I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio postal universal. (BOE-A-2021-10668)
Resolución de 15 de junio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de junio de 2021, por el que se aprueba el plan de prestación del servicio postal universal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152

Sábado 26 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 76742

necesario para cursarlos a su destino a través de la red postal o completar directamente el
proceso postal de acuerdo con el procedimiento establecido para los envíos sin franqueo.
El operador admitirá las solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos o
entidades dirijan a los órganos de las Administraciones públicas en las condiciones
establecidas reglamentariamente.
Apartado 6.

Condiciones de distribución y entrega.

a) Se podrá modificar la forma general de distribución y entrega de los envíos
postales incluidos en el ámbito del servicio postal universal pudiendo realizarse en
instalaciones apropiadas distintas al domicilio postal del destinatario previa autorización de
la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y en las condiciones fijadas por
la Ley 43/2010, de 30 de diciembre y su normativa de desarrollo.
En ningún caso se podrá modificar la forma general de distribución y entrega para los
envíos postales certificados.
b) Se podrá modificar la frecuencia general de distribución y entrega de los envíos
incluidos en el ámbito del servicio postal universal cuando concurran circunstancias o
condiciones geográficas especiales y en las condiciones establecidas por la Ley 43/2010,
de 30 de diciembre y su normativa de desarrollo.
Se entenderá que concurren, a estos efectos, circunstancias especiales cuando
existan situaciones climatológicas extremas, cortes en las vías de comunicación,
circunstancias que pongan en peligro la seguridad de los empleados u otras similares.
Asimismo, se entenderá que concurren, a estos efectos, condiciones geográficas
especiales en las zonas de muy baja densidad de población, entendidas estas como
aquellos entornos singularizados de desarrollos de construcción horizontal tipo
urbanización cuya población censada sea inferior en un 15 por ciento al número de
viviendas existentes en dicho entorno.
Las excepciones a la frecuencia de entrega cuando concurran condiciones geográficas
especiales en las zonas de muy baja densidad de población no afectarán a los envíos de
carácter certificado.
De cualquier manera, ambas situaciones deberán ser puestas en conocimiento de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para su autorización y, en su caso,
para establecer condiciones específicas de entrega de los envíos en dichos ámbitos.
En ningún caso se tomará como criterio de valoración para autorizar una alteración de
la frecuencia general de distribución y entrega la naturaleza rural de una zona.
Apartado 7.

Condiciones de devolución y reexpedición.

En los supuestos en los que el operador proceda a la devolución del envío postal al
remitente lo hará con las mismas garantías y condiciones en las que fue impuesto
indicando la causa de la devolución.

cve: BOE-A-2021-10668
Verificable en https://www.boe.es

El operador garantizará los servicios de distribución y entrega de los envíos postales,
incluidos en el ámbito del servicio postal universal, a todos los ciudadanos asegurando una
cobertura adecuada en todo el territorio nacional.
El operador estará obligado, en el ámbito del servicio postal universal, con carácter
general, a realizar la distribución y entrega en la dirección postal que figure en la cubierta
del envío, al menos, todos los días laborables, de lunes a viernes. En particular, las
solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos o entidades dirijan a los órganos
de las Administraciones Públicas, en las condiciones establecidas reglamentariamente, se
entregarán conforme a las previsiones legales y reglamentarias, debiendo dejar el
operador designado expresamente constancia de su recepción por el destinatario o su
negativa a hacerlo.
Esta regla general de distribución y entrega se podrá modificar en las siguientes
condiciones: