I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio postal universal. (BOE-A-2021-10668)
Resolución de 15 de junio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de junio de 2021, por el que se aprueba el plan de prestación del servicio postal universal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152

Sábado 26 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 76785

reflejada en la Hoja de Inputs. La pérdida de ingresos así desglosada se vinculará con la
Hoja de distribución, en las celdas GT1 y GY1, asignándose por ceco en función de su
proporción en el Escenario de base.
5. Estimación de pérdidas equivalentes de envíos por ceco: Para estimar los
volúmenes equivalentes a la pérdida de ingresos, por carta D+3 ordinaria y certificada, se
dividirán los ingresos totales respectivos por su precio medio reflejado en la Hoja de Inputs.
El desglose por ceco de las pérdidas de envíos equivalentes se efectuará aplicando las
respectivas proporciones de envíos por ceco en el Escenario de base. En la Hoja de
distribución se incluirán estas pérdidas de envíos correspondientes a la neutralización de
la ventaja por imagen de marca en las columnas GS y GX asignándose por ceco en
función de su proporción en el Escenario de base.
3.4.5 Discontinuidad del servicio de cartas urgentes no vinculadas a comercio
electrónico.
La discontinuidad en el reparto de cartas urgentes no vinculadas al comercio
electrónico en la red de distribución ordinaria implica la pérdida total de los correspondientes
ingresos y envíos. Procede advertir que esta discontinuidad afectaría al conjunto de dicho
servicio, aun cuando solo se compute su impacto en la distribución al excluir el CEN los
costes netos de las actividades de admisión, clasificación, transporte o administración.
La pérdida por estos envíos que dejan de prestarse en el Escenario CF, y de los
ingresos correspondientes, se determina de acuerdo con la siguiente secuencia:
a)

Fijación del alcance de servicios que dejarían de prestarse:

Los servicios de carta urgente (Carta Ordinaria D+2 y Carta Certificada D+2) no
podrían prestarse en un Escenario CF de frecuencia de distribución de 3 días por semana,
procediéndose a su discontinuidad por resultar la opción más ventajosa. En el modelo se
mantiene los servicios de carta urgente prestados a operadores de comercio electrónico
para la distribución de mercancía de reducido valor. Al constituir un servicio plenamente
equiparable al de paquetería D+2, el Escenario CF le otorga el mismo trato que al resto de
servicios de paquetería, asegurando el mantenimiento de su frecuencia actual de reparto
con personal específico.
b)

Cuantificación de ingresos y envíos vinculados al comercio electrónico:

El importe de los envíos e ingresos de servicios de Carta Ordinaria D+2 vinculados al
comercio electrónico42, se fijará obteniendo de la CA la facturación en servicios urgentes
de los clientes que se dediquen con carácter exclusivo o preferente al comercio electrónico
y la facturación correspondiente al PA 266 (Paq Light Import) servicio diseñado para la
distribución de mercancía de pequeño tamaño. Este cómputo se efectuará en la Hoja de
«Detalle de carta urgente». Los resultados se vincularán a la Hoja de distribución en las
columnas HF (envíos) y HJ (ingresos), desglosándose por ceco según la misma proporción
que el total de envíos e ingresos de cartas D+2 ordinarias (columnas HD y HH, iguales
respectivamente a CO y CZ, e iguales respectivamente a V y AG del Escenario de base).

c)

No se constatan envíos de cartas D+2 certificadas vinculadas al comercio electrónico.

Imputación de pérdidas de ingresos y envíos por cartas D+2:

Depuradas las cifras de envíos e ingresos de las cartas ordinarias D+2 que figuran en
el Escenario de base de los paquetes ligeros de comercio electrónico, se trasladarán a la
Hoja de distribución a la primera Fila de las columnas HG y HK. Su distribución por ceco
se efectuará según la proporción que representa cada ceco sobre el total de envíos D+2
ordinarios (columnas HD=CO=V) e ingresos D+2 ordinarios (columnas HH=CZ=AG). A
estas pérdidas de envíos e ingresos de cartas D+2 ordinarias, se sumarán las
correspondientes a las cartas D+2 certificadas: envíos consignados en la columna HP

cve: BOE-A-2021-10668
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