I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Presupuestos. (BOE-A-2021-10684)
Orden HAC/669/2021, de 25 de junio, por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 77138
En la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 se
priorizarán los siguientes criterios de asignación de los recursos que permitirán apoyar a
la recuperación tras la crisis sanitaria, impulsar un proceso de transformación estructural
y conseguir un desarrollo más sostenible y resiliente desde el punto de vista económico y
financiero, consiguiendo avanzar hacia un país más verde, más digital, más cohesionado
desde el punto de visto social y territorial y más igualitario:
a) Fomentar la transición verde, justa y ecológica mediante el apoyo a inversiones
de gran escala que contribuyan a cumplir con los objetivos establecidos en materia de
cambio climático y a la transición energética de acuerdo con lo establecido en la
Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, permitiendo una
España próspera y resiliente ante el cambio climático, siendo referente en la protección y
conservación de la riqueza de sus bienes naturales, a partir de un modelo de crecimiento
sostenible y de economía circular para la agricultura y la pesca, la industria y los
servicios.
b) Transformar digitalmente la sociedad a través de inversiones y reformas que
potencien las infraestructuras, competencias y tecnologías necesarias para una
economía y una sociedad digital, mejorando la conectividad digital, garantizando el
acceso a las infraestructuras digitales, apostando de manera clara a favor de la ciencia y
la I+D+i, a la vez que favoreciendo la inclusión social.
c) Modernizar nuestro tejido productivo, para que actúe como tractor de los
cambios tecnológicos e innovaciones, y apoyar proactivamente a los sectores
estratégicos de nuestra economía más afectados por la pandemia, como el turismo, el
transporte, el comercio minorista o la hostelería, acelerando la transformación digital de
la economía y la sociedad, y aumentando la productividad y la competitividad de nuestra
economía con tecnologías digitales disruptivas.
d) Trabajar por la cohesión social y territorial de España, reforzando el Estado del
bienestar, nuestro sistema educativo, impulsando el empleo de calidad y el desarrollo de
la formación profesional, garantizando la excelencia de la sanidad pública española,
potenciando un sistema fiscal justo, así como el establecimiento de medidas que
permitan abordar el reto demográfico, articulando medidas específicas para la España
despoblada y el medio rural.
e) Garantizar la igualdad de género, a través de medidas transversales orientadas
a elevar la tasa de empleo femenino, mejorando, fortaleciendo y reorganizando el
sistema de cuidados de larga duración, elevando el potencial educativo, la igualdad de
oportunidades y reduciendo la brecha digital, la Violencia de Género y la lucha decidida
contra este tipo de violencia, impulsando la participación paritaria de las mujeres en la
economía y en la sociedad.
g) Reforzar la protección del capital humano y de las políticas de empleo,
fomentando la digitalización y modernización del Sistema Español de Empleo,
priorizando el desarrollo de oportunidades profesionales para las generaciones futuras,
impulsando la actividad, la formación y el empleo en los sectores del futuro, protegiendo
los ecosistemas y proporcionando un entorno sano y sostenible, proporcionando la
conectividad y el apoyo, prestando oportunidades de desarrollo de sus proyectos en todo
el territorio nacional. Impulsar, asimismo, la economía de los cuidados, tanto a la
atención de las personas dependientes o vulnerables como al cuidado de nuestros
mayores, abordando un plan específico que sitúe a las personas en el centro de la
economía, asegurando que nadie queda atrás ni al margen de la sociedad.
Artículo 2. Ámbito institucional.
1. De acuerdo con el artículo 32 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, los Presupuestos Generales del Estado constituyen la expresión cifrada,
conjunta y sistemática de los derechos y obligaciones a liquidar durante el ejercicio por
cada uno de los órganos y entidades que forman parte del sector público estatal.
cve: BOE-A-2021-10684
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 153
Lunes 28 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 77138
En la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 se
priorizarán los siguientes criterios de asignación de los recursos que permitirán apoyar a
la recuperación tras la crisis sanitaria, impulsar un proceso de transformación estructural
y conseguir un desarrollo más sostenible y resiliente desde el punto de vista económico y
financiero, consiguiendo avanzar hacia un país más verde, más digital, más cohesionado
desde el punto de visto social y territorial y más igualitario:
a) Fomentar la transición verde, justa y ecológica mediante el apoyo a inversiones
de gran escala que contribuyan a cumplir con los objetivos establecidos en materia de
cambio climático y a la transición energética de acuerdo con lo establecido en la
Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, permitiendo una
España próspera y resiliente ante el cambio climático, siendo referente en la protección y
conservación de la riqueza de sus bienes naturales, a partir de un modelo de crecimiento
sostenible y de economía circular para la agricultura y la pesca, la industria y los
servicios.
b) Transformar digitalmente la sociedad a través de inversiones y reformas que
potencien las infraestructuras, competencias y tecnologías necesarias para una
economía y una sociedad digital, mejorando la conectividad digital, garantizando el
acceso a las infraestructuras digitales, apostando de manera clara a favor de la ciencia y
la I+D+i, a la vez que favoreciendo la inclusión social.
c) Modernizar nuestro tejido productivo, para que actúe como tractor de los
cambios tecnológicos e innovaciones, y apoyar proactivamente a los sectores
estratégicos de nuestra economía más afectados por la pandemia, como el turismo, el
transporte, el comercio minorista o la hostelería, acelerando la transformación digital de
la economía y la sociedad, y aumentando la productividad y la competitividad de nuestra
economía con tecnologías digitales disruptivas.
d) Trabajar por la cohesión social y territorial de España, reforzando el Estado del
bienestar, nuestro sistema educativo, impulsando el empleo de calidad y el desarrollo de
la formación profesional, garantizando la excelencia de la sanidad pública española,
potenciando un sistema fiscal justo, así como el establecimiento de medidas que
permitan abordar el reto demográfico, articulando medidas específicas para la España
despoblada y el medio rural.
e) Garantizar la igualdad de género, a través de medidas transversales orientadas
a elevar la tasa de empleo femenino, mejorando, fortaleciendo y reorganizando el
sistema de cuidados de larga duración, elevando el potencial educativo, la igualdad de
oportunidades y reduciendo la brecha digital, la Violencia de Género y la lucha decidida
contra este tipo de violencia, impulsando la participación paritaria de las mujeres en la
economía y en la sociedad.
g) Reforzar la protección del capital humano y de las políticas de empleo,
fomentando la digitalización y modernización del Sistema Español de Empleo,
priorizando el desarrollo de oportunidades profesionales para las generaciones futuras,
impulsando la actividad, la formación y el empleo en los sectores del futuro, protegiendo
los ecosistemas y proporcionando un entorno sano y sostenible, proporcionando la
conectividad y el apoyo, prestando oportunidades de desarrollo de sus proyectos en todo
el territorio nacional. Impulsar, asimismo, la economía de los cuidados, tanto a la
atención de las personas dependientes o vulnerables como al cuidado de nuestros
mayores, abordando un plan específico que sitúe a las personas en el centro de la
economía, asegurando que nadie queda atrás ni al margen de la sociedad.
Artículo 2. Ámbito institucional.
1. De acuerdo con el artículo 32 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, los Presupuestos Generales del Estado constituyen la expresión cifrada,
conjunta y sistemática de los derechos y obligaciones a liquidar durante el ejercicio por
cada uno de los órganos y entidades que forman parte del sector público estatal.
cve: BOE-A-2021-10684
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 153