y abril, y a principios de mayo.
cve: BOE-A-2021-10728
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 153